III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-21107)
Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Adecuación, reforma y conservación del corredor de Andalucía. Autovía A-4 P.PK.K. 347,5 a 435,6. Tramo: límite de provincia de Jaén-Límite de provincia de Sevilla».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 15 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 132606

A este respecto, en el requerimiento de información adicional, esta Dirección General
solicita la revisión de la valoración ambiental de alternativas en esta actuación, de modo
que se priorice el aprovechamiento óptimo de la traza actual, en detrimento de
infraestructuras de nuevo trazado, que incrementarían la superficie de ocupación y el
efecto barrera sobre la fauna.
El promotor, en su respuesta, desarrolla el análisis multicriterio que sirve de
justificación para la selección de la alternativa 2, considerando prevalente el objetivo
funcional de evitar el paso por el núcleo urbano de Montoro, frente al criterio ambiental.
Paralelamente, señala la importancia de eliminar los impactos acústicos y otras molestias
que actualmente genera el tráfico de la autovía sobre la población de Montoro y destaca
que la incorporación de medidas de permeabilización y reducción del ruido mitigarán los
efectos generados por la nueva variante según la alternativa 2. En consecuencia, esta
resolución se referirá a dicha alternativa.
Alternativas de la rectificación en Villafranca de Córdoba (actuación 8):
– Alternativa 1: Nuevo trazado con una longitud de 4,5 km, que discurre al norte de
la actual autovía A-4, pasando en la segunda mitad del trazado a la margen izquierda de
la actual autovía hasta conectar con la A-4.
– Alternativa 2: Nuevo trazado con una longitud algo mayor de 4 km, y discurre al
norte de la actual autovía A-4 y de la alternativa 1.
La alternativa 1 es la seleccionada por el promotor, al tener una mejor valoración en
los factores territorial, funcional y económico. Las alternativas 1 y 2 obtienen la misma
valoración ambiental.
Alternativas de la rectificación sobre el río Guadajoz (actuación 13):
– Alternativa 1: Rectificación de trazado hacia el norte, entre los pp.kk. 408+000
y 412+000 a lo largo de 4,46 km.
– Alternativa 2: Rectificación de trazado, hacia el sur, entre los mismos pp.kk. de la
alternativa 1, a lo largo de 4,66 km.
El análisis realizado sitúa a la alternativa 1 como la más favorable. Aunque ambas
son equivalentes en términos ambientales, la alternativa 1 destaca en aspectos
territoriales, funcionales y económicos frente a la 2.
En contestación al requerimiento de información adicional remitido por esta Dirección
General, el promotor estudia una nueva alternativa de cruce del río Guadajoz, aguas
abajo del punto propuesto, con objeto de evitar la construcción del viaducto en zona
inundable. Sin embargo, la descarta por considerarla con peores condiciones de
seguridad vial y por la afección a un polígono industrial próximo. No obstante, el
promotor plantea una versión modificada de la alternativa 1, en la que se mantienen los
criterios de seguridad vial, pero minimiza el área de ribera afectada, al desplazar los
apoyos del viaducto sobre el río Guadajoz, en ambas márgenes, fuera del área
inundable correspondiente a la avenida de quinientos años de periodo de retorno.
Alternativas en la Cuesta del Espino (actuación 14):
– Alternativa 1: Nuevo trazado, con una longitud de unos 8,86 km, que elimina la
sucesión de curvas de la actual autovía A-4, mediante una curva de radio 1.400 m. A su
vez, se remodelan los enlaces de los p.p.k.k. 412+100 y 414+150.
– Alternativa 2: Nuevo trazado, con una longitud de unos 8,23 km. Este trazado
elimina la sucesión de curvas de la actual autovía A-4, mediante una curva de
radio 2.500 m. Se remodelan los mismos enlaces de la alternativa 1.
Aunque las alternativas 1 y 2 son similares en términos territoriales, la primera
supera a la segunda en mejoras económicas, funcionales y medioambientales, por lo
que es la seleccionada por el promotor.

cve: BOE-A-2024-21107
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Núm. 249