III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-21107)
Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Adecuación, reforma y conservación del corredor de Andalucía. Autovía A-4 P.PK.K. 347,5 a 435,6. Tramo: límite de provincia de Jaén-Límite de provincia de Sevilla».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 15 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 132617

– Riesgo de contaminación de suelos: se realizará una inspección mensual de los
parques de maquinaria, lugares de almacenamiento y plantas de hormigonado.
– Afección a aguas superficiales: se realizará un control semanal de vertidos a
cauces procedentes de las obras a realizar en sus proximidades. Además, se harán
controles del sistema de desbaste y decantación, con un seguimiento de la calidad de las
aguas contenidas.
– Protección y conservación de la vegetación: previamente al inicio de las obras,
deberá verificarse la adecuada señalización de las zonas de exclusión por presencia de
ejemplares o rodales de vegetación protegida. Posteriormente, la recepción provisional de
las obras deberá incluir la correcta preparación del terreno y ejecución de plantaciones,
siembras e hidrosiembras de todas las zonas objeto de restauración, cuyo seguimiento se
extenderá hasta la finalización del periodo de garantía de la obra (dos años).
– Protección y conservación de la fauna: se realizarán batidas de fauna antes del
comienzo de las obras, desbroces y movimientos de tierras. Se deberá paralizar el
comienzo de las obras en el área afectada si se encuentran especies protegidas, avisar
a la autoridad competente en la materia y seguir sus indicaciones. Durante el despeje y
desbroce de vegetación, continuará la vigilancia de fauna con una frecuencia de
inspección semanal, después, durante la parte restante de la fase de construcción, será
mensual.
– Restauración e integración paisajística: se hará un control trimestral, durante la
fase de construcción, de las actuaciones de restauración e integración paisajística de las
superficies ocupadas por las obras. Posteriormente a la recepción de las obras,
continuará este seguimiento, con una periodicidad semestral de las inspecciones, hasta
cumplir el periodo de garantía.
– Afección a elementos de patrimonio cultural: se realizarán controles periódicos del
número de prospecciones realizadas en fase de diseño, con la incorporación de los
elementos inventariados y de los documentados en la planimetría del proyecto, el diseño
de medidas específicas, los sondeos valorativos, etc., con la frecuencia que determine el
órgano competente en esta materia de la Junta de Andalucía. Se realizarán sondeos
comprobatorios y valorativos, prospecciones intensivas y seguimiento arqueológico
durante la totalidad de la fase de obras, incluyendo los movimientos de tierra y
movimientos de maquinaria.
Durante la fase de explotación:
– Seguimiento de ruidos y vibraciones: se realizarán dos verificaciones de la
adecuada ejecución de las pantallas acústicas proyectadas, una en el replanteo del
tramo objeto de la medida, y otra al finalizar las obras, certificándose en el acta de
recepción. Se tomarán mediciones en las zonas habitadas y en aquellas en las que se
han propuesto medidas correctoras. La efectividad de las pantallas se comprobará con
una frecuencia anual, durante los tres primeros años de explotación, mediante
mediciones en las zonas habitadas y en aquellas en las que se han propuesto medidas
correctoras. Los indicadores de seguimiento son: Ld diurno, Le vespertino y Ln nocturno,
expresado en dB(A); y los valores umbrales: 65 dB(A) para el periodo diurno, 65 dB(A)
para el periodo vespertino y 55 dB(A) para el periodo nocturno.
– Reducción del efecto barrera para la fauna: el promotor se compromete a realizar
comprobaciones del estado del cerramiento, dispositivos de escape, pasos de fauna y
pantallas anticolisión en todos los puntos donde se proyectan estas medidas, ejecutando
medidas de reparación o mejora, si fuera necesario. El control será semanal durante la
ejecución de estas medidas, con un informe de su correcta finalización en la recepción
final, que verificará su número y características, de acuerdo con el proyecto. Este control
se extenderá durante los tres primeros años de la fase de explotación, y consistirá en
mediciones de la utilización real de pasos ejecutados y dispositivos de escape, mediante
análisis sistemáticos.

cve: BOE-A-2024-21107
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Núm. 249