T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2024-20897)
Sala Segunda. Sentencia 105/2024, de 9 de septiembre de 2024. Recurso de amparo 6095-2022. Promovido por doña Giselle Góngora Ramos en relación con los autos dictados por la Audiencia Provincial de Valladolid y un juzgado de instrucción de su capital que acordaron el sobreseimiento provisional de diligencias previas por un posible delito de lesiones. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, en relación con el derecho a la integridad física y moral: investigación insuficiente de una denuncia de lesiones y malos tratos que se dicen padecidos en institución penitenciaria (STC 33/2024).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 12 de octubre de 2024
Sec. TC. Pág. 130598
no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la
formación de la causa, por lo que procede decretar el sobreseimiento provisional de las
actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641.1 y, en su caso, en el
artículo 779.1.1 de la Ley de enjuiciamiento criminal».
f) La demandante de amparo fue trasladada al Centro Penitenciario de León
(Mansilla de las Mulas).
El 13 de enero de 2022 redactó una nueva denuncia por los hechos acaecidos el 9
de agosto de 2021. Afirma en ella que desde su entrada en el centro recibió trato
inhumano y denigrante por su orientación de género, fue hostigada por los funcionarios
que realizaban el turno el referido día, que solo le preguntaban si tenía pene o vagina,
motivo por el cual desde su ingreso fue sometida a diferentes ataques transfóbicos,
xenofóbicos y racistas por parte del personal de dicha institución penitenciaria, ignorando
la orden del juez que le envió a un módulo de mujeres.
Insiste en que el jefe de servicio subió a su celda para «comprobar por él mismo si yo
dentro de mis piernas tenía pene o vagina palabras textuales dichas por el funcionario»,
al constatar que yo tenía pene «fui agredida físicamente, verbalmente ya que él decía
que era una burla al sistema penitenciario que un hombre disfrazado de mujer quiera
estar en dicho módulo».
Añade, que «[a]l recibir por parte de dicho trabajador tan brutal agresión [que no
describe] vengo sufriendo al día de hoy una lesión con un traumatismo que afecta mis
glúteos y entrepierna, que en mi proceso de transición me sometí a un aumento de
glúteos hace siete años ya. A cinco meses de haber sufrido esta agresión presento
dificultad al sentarme y caminar siendo valorada por médico en consulta externa en el
Hospital Universitario de León tres meses después. El diagnóstico es que presento un
empastamiento en glúteos y que el sistema de salud de España no cubre dicha cirugía,
debo de recurrir a un cirujano plástico reconstructivo y someterme a múltiples cirugías».
g) Recibida la denuncia, por auto de 11 de marzo de 2022 dictado por el Juzgado
de Instrucción núm. 1 de Valladolid, fue acumulada a las diligencias previas
núm. 1377-2021.
h) Mediante escrito de 27 de junio de 2022 se interpuso recurso de apelación frente
al auto de 4 de noviembre de 2021 por la procuradora y abogada designadas por el turno
de oficio.
(i) En el mismo se amplían aspectos de lo acontecido el 9 de agosto de 2021.
Añade que el jefe de servicios «le dijo que se quitara la ropa, poniéndose de rodillas
suplicándole que no la obligara a desnudarse […]. Cuando comenzó a desabrocharse el
pantalón, el jefe de servicios se lo cogió y se lo bajó y al ver que tenía pene le insultó […]
Entonces le dio un puñetazo en el pecho donde tiene una prótesis que le hizo bajar la
cabeza y con la otra mano le empujó en el pecho, cayendo hacia atrás golpeándose con
el borde de la cama de hormigón en los glúteos. En ese momento la funcionaria le
entregó una bata y cerraron la puerta. […] al día siguiente no podía apenas moverse,
solicitando ser vista por un médico. El mismo día la funcionaria le negó llamar al médico
porque no era una urgencia, siendo vista al día siguiente por un médico que le reprochó
que no hubiera dicho en el ingreso que era mujer». Aporta con el recurso numerosos
informes médicos.
Afirma que ha existido una instrucción insuficiente, ni tan siquiera se ha oído en
declaración a la denunciante, no siendo posible la clausura de la instrucción existiendo
sospechas razonables, lo que se traduce en la existencia de un especial mandato de
agotar cuantas posibilidades de indagación resulten útiles.
Finalmente solicita que se practiquen diversas diligencias: (1) declaración de la
denunciante y ofrecimiento de acciones; (2) oficios al Hospital Clínico Universitario de
Valladolid y al Complejo Asistencial Universitario de León, al Consulado de Colombia, a
los centros penitenciarios de Valladolid y de Mansilla de las Mulas, recabando informes,
historiales médicos y grabación de la cámara de seguridad delante de la celda de la
denunciante y (3) pericial médico forense sobre la contusión en los glúteos conforme al
cve: BOE-A-2024-20897
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Sec. TC. Pág. 130598
no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la
formación de la causa, por lo que procede decretar el sobreseimiento provisional de las
actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641.1 y, en su caso, en el
artículo 779.1.1 de la Ley de enjuiciamiento criminal».
f) La demandante de amparo fue trasladada al Centro Penitenciario de León
(Mansilla de las Mulas).
El 13 de enero de 2022 redactó una nueva denuncia por los hechos acaecidos el 9
de agosto de 2021. Afirma en ella que desde su entrada en el centro recibió trato
inhumano y denigrante por su orientación de género, fue hostigada por los funcionarios
que realizaban el turno el referido día, que solo le preguntaban si tenía pene o vagina,
motivo por el cual desde su ingreso fue sometida a diferentes ataques transfóbicos,
xenofóbicos y racistas por parte del personal de dicha institución penitenciaria, ignorando
la orden del juez que le envió a un módulo de mujeres.
Insiste en que el jefe de servicio subió a su celda para «comprobar por él mismo si yo
dentro de mis piernas tenía pene o vagina palabras textuales dichas por el funcionario»,
al constatar que yo tenía pene «fui agredida físicamente, verbalmente ya que él decía
que era una burla al sistema penitenciario que un hombre disfrazado de mujer quiera
estar en dicho módulo».
Añade, que «[a]l recibir por parte de dicho trabajador tan brutal agresión [que no
describe] vengo sufriendo al día de hoy una lesión con un traumatismo que afecta mis
glúteos y entrepierna, que en mi proceso de transición me sometí a un aumento de
glúteos hace siete años ya. A cinco meses de haber sufrido esta agresión presento
dificultad al sentarme y caminar siendo valorada por médico en consulta externa en el
Hospital Universitario de León tres meses después. El diagnóstico es que presento un
empastamiento en glúteos y que el sistema de salud de España no cubre dicha cirugía,
debo de recurrir a un cirujano plástico reconstructivo y someterme a múltiples cirugías».
g) Recibida la denuncia, por auto de 11 de marzo de 2022 dictado por el Juzgado
de Instrucción núm. 1 de Valladolid, fue acumulada a las diligencias previas
núm. 1377-2021.
h) Mediante escrito de 27 de junio de 2022 se interpuso recurso de apelación frente
al auto de 4 de noviembre de 2021 por la procuradora y abogada designadas por el turno
de oficio.
(i) En el mismo se amplían aspectos de lo acontecido el 9 de agosto de 2021.
Añade que el jefe de servicios «le dijo que se quitara la ropa, poniéndose de rodillas
suplicándole que no la obligara a desnudarse […]. Cuando comenzó a desabrocharse el
pantalón, el jefe de servicios se lo cogió y se lo bajó y al ver que tenía pene le insultó […]
Entonces le dio un puñetazo en el pecho donde tiene una prótesis que le hizo bajar la
cabeza y con la otra mano le empujó en el pecho, cayendo hacia atrás golpeándose con
el borde de la cama de hormigón en los glúteos. En ese momento la funcionaria le
entregó una bata y cerraron la puerta. […] al día siguiente no podía apenas moverse,
solicitando ser vista por un médico. El mismo día la funcionaria le negó llamar al médico
porque no era una urgencia, siendo vista al día siguiente por un médico que le reprochó
que no hubiera dicho en el ingreso que era mujer». Aporta con el recurso numerosos
informes médicos.
Afirma que ha existido una instrucción insuficiente, ni tan siquiera se ha oído en
declaración a la denunciante, no siendo posible la clausura de la instrucción existiendo
sospechas razonables, lo que se traduce en la existencia de un especial mandato de
agotar cuantas posibilidades de indagación resulten útiles.
Finalmente solicita que se practiquen diversas diligencias: (1) declaración de la
denunciante y ofrecimiento de acciones; (2) oficios al Hospital Clínico Universitario de
Valladolid y al Complejo Asistencial Universitario de León, al Consulado de Colombia, a
los centros penitenciarios de Valladolid y de Mansilla de las Mulas, recabando informes,
historiales médicos y grabación de la cámara de seguridad delante de la celda de la
denunciante y (3) pericial médico forense sobre la contusión en los glúteos conforme al
cve: BOE-A-2024-20897
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