III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-20888)
Resolución de 9 de octubre de 2024, de la Dirección General de Servicios e Inspección, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid, para la colaboración en el procedimiento de gestión de subvenciones a actuaciones de fortalecimiento industrial en la transformación de productos de la pesca y acuicultura dentro del proyecto estratégico para la recuperación y transformación económica del sector agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas con Fondos Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Sábado 12 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 130517

Las medidas del PRTR deben respetar el principio de «no causar un perjuicio
significativo al medio ambiente» (principio do no significant harm –DNSH–) y su normativa
de aplicación, Reglamento (UE) 2021/241 citado y el Reglamento (UE) 2020/852, relativo
al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles (Reglamento de
Taxonomía), desarrollado en la Guía Técnica de la Comisión Europea (2021/C 58/01)
sobre la aplicación de este principio.
Quinto.
El Consejo de Ministros, en su reunión de 8 de febrero de 2022, aprobó el Proyecto
Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario (PERTE
Agroalimentario), que refuerza aquellos proyectos de inversión (pública y privada) que
contribuyan claramente al crecimiento económico, al empleo y a la competitividad de
nuestro país.
De entre todas las medidas del PERTE Agroalimentario, se consideran como
prioritarias las medidas del PRTR contenidas en el Componente 12 Inversión 2,
«Programa de Impulso de la Competitividad y Sostenibilidad Industrial», en la que se
incardina la línea de apoyo a proyectos estratégicos para la transición industrial, y en el
Componente 3, «Transformación ambiental y digital del sector agroalimentario y
pesquero».
Las inversiones del PERTE Agroalimentario se desglosan en los siguientes tres ejes
prioritarios: Eje 1: Fortalecimiento industrial del sector agroalimentario, Eje 2:
Digitalización del sector agroalimentario y Eje 3: Investigación en el ámbito
agroalimentario.

El peso relevante que desempeña la industria agroalimentaria dentro de la cadena de
valor de toda la producción agroalimentaria española ha justificado la inclusión de un
paquete de apoyo específico para esta industria, dentro del marco del PRTR, con el
objetivo de mejorar sus procesos de producción, vinculados con su competitividad,
sostenibilidad y trazabilidad de la producción de alimentos.
Por ello, con el fin de apoyar proyectos relacionados con la actividad industrial de
transformación en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, y en
concordancia con el Componente 12 del PRTR, se ha aprobado el Real
Decreto 657/2024, de 9 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de ayudas a actuaciones de fortalecimiento industrial en la transformación de
productos de la pesca y acuicultura dentro del Proyecto Estratégico para la
Recuperación y Transformación Económica del Sector Agroalimentario, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas con fondos Next
Generation EU.
Estas bases regulan ayudas de Estado, así consideradas en el artículo 107 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y se someten a las Directrices
aplicables a las ayudas estatales en el sector de la pesca y la acuicultura aprobadas por
la Comisión en su Comunicación 2023/C 107/01 en la que, al regular las ayudas, limita el
alcance de estas, de modo que podrán considerarse compatibles con el mercado interior
si tienen efecto incentivador.
Estas ayudas se financian en el ámbito del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (PRTR), y se enmarcan en el Componente 12 (Política Industrial de
España 2030) Inversión 2 (Programa de impulso de la competitividad y sostenibilidad
industrial), contribuyendo al cumplimiento de los hitos y objetivos asociados a la misma.
Por tratarse de ayudas financiadas con cargo al Instrumento y al Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia están sujetas a sus respectivos Reglamentos (UE)
2020/2094 y Reglamento (UE) 2021/241 y a todo el ordenamiento jurídico derivado de
estos, tal y como prevé el Real Decreto mencionado.

cve: BOE-A-2024-20888
Verificable en https://www.boe.es

Sexto.