III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-20888)
Resolución de 9 de octubre de 2024, de la Dirección General de Servicios e Inspección, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid, para la colaboración en el procedimiento de gestión de subvenciones a actuaciones de fortalecimiento industrial en la transformación de productos de la pesca y acuicultura dentro del proyecto estratégico para la recuperación y transformación económica del sector agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas con Fondos Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 130516
y Alimentación, corresponde a la Secretaría General de Recursos Agrarios y Seguridad
Alimentaria, la planificación, dirección y coordinación de las políticas activas del
Departamento en materia de industrias y mercados alimentarios, asegurando
especialmente la seguridad alimentaria y el bienestar animal.
Segundo.
El Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid (COIIM), en virtud de sus
Estatutos aprobados en la Junta General Ordinaria y Extraordinaria celebrada el 24 de
mayo de 2018 y validados por el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros
Industriales el 13 de septiembre de 2018, es una Corporación de Derecho Público que
realiza tanto funciones de naturaleza pública como privada.
De conformidad con el Real Decreto 1332/2000, de 7 de julio, por el que se aprueban
los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales y de su
Consejo General, el COIIM tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad para el
cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus facultades.
El COIIM ha de velar por la satisfacción de los intereses generales relacionados con
la Ingeniería considerada como función social y coopera con las Administraciones
Públicas y demás organismos oficiales realizando informes, dictámenes, tasaciones u
otras actividades profesionales y actividades semejantes.
El artículo 5 del Real Decreto 1332/2000, de 7 de julio, establece en concreto que
una de las funciones de estas Corporaciones es fomentar y ayudar, por los
procedimientos que en cada caso entiendan más pertinentes, a aquellas instituciones,
oficiales o particulares, que traten de incrementar el desarrollo de la industria.
Tercero.
El Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que
se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la
recuperación tras la crisis de la COVID-19 adoptó un conjunto general de medidas
financieras para la recuperación económica, sostenible y resiliente de los Estados
miembros, sin dejar de apoyar las prioridades ecológicas y digitales de la Unión.
Posteriormente, el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento europeo y del Consejo
de 12 de febrero de 2021 ha establecido el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
con objetivos, financiación y sus modalidades, y las normas para la concesión de dicha
financiación.
Los Estados miembros han debido elaborar planes de recuperación y resiliencia
nacionales para alcanzar dichos objetivos. El Plan de España (PRTR) fue aprobado por
el Consejo mediante la Decisión de Ejecución de 13 de julio de 2021, y su Adenda ha
sido aprobada por Decisión de Ejecución del Consejo de 17 de octubre de 2023.
El Componente 3 del PRTR (Transformación ambiental y digital del sistema
agroalimentario y pesquero), incluye la Inversión 8 (C3.I8) denominada Plan de impulso
a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (III): el
Fomento del desarrollo tecnológico y la innovación en el sector pesquero y acuícola.
El objetivo de esta medida es hacer del sector pesquero y acuícola un sector más
sostenible desde el punto de vista medioambiental, económico y social mediante el
apoyo al desarrollo tecnológico y a la innovación en el sector.
Por su parte, el Componente 12 del PRTR (Política Industrial España 2030) contiene
la Inversión 2 (C12.I02) denominada Programa de impulso de competitividad y
sostenibilidad industrial.
El objetivo de esta medida es promover la transformación de sectores estratégicos
que son clave para la transición industrial de España, como la agroalimentación.
cve: BOE-A-2024-20888
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 130516
y Alimentación, corresponde a la Secretaría General de Recursos Agrarios y Seguridad
Alimentaria, la planificación, dirección y coordinación de las políticas activas del
Departamento en materia de industrias y mercados alimentarios, asegurando
especialmente la seguridad alimentaria y el bienestar animal.
Segundo.
El Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid (COIIM), en virtud de sus
Estatutos aprobados en la Junta General Ordinaria y Extraordinaria celebrada el 24 de
mayo de 2018 y validados por el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros
Industriales el 13 de septiembre de 2018, es una Corporación de Derecho Público que
realiza tanto funciones de naturaleza pública como privada.
De conformidad con el Real Decreto 1332/2000, de 7 de julio, por el que se aprueban
los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales y de su
Consejo General, el COIIM tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad para el
cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus facultades.
El COIIM ha de velar por la satisfacción de los intereses generales relacionados con
la Ingeniería considerada como función social y coopera con las Administraciones
Públicas y demás organismos oficiales realizando informes, dictámenes, tasaciones u
otras actividades profesionales y actividades semejantes.
El artículo 5 del Real Decreto 1332/2000, de 7 de julio, establece en concreto que
una de las funciones de estas Corporaciones es fomentar y ayudar, por los
procedimientos que en cada caso entiendan más pertinentes, a aquellas instituciones,
oficiales o particulares, que traten de incrementar el desarrollo de la industria.
Tercero.
El Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que
se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la
recuperación tras la crisis de la COVID-19 adoptó un conjunto general de medidas
financieras para la recuperación económica, sostenible y resiliente de los Estados
miembros, sin dejar de apoyar las prioridades ecológicas y digitales de la Unión.
Posteriormente, el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento europeo y del Consejo
de 12 de febrero de 2021 ha establecido el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
con objetivos, financiación y sus modalidades, y las normas para la concesión de dicha
financiación.
Los Estados miembros han debido elaborar planes de recuperación y resiliencia
nacionales para alcanzar dichos objetivos. El Plan de España (PRTR) fue aprobado por
el Consejo mediante la Decisión de Ejecución de 13 de julio de 2021, y su Adenda ha
sido aprobada por Decisión de Ejecución del Consejo de 17 de octubre de 2023.
El Componente 3 del PRTR (Transformación ambiental y digital del sistema
agroalimentario y pesquero), incluye la Inversión 8 (C3.I8) denominada Plan de impulso
a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (III): el
Fomento del desarrollo tecnológico y la innovación en el sector pesquero y acuícola.
El objetivo de esta medida es hacer del sector pesquero y acuícola un sector más
sostenible desde el punto de vista medioambiental, económico y social mediante el
apoyo al desarrollo tecnológico y a la innovación en el sector.
Por su parte, el Componente 12 del PRTR (Política Industrial España 2030) contiene
la Inversión 2 (C12.I02) denominada Programa de impulso de competitividad y
sostenibilidad industrial.
El objetivo de esta medida es promover la transformación de sectores estratégicos
que son clave para la transición industrial de España, como la agroalimentación.
cve: BOE-A-2024-20888
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.