III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-20890)
Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de modificación de condiciones de la de 24 de octubre de 2003, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Prolongación del dique rompeolas en el puerto de Tarragona».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 12 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 130557

acuerdo, se realizará en función de la evolución de la forma en planta de la playa, con
objeto de mantener un ancho útil en toda ella.
El Ayuntamiento argumenta la necesidad de mantener el aporte anual de arenas
para la estabilidad de la playa de La Pineda, hasta la implementación de las nuevas
soluciones propuestas por la Autoridad Portuaria de Tarragona en su proyecto
«Contradique de poniente del puerto de Tarragona». En concreto, solicita una ampliación
del periodo de aportación de arenas a la playa de la Pineda, dado que el periodo de 20
años previsto en la declaración de impacto ambiental finalizó el 24 de octubre del 2023.
Por otro lado, se constata la tramitación en esta Dirección General del procedimiento
de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto «Contradique de Poniente del
Puerto de Tarragona», para evitar una nueva desestabilización de la playa de La Pineda,
que prevé una nueva aportación de arena y la construcción de nuevas estructuras de
defensa, como un espigón, al norte de la playa, y una plataforma de diques exentos, al
sur. Las soluciones previstas en este proyecto solo podrán concretarse una vez
superados las diferentes tramitaciones en los próximos años.
Con fecha 9 de febrero de 2024, la Autoridad Portuaria de Tarragona remite informe
en el que confirma que ha dado cumplimiento a las condiciones de la declaración de
impacto ambiental, al haber realizado las aportaciones de arena a la playa de la Pineda
en los últimos 20 años. Afirma, asimismo, que la última campaña se lleva a cabo en
mayo de 2023. Por otra parte, indica que, ante la escasez de arena en las inmediaciones
de la playa con características similares a la nativa (0.24 mm), se han empleado arenas
con un tamaño sensiblemente inferior (0.16 mm en los últimos años), lo que ha impedido
que la playa haya alcanzado una posición de equilibrio.
La Autoridad Portuaria se muestra conforme con seguir aportando la cantidad
de 100.000 m3 de arena anuales, como recogía la condición de la declaración de impacto
ambiental del proyecto «Prolongación del dique rompeolas en el puerto de Tarragona»,
durante el periodo de transición de 2 o 3 años, hasta la ejecución de las medidas de
adaptación propuestas en el nuevo proyecto en tramitación. Puertos del Estado se
pronuncia en su informe en el mismo sentido.
De conformidad con el procedimiento de modificación de condiciones, con fecha 5 de
febrero de 2024, se inicia el trámite de consulta a las Administraciones públicas
afectadas y a las personas interesadas con relación a la modificación propuesta.
Con fecha 17 de mayo de 2024, se requiere al organismo superior jerárquico de la
Dirección General de Ordenación de Territorio, Urbanismo y Arquitectura; y de la
Dirección General de Políticas de Montaña y del Litoral de la Generalitat de Catalunya, la
emisión de los informes no recibidos. Asimismo, se reiteran las consultas a la Dirección
General de la Costa y el Mar y a Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y
Marina del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO).
La Direcció General de Polítiques de Muntanya i del Litoral y el Servicio Territorial de
Tarragona, ambos pertenecientes al Departament de Territori de la Generalitat de
Catalunya, informan favorablemente la solicitud del Ayuntamiento de Vila-seca.
La Direcció General de Polítiques Ambientals i Medi Natural de la Generalitat de
Catalunya considera que la problemática de estabilización de la playa de La Pineda
requiere del desarrollo de proyectos que planteen soluciones definitivas dentro de un
marco global que hagan innecesaria la aportación de arena. Asimismo, solicita que en
caso de que se lleven a cabo estas aportaciones, se presenten una serie de estudios
previos y finales y que se realicen una serie de seguimientos.
La Direcció General de Política Marítima i Pesca Sostenible de la Generalitat de
Catalunya no prevé afecciones significativas sobre los hábitats de interés pesquero,
aunque advierte de la instalación de 10 boyas fondeadas con arrecifes artificiales en la
playa de la Pineda.
La Dirección General de la Costa y del Mar del MITECO considera adecuada la
medida de prolongar la aportación anual de arena, si bien recomienda que el material a
aportar en la alimentación tenga un tamaño igual o superior al nativo, considerando la
utilización de los materiales dragados en el interior del puerto u otros presentes en el

cve: BOE-A-2024-20890
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Núm. 247