III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-20889)
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del estudio informativo de la línea de alta velocidad Sevilla-Huelva.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 12 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 130549
año desde la puesta en servicio de la línea, sin perjuicio de los informes extraordinarios
en caso de existir alguna afección no prevista o cualquier otra circunstancia especial, e
informes sobre seguimientos específicos.
43. En ningún caso el vencimiento del plazo de garantía de la obra podrá suponer
la desvinculación del promotor, y órgano sustantivo, de su responsabilidad en el control
del cumplimiento íntegro del PVA, debiendo incorporarlo a los requisitos y condiciones
técnicas que se contemplen en los procedimientos de adjudicación de los servicios de
mantenimiento y explotación de la infraestructura.
44. Las medidas de restauración fluvial y la restauración de hábitats de interés
comunitario deberán disponer de un seguimiento específico en el PVA.
45. Seguimiento y control de la hidrología subterránea en aquellos tramos que
finalmente deban ser construidos en túnel (tramo del Túnel de la Muela), incluyendo
seguimiento piezométrico que verifique la no afección sobre acuíferos y monitorización
del estado en puntos de agua, fuentes, manantiales y cauces próximos.
46. Seguimiento del efecto barrera creado por la infraestructura y de la efectividad
de las medidas correctoras: deberá adoptarse un seguimiento específico extendido hasta
el décimo año de la fase de explotación, tomando como referencia los siguientes
documentos publicados por el MITECO: Prescripciones técnicas para el seguimiento y
evaluación de la efectividad de las medidas correctoras del efecto barrera de las
Infraestructuras de Transporte. Documento n.º2 (2008); y Prescripciones Técnicas para
hacer Efectivos los Seguimientos de las Medidas de Mitigación del Efecto Barrera de las
Infraestructuras de Transporte (Diseño, Documentación y Archivo del Seguimiento
Ambiental). Documento n.º8 (2020).
47. Los pasos de fauna y estructuras de drenaje adaptadas, cerramiento perimetral,
los dispositivos de escape, los dispositivos anticolisión para la avifauna y las demás
medidas mitigadoras de impactos ambientales deberán mantenerse en un estado y
funcionalidad adecuados durante toda la vida útil de la infraestructura. Las actividades o
contratos de explotación y conservación de la infraestructura incluirán su control y
mantenimiento.
48. Seguimiento específico de lince ibérico, con las siguientes condiciones:
– Seguimiento de mortalidad de lince ibérico y otros vertebrados, mediante registro
actualizado de atropellos, colisiones con la infraestructura y los trenes, etc. Se
recomienda la armonización del seguimiento con el Plan Stop Atropellos de Fauna
Amenazada (SAFE) que coordina este Ministerio.
– Seguimiento de las poblaciones de conejo de monte.
– Seguimiento de efectividad en actuaciones de mejora del hábitat en corredores de
conexión.
– Monitoreo sistemático de pasos de fauna en todo el trazado, mediante sistemas de
vigilancia continua, fototrampeo, digitalización y cartografía de la información en portal
web, alertas de presencia en tiempo real y otros sistemas de seguimiento y control que
establezca el coordinador del Plan de recuperación del lince.
49. Información de los resultados del estado de seguimiento al coordinador del Plan
de recuperación del lince. El responsable del mantenimiento y conservación de estas
medidas y seguimientos mantendrá contacto permanente con el citado coordinador.
50. Seguimiento de aves esteparias en el ámbito del Plan de Recuperación de las
Aves Esteparias de Andalucía y la Zona de Interés de Campos de Tejada. Uso del
territorio y sobrevuelo de avutarda, sisón y aguilucho cenizo en las proximidades del
proyecto. Mortalidad de avifauna por colisión/electrocución con los elementos de la
infraestructura eléctrica, el vallado o los trenes. Se mantendrá comunicación permanente
sobre este seguimiento con el coordinador del citado Plan.
51. Seguimiento de poblaciones de otras especies: alzacola rojizo, carraca
europea, lechuza común, elanio común y mochuelo europeo.
cve: BOE-A-2024-20889
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 130549
año desde la puesta en servicio de la línea, sin perjuicio de los informes extraordinarios
en caso de existir alguna afección no prevista o cualquier otra circunstancia especial, e
informes sobre seguimientos específicos.
43. En ningún caso el vencimiento del plazo de garantía de la obra podrá suponer
la desvinculación del promotor, y órgano sustantivo, de su responsabilidad en el control
del cumplimiento íntegro del PVA, debiendo incorporarlo a los requisitos y condiciones
técnicas que se contemplen en los procedimientos de adjudicación de los servicios de
mantenimiento y explotación de la infraestructura.
44. Las medidas de restauración fluvial y la restauración de hábitats de interés
comunitario deberán disponer de un seguimiento específico en el PVA.
45. Seguimiento y control de la hidrología subterránea en aquellos tramos que
finalmente deban ser construidos en túnel (tramo del Túnel de la Muela), incluyendo
seguimiento piezométrico que verifique la no afección sobre acuíferos y monitorización
del estado en puntos de agua, fuentes, manantiales y cauces próximos.
46. Seguimiento del efecto barrera creado por la infraestructura y de la efectividad
de las medidas correctoras: deberá adoptarse un seguimiento específico extendido hasta
el décimo año de la fase de explotación, tomando como referencia los siguientes
documentos publicados por el MITECO: Prescripciones técnicas para el seguimiento y
evaluación de la efectividad de las medidas correctoras del efecto barrera de las
Infraestructuras de Transporte. Documento n.º2 (2008); y Prescripciones Técnicas para
hacer Efectivos los Seguimientos de las Medidas de Mitigación del Efecto Barrera de las
Infraestructuras de Transporte (Diseño, Documentación y Archivo del Seguimiento
Ambiental). Documento n.º8 (2020).
47. Los pasos de fauna y estructuras de drenaje adaptadas, cerramiento perimetral,
los dispositivos de escape, los dispositivos anticolisión para la avifauna y las demás
medidas mitigadoras de impactos ambientales deberán mantenerse en un estado y
funcionalidad adecuados durante toda la vida útil de la infraestructura. Las actividades o
contratos de explotación y conservación de la infraestructura incluirán su control y
mantenimiento.
48. Seguimiento específico de lince ibérico, con las siguientes condiciones:
– Seguimiento de mortalidad de lince ibérico y otros vertebrados, mediante registro
actualizado de atropellos, colisiones con la infraestructura y los trenes, etc. Se
recomienda la armonización del seguimiento con el Plan Stop Atropellos de Fauna
Amenazada (SAFE) que coordina este Ministerio.
– Seguimiento de las poblaciones de conejo de monte.
– Seguimiento de efectividad en actuaciones de mejora del hábitat en corredores de
conexión.
– Monitoreo sistemático de pasos de fauna en todo el trazado, mediante sistemas de
vigilancia continua, fototrampeo, digitalización y cartografía de la información en portal
web, alertas de presencia en tiempo real y otros sistemas de seguimiento y control que
establezca el coordinador del Plan de recuperación del lince.
49. Información de los resultados del estado de seguimiento al coordinador del Plan
de recuperación del lince. El responsable del mantenimiento y conservación de estas
medidas y seguimientos mantendrá contacto permanente con el citado coordinador.
50. Seguimiento de aves esteparias en el ámbito del Plan de Recuperación de las
Aves Esteparias de Andalucía y la Zona de Interés de Campos de Tejada. Uso del
territorio y sobrevuelo de avutarda, sisón y aguilucho cenizo en las proximidades del
proyecto. Mortalidad de avifauna por colisión/electrocución con los elementos de la
infraestructura eléctrica, el vallado o los trenes. Se mantendrá comunicación permanente
sobre este seguimiento con el coordinador del citado Plan.
51. Seguimiento de poblaciones de otras especies: alzacola rojizo, carraca
europea, lechuza común, elanio común y mochuelo europeo.
cve: BOE-A-2024-20889
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 247