III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-20889)
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del estudio informativo de la línea de alta velocidad Sevilla-Huelva.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 12 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 130541
general, hidrología e hidrogeología (restauraciones fluviales), ruidos y vibraciones y
arqueología.
El estudio recoge los principales controles previstos para cada factor ambiental,
estableciendo, en cada caso, un objetivo, indicadores de referencia, valores umbral para
cada indicador, una frecuencia de toma de datos y medidas a adoptar en caso de
superación de los umbrales. Algunos de los más importantes son:
– Protección de suelos: control de jalonamiento, cerramiento y ocupación de suelos,
ubicación de áreas auxiliares fuera de zonas excluidas, control del acopio y conservación
de la tierra fértil, vigilancia de la contaminación de suelos, control de almacenamiento de
residuos y sustancias peligrosas, control de la erosión de superficies descubiertas.
– Protección de calidad del aire: aparte de las medidas de control de las buenas
prácticas de obra, se efectuará un seguimiento específico de los niveles de ruido y
vibraciones durante las obras, así como del ruido y vibraciones del tráfico ferroviario en
la fase de funcionamiento, con control del cumplimiento de los valores límite legalmente
establecidos y verificación de la eficacia de las medidas de mitigación adoptadas.
– Protección de la hidrología superficial: control de vertidos y arrastre de materiales
a cauces, seguimiento de calidad de aguas en balsas de decantación, control de la
impermeabilización de áreas auxiliares, control de la ocupación en zonas inundables. El
técnico responsable realizará un seguimiento monitorizado específico sobre la calidad de
aguas en el tramo afectado de la Rivera de la Nicoba y las Marismas del Tinto, y de las
restauraciones en los corredores fluviales interceptados por las obras. De estos
seguimientos se aportará periódicamente informe a las autoridades respectivamente
competentes.
– Protección de flora amenazada y Hábitats de Interés Comunitario: Medidas de
control sobre la protección de vegetación, HIC y recintos con poblaciones de flora
amenazada, con comprobación del replanteo de zonas de exclusión previamente al inicio
de las obras, seguimiento durante las mismas y verificación de las medidas de
protección con frecuencia mensual.
– Protección de fauna: control de áreas sensibles para la fauna identificadas en las
prospecciones previas a las obras, control de las distancias mínimas establecidas
respecto a áreas de reproducción según las restricciones de calendario, control de
ejecución de pasos de fauna, dispositivos de escape y medidas anticolisión, seguimiento
de la efectividad de los pasos de fauna, obras de drenaje adaptadas y otros elementos
de desfragmentación de hábitats.
– Protección de paisaje: control de la integración paisajística de las superficies
generadas por el proyecto.
– Protección del patrimonio cultural: control y seguimiento arqueológico a pie de
obra.
El promotor señala en el PVA los siguientes seguimientos específicos sobre impactos
y medidas:
– Seguimiento de calidad de aguas en balsas de decantación, puntos de vertido a la
red de drenaje; controles de medidas de impermeabilización de instalaciones auxiliares
de obras y control de la zona de ocupación fuera de zonas inundables. Asimismo, el
promotor efectuará un seguimiento de calidad de aguas en las principales masas de
agua superficiales afectadas por el proyecto: río Guadiamar, Río Tinto, Arroyo Candón,
Arroyo Ricoba y marismas del estuario del Tinto, así como todos aquellos cauces
incluidos en zona ZEC. Se asegurará el mantenimiento de la calidad de las aguas
superficiales de la zona de obras mediante inspecciones visuales de la red de drenaje
para detectar posibles derrames (manchas de aceites, restos de hormigones, etc.) y
mediante mediciones diarias y sistemáticas de la turbidez, O2 disuelto y DBO5 para
detectar episodios de excesiva concentración de sólidos en suspensión, materia
orgánica, etc., en la zona de obras.
cve: BOE-A-2024-20889
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 247
Sábado 12 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 130541
general, hidrología e hidrogeología (restauraciones fluviales), ruidos y vibraciones y
arqueología.
El estudio recoge los principales controles previstos para cada factor ambiental,
estableciendo, en cada caso, un objetivo, indicadores de referencia, valores umbral para
cada indicador, una frecuencia de toma de datos y medidas a adoptar en caso de
superación de los umbrales. Algunos de los más importantes son:
– Protección de suelos: control de jalonamiento, cerramiento y ocupación de suelos,
ubicación de áreas auxiliares fuera de zonas excluidas, control del acopio y conservación
de la tierra fértil, vigilancia de la contaminación de suelos, control de almacenamiento de
residuos y sustancias peligrosas, control de la erosión de superficies descubiertas.
– Protección de calidad del aire: aparte de las medidas de control de las buenas
prácticas de obra, se efectuará un seguimiento específico de los niveles de ruido y
vibraciones durante las obras, así como del ruido y vibraciones del tráfico ferroviario en
la fase de funcionamiento, con control del cumplimiento de los valores límite legalmente
establecidos y verificación de la eficacia de las medidas de mitigación adoptadas.
– Protección de la hidrología superficial: control de vertidos y arrastre de materiales
a cauces, seguimiento de calidad de aguas en balsas de decantación, control de la
impermeabilización de áreas auxiliares, control de la ocupación en zonas inundables. El
técnico responsable realizará un seguimiento monitorizado específico sobre la calidad de
aguas en el tramo afectado de la Rivera de la Nicoba y las Marismas del Tinto, y de las
restauraciones en los corredores fluviales interceptados por las obras. De estos
seguimientos se aportará periódicamente informe a las autoridades respectivamente
competentes.
– Protección de flora amenazada y Hábitats de Interés Comunitario: Medidas de
control sobre la protección de vegetación, HIC y recintos con poblaciones de flora
amenazada, con comprobación del replanteo de zonas de exclusión previamente al inicio
de las obras, seguimiento durante las mismas y verificación de las medidas de
protección con frecuencia mensual.
– Protección de fauna: control de áreas sensibles para la fauna identificadas en las
prospecciones previas a las obras, control de las distancias mínimas establecidas
respecto a áreas de reproducción según las restricciones de calendario, control de
ejecución de pasos de fauna, dispositivos de escape y medidas anticolisión, seguimiento
de la efectividad de los pasos de fauna, obras de drenaje adaptadas y otros elementos
de desfragmentación de hábitats.
– Protección de paisaje: control de la integración paisajística de las superficies
generadas por el proyecto.
– Protección del patrimonio cultural: control y seguimiento arqueológico a pie de
obra.
El promotor señala en el PVA los siguientes seguimientos específicos sobre impactos
y medidas:
– Seguimiento de calidad de aguas en balsas de decantación, puntos de vertido a la
red de drenaje; controles de medidas de impermeabilización de instalaciones auxiliares
de obras y control de la zona de ocupación fuera de zonas inundables. Asimismo, el
promotor efectuará un seguimiento de calidad de aguas en las principales masas de
agua superficiales afectadas por el proyecto: río Guadiamar, Río Tinto, Arroyo Candón,
Arroyo Ricoba y marismas del estuario del Tinto, así como todos aquellos cauces
incluidos en zona ZEC. Se asegurará el mantenimiento de la calidad de las aguas
superficiales de la zona de obras mediante inspecciones visuales de la red de drenaje
para detectar posibles derrames (manchas de aceites, restos de hormigones, etc.) y
mediante mediciones diarias y sistemáticas de la turbidez, O2 disuelto y DBO5 para
detectar episodios de excesiva concentración de sólidos en suspensión, materia
orgánica, etc., en la zona de obras.
cve: BOE-A-2024-20889
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 247