II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-20793)
Resolución de 7 de octubre de 2024, del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 11 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 130149
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter
mínimo, su publicación en la página web de este Organismo: https://
www.consejodetransparencia.es/ct_Home/consejo/empleo-publico.html.
3. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de la solicitud como el
desistimiento de la solicitud, que implica el desistimiento de la totalidad de los puestos
solicitados, se admitirán hasta dos días antes de la fecha de publicación de los listados
provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con
la debida antelación.
Novena. Publicidad de la valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas, la Comisión de
Valoración
publicará
en
la
página
web
del
Organismo
www.consejodetransparencia.es/ct_Home/consejo/empleo-publico.html> los listados
provisionales de valoración de los méritos para cada puesto. En dicho listado se
establecerá un periodo de alegaciones de cinco días hábiles, a contar desde el día
siguiente a su publicación.
Las alegaciones y subsanaciones habrán de formularse a través del Registro
Electrónico Común, y dirigirse a la Autoridad Administrativa Independiente Consejo de
Transparencia y Buen Gobierno.
Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no
hubieran presentado alegaciones.
Décima. Resolución del concurso.
1. La convocatoria se resolverá por resolución de la Presidencia del Consejo de
Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., en un plazo máximo de cuatro meses, desde el
día siguiente al de la finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado», salvo que concurran las circunstancias expuestas en la
base tercera punto 2, en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial de los
puestos no afectados directa o indirectamente por estas circunstancias.
2. En la resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de
trabajo, localidad, Órgano Directivo y Departamento ministerial o Administración Pública
de cese de las personas participantes a quienes se les adjudique destino, así como de
su subgrupo de titulación. Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando
participen desde una situación distinta a la de servicio activo.
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un
mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del
Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas interesadas, salvo que por
causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
No obstante, para los funcionarios que se encuentren en licencia por enfermedad, se
llevará a efecto el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice
la licencia o permiso que tenga concedida.
La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el
funcionario o funcionaria podrá, no obstante, diferir el cese por necesidades del servicio
debidamente motivadas, hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse a la Unidad a
la que haya sido destinado el funcionario o la funcionaria.
cve: BOE-A-2024-20793
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 246
Viernes 11 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 130149
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter
mínimo, su publicación en la página web de este Organismo: https://
www.consejodetransparencia.es/ct_Home/consejo/empleo-publico.html.
3. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de la solicitud como el
desistimiento de la solicitud, que implica el desistimiento de la totalidad de los puestos
solicitados, se admitirán hasta dos días antes de la fecha de publicación de los listados
provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con
la debida antelación.
Novena. Publicidad de la valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas, la Comisión de
Valoración
publicará
en
la
página
web
del
Organismo
provisionales de valoración de los méritos para cada puesto. En dicho listado se
establecerá un periodo de alegaciones de cinco días hábiles, a contar desde el día
siguiente a su publicación.
Las alegaciones y subsanaciones habrán de formularse a través del Registro
Electrónico Común, y dirigirse a la Autoridad Administrativa Independiente Consejo de
Transparencia y Buen Gobierno.
Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no
hubieran presentado alegaciones.
Décima. Resolución del concurso.
1. La convocatoria se resolverá por resolución de la Presidencia del Consejo de
Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., en un plazo máximo de cuatro meses, desde el
día siguiente al de la finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado», salvo que concurran las circunstancias expuestas en la
base tercera punto 2, en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial de los
puestos no afectados directa o indirectamente por estas circunstancias.
2. En la resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de
trabajo, localidad, Órgano Directivo y Departamento ministerial o Administración Pública
de cese de las personas participantes a quienes se les adjudique destino, así como de
su subgrupo de titulación. Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando
participen desde una situación distinta a la de servicio activo.
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un
mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del
Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas interesadas, salvo que por
causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
No obstante, para los funcionarios que se encuentren en licencia por enfermedad, se
llevará a efecto el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice
la licencia o permiso que tenga concedida.
La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el
funcionario o funcionaria podrá, no obstante, diferir el cese por necesidades del servicio
debidamente motivadas, hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse a la Unidad a
la que haya sido destinado el funcionario o la funcionaria.
cve: BOE-A-2024-20793
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 246