II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-20793)
Resolución de 7 de octubre de 2024, del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246
Viernes 11 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 130150
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Función Pública podrá
aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga
prevista en el párrafo anterior. Para su concesión será necesario que el Departamento
que lo solicita emita informe motivado de la necesidad de dicho aplazamiento.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, la Presidencia del
Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., podrá conceder una prórroga de
incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino implica cambio de residencia y
así lo solicita la persona interesada por razones justificadas.
Undécima.
Destinos adjudicados.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo
de toma de posesión de este concurso, se hubiese obtenido otro destino por
convocatoria pública y la persona adjudicataria hubiese tomado posesión en el mismo,
en cuyo caso deberá comunicarlo en el plazo de tres días hábiles por escrito al órgano
convocante. El diferimiento del cese, así como los permisos o licencias que hayan sido
concedidos a los interesados no supondrán una ampliación del plazo para la opción de
destino prevista en este apartado, y en el artículo 49 del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, debiéndose tener en cuenta a estos efectos los plazos establecidos en la base
décima.3.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a personal
funcionario en situación distinta a la de servicio activo supondrá su reingreso, sin
perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Aquellas personas participantes que desde el cierre del plazo de presentación de
solicitudes del concurso hasta la resolución de adjudicación hayan sido nombrados o
sean nombrados, por promoción interna, funcionarios de carrera de Cuerpos o Escalas
pertenecientes al subgrupo inmediato superior al Cuerpo o Escala desde el que han
concursado y hayan obtenido un puesto de doble adscripción a subgrupo en la
resolución del presente concurso tomarán posesión del mismo desde el Cuerpo o Escala
desde el que participan.
Duodécima.
Publicación de la resolución del concurso.
La publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado», con
adjudicación de los puestos, servirá de notificación a las personas interesadas.
En el caso de los puestos adjudicados los plazos establecidos para que los
Ministerios y Organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas
procedentes comenzarán a contarse desde el día siguiente a su publicación.
Recursos.
Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 7 de octubre de 2024.–El Presidente del Consejo de Transparencia y Buen
Gobierno, A.A.I., José Luis Rodríguez Álvarez.
cve: BOE-A-2024-20793
Verificable en https://www.boe.es
Decimotercera.
Núm. 246
Viernes 11 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 130150
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Función Pública podrá
aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga
prevista en el párrafo anterior. Para su concesión será necesario que el Departamento
que lo solicita emita informe motivado de la necesidad de dicho aplazamiento.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, la Presidencia del
Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I., podrá conceder una prórroga de
incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino implica cambio de residencia y
así lo solicita la persona interesada por razones justificadas.
Undécima.
Destinos adjudicados.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo
de toma de posesión de este concurso, se hubiese obtenido otro destino por
convocatoria pública y la persona adjudicataria hubiese tomado posesión en el mismo,
en cuyo caso deberá comunicarlo en el plazo de tres días hábiles por escrito al órgano
convocante. El diferimiento del cese, así como los permisos o licencias que hayan sido
concedidos a los interesados no supondrán una ampliación del plazo para la opción de
destino prevista en este apartado, y en el artículo 49 del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, debiéndose tener en cuenta a estos efectos los plazos establecidos en la base
décima.3.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a personal
funcionario en situación distinta a la de servicio activo supondrá su reingreso, sin
perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Aquellas personas participantes que desde el cierre del plazo de presentación de
solicitudes del concurso hasta la resolución de adjudicación hayan sido nombrados o
sean nombrados, por promoción interna, funcionarios de carrera de Cuerpos o Escalas
pertenecientes al subgrupo inmediato superior al Cuerpo o Escala desde el que han
concursado y hayan obtenido un puesto de doble adscripción a subgrupo en la
resolución del presente concurso tomarán posesión del mismo desde el Cuerpo o Escala
desde el que participan.
Duodécima.
Publicación de la resolución del concurso.
La publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado», con
adjudicación de los puestos, servirá de notificación a las personas interesadas.
En el caso de los puestos adjudicados los plazos establecidos para que los
Ministerios y Organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas
procedentes comenzarán a contarse desde el día siguiente a su publicación.
Recursos.
Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 7 de octubre de 2024.–El Presidente del Consejo de Transparencia y Buen
Gobierno, A.A.I., José Luis Rodríguez Álvarez.
cve: BOE-A-2024-20793
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