I. Disposiciones generales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-20760)
Circular 1/2024, de 27 de septiembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de demanda de energía eléctrica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246

Viernes 11 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 129911

casos de solicitudes de aumento de potencia, con contrato económico de acceso (ATR) en
vigor, el Código Universal de Punto de Suministro (CUPS).
e) Para las solicitudes de acceso y conexión a la red de distribución, campo
específico para la solicitud o no del presupuesto económico de las instalaciones
necesarias para realizar la conexión, sobre las que el titular de la red no tiene obligación
de desarrollo. En este sentido, los modelos de solicitud deberán incluir un campo
específico a completar por el solicitante, en el que, conforme a lo establecido en el
artículo 12.7 del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, el solicitante muestre, de
manera inequívoca, su deseo o negativa a solicitar el presupuesto económico de las
instalaciones que, de conformidad con la normativa en vigor, no tenga obligación de
desarrollar el titular de la red.
Este campo deberá estar disponible, a su vez, en los modelos de respuesta a los
requerimientos de subsanación, y deberá ser susceptible de modificación por parte del
solicitante respecto de la solicitud inicial, siendo la última versión de información de este
parámetro la que sea considerada válida.
f) Para los casos que no sean planeamientos urbanísticos, se entregará Memoria
técnica descriptiva de la instalación del nuevo consumo eléctrico, que contenga, al
menos, los siguientes elementos:
i) Identificación de la tipología de instalación del nuevo suministro eléctrico.
ii) Datos técnicos de la solicitud que incluyan el número de suministros, el uso final
al que se destina, tipo de solicitud y potencia instalada unitaria por suministro. En el caso
de disponer de elementos de acumulación de energía eléctrica, descripción de las
características técnicas de dichos elementos, incluida su potencia y capacidad de
almacenamiento. Número de puntos de recarga y su potencia unitaria, si procede. En
todas las solicitudes de acceso de potencia superior a 20 MW y en todas aquellas en las
que solicite capacidad de acceso flexible o acceso a la red de transporte se deberán
aportar los perfiles de funcionamiento esperado de la instalación de demanda objeto de
la solicitud. Para las solicitudes efectuadas a la red de transporte, potencia y energía
consumida de la red (MW, MVAr y GWh). Programa de previsión en el horizonte de
planificación en las situaciones horarias y estacionales significativas, así como energía
estimada anual (GWh).
iii) En el caso de solicitudes de instalaciones de consumo que incorporen
generación asociada, la capacidad de acceso solicitada por el consumo y la capacidad
de acceso solicitada para generación, así como todos los datos asociados para su
evaluación y definidos en la normativa aplicable. Igualmente, para estas solicitudes
deberá incluirse un esquema unifilar simplificado con el que pueda comprobarse el
cumplimiento de las condiciones aplicables en la normativa vigente a las instalaciones de
autoconsumo.
iv) Propuesta de ubicación y definición del elemento frontera. En los casos de
conexión a redes de baja tensión, se deberá remitir plano con propuesta de ubicación de
la Caja General de Protección (CGP).
Para el caso de planteamientos urbanísticos de una o más parcelas se requerirá:

i) Plano de urbanización.
ii) Parámetros de la ordenación urbanística (fichas de planeamiento).
iii) Parámetros del sector (edificabilidad máxima del sector, superficie del sector,
superficie computable del sector, índice de edificabilidad bruta del sector, densidad
máxima de viviendas, reserva de vivienda protegida, reserva dotacional y zonas verdes,
ratios W/m2 industria, asignación de potencia y tensión por parcela).
iv) Parámetros de la parcela o edificación, indicando, como mínimo, tipo de
consumo (viviendas, industria, comercial, dotacional, zonas verdes…), la asignación de
potencia y el nivel de tensión propuesto de alimentación. Asimismo, se indicará si se
requiere prever una potencia mínima para posible alimentación alternativa en BT. En el
caso de viviendas se detallará el número de viviendas y su nivel de electrificación. En los

cve: BOE-A-2024-20760
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