II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2024-20599)
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245
Jueves 10 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 128718
Las pruebas médicas establecidas se realizarán bajo la supervisión del personal
facultativo de la Administración del Estado que el Tribunal designe y se realizarán en las
dependencias que se indiquen con la publicación de los resultados del segundo ejercicio.
La prueba de aptitud médica se realizará en cuantas sesiones sean precisas. Será
calificada de «Apto/Apta» o «No Apto/Apta», siendo necesario obtener la calificación de
«Apto/Apta» para poder superar esta prueba y la oposición.
Si el número de personas declaradas «Aptos/Aptas» en esta prueba fuera inferior al
número de plazas convocadas, el Tribunal podrá citar para la realización de la misma, el
número de personas aspirantes necesarias, de las que hayan superado las dos partes
del primer ejercicio, según el orden de puntuación obtenido y aplicados, en su caso, los
criterios de desempate señalados para la calificación de la fase de oposición.
Las personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios y funcionarias de
Organismos Internacionales estarán exentas de la realización de aquellas pruebas o
ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por
objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen
en el Organismo Internacional correspondiente.
El Tribunal no podrá aprobar a un número superior de aspirantes del número de
plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el
nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin
de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de las personas
aspirantes seleccionadas, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano
convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de las
personas aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como
funcionarios y funcionarias de carrera.
Periodo de prácticas:
– Fase de formación teórico-práctica. En esta fase las personas aspirantes
desempeñarán, desde su comienzo y de forma tutelada, funciones propias de los
puestos de trabajo adscritos al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias en
los establecimientos penitenciarios que se determinen, adquiriendo, de forma
simultánea, los conocimientos teóricos necesarios, tanto en los propios centros como en
la sede del Centro de Estudios Penitenciarios. Será obligatorio asistir al menos, el 80 por
ciento de las jornadas de formación teórico-práctica para la realización del examen, que
se calificará como «Apto» o «No Apto». Las personas aspirantes que no hayan superado
esta fase no podrán realizar la fase de perfeccionamiento teórico-práctico.
Mediante resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias, se
establecerá el calendario, el programa, en el que se incluirá un módulo en materia de
igualdad entre mujeres y hombres, otro en materia de violencia de género, así como las
normas internas que regulen esta fase, que tendrá una duración no superior a cuatro
meses. En esta fase, dada su configuración, será aplicable lo establecido en el
párrafo 2.º del artículo 1 del Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan
las retribuciones de los funcionarios en prácticas.
– Fase de perfeccionamiento teórico-práctico. En esta fase los funcionarios y las
funcionarias en prácticas realizarán funciones propias del Cuerpo de Ayudantes de
Instituciones Penitenciarias en los Centros Penitenciarios. Durante el tiempo de duración
cve: BOE-A-2024-20599
Verificable en https://www.boe.es
Las personas aspirantes que superen la fase de oposición, tras la presentación de la
documentación solicitada y verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la
presente convocatoria, serán nombradas funcionarios y funcionarias en prácticas del
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, y tendrán que realizar un periodo
de prácticas con desempeño, desde su mismo comienzo, de las funciones propias de los
puestos de trabajo asignados al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
El periodo de prácticas se estructurará en dos fases, una de formación teóricopráctica y otra de perfeccionamiento teórico-práctico. Ambas fases tendrán una duración
máxima de doce meses:
Núm. 245
Jueves 10 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 128718
Las pruebas médicas establecidas se realizarán bajo la supervisión del personal
facultativo de la Administración del Estado que el Tribunal designe y se realizarán en las
dependencias que se indiquen con la publicación de los resultados del segundo ejercicio.
La prueba de aptitud médica se realizará en cuantas sesiones sean precisas. Será
calificada de «Apto/Apta» o «No Apto/Apta», siendo necesario obtener la calificación de
«Apto/Apta» para poder superar esta prueba y la oposición.
Si el número de personas declaradas «Aptos/Aptas» en esta prueba fuera inferior al
número de plazas convocadas, el Tribunal podrá citar para la realización de la misma, el
número de personas aspirantes necesarias, de las que hayan superado las dos partes
del primer ejercicio, según el orden de puntuación obtenido y aplicados, en su caso, los
criterios de desempate señalados para la calificación de la fase de oposición.
Las personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios y funcionarias de
Organismos Internacionales estarán exentas de la realización de aquellas pruebas o
ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por
objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen
en el Organismo Internacional correspondiente.
El Tribunal no podrá aprobar a un número superior de aspirantes del número de
plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el
nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin
de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de las personas
aspirantes seleccionadas, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano
convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de las
personas aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como
funcionarios y funcionarias de carrera.
Periodo de prácticas:
– Fase de formación teórico-práctica. En esta fase las personas aspirantes
desempeñarán, desde su comienzo y de forma tutelada, funciones propias de los
puestos de trabajo adscritos al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias en
los establecimientos penitenciarios que se determinen, adquiriendo, de forma
simultánea, los conocimientos teóricos necesarios, tanto en los propios centros como en
la sede del Centro de Estudios Penitenciarios. Será obligatorio asistir al menos, el 80 por
ciento de las jornadas de formación teórico-práctica para la realización del examen, que
se calificará como «Apto» o «No Apto». Las personas aspirantes que no hayan superado
esta fase no podrán realizar la fase de perfeccionamiento teórico-práctico.
Mediante resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias, se
establecerá el calendario, el programa, en el que se incluirá un módulo en materia de
igualdad entre mujeres y hombres, otro en materia de violencia de género, así como las
normas internas que regulen esta fase, que tendrá una duración no superior a cuatro
meses. En esta fase, dada su configuración, será aplicable lo establecido en el
párrafo 2.º del artículo 1 del Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan
las retribuciones de los funcionarios en prácticas.
– Fase de perfeccionamiento teórico-práctico. En esta fase los funcionarios y las
funcionarias en prácticas realizarán funciones propias del Cuerpo de Ayudantes de
Instituciones Penitenciarias en los Centros Penitenciarios. Durante el tiempo de duración
cve: BOE-A-2024-20599
Verificable en https://www.boe.es
Las personas aspirantes que superen la fase de oposición, tras la presentación de la
documentación solicitada y verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la
presente convocatoria, serán nombradas funcionarios y funcionarias en prácticas del
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, y tendrán que realizar un periodo
de prácticas con desempeño, desde su mismo comienzo, de las funciones propias de los
puestos de trabajo asignados al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
El periodo de prácticas se estructurará en dos fases, una de formación teóricopráctica y otra de perfeccionamiento teórico-práctico. Ambas fases tendrán una duración
máxima de doce meses: