II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2024-20599)
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245
Jueves 10 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 128717
La duración máxima de esta segunda parte será de una hora y veinte minutos.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar con anterioridad a la realización del primer ejercicio los criterios de
valoración, corrección y superación de las dos partes del mismo que no estén
expresamente establecidos en esta convocatoria.
De conformidad con lo previsto en el artículo 3.14 del Real Decreto 656/2024, de 2
de julio por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2024, el Tribunal
hará pública la plantilla correctora correspondiente a las dos partes de este primer
ejercicio en el plazo máximo de dos días a contar desde su finalización. En el plazo de
dos días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la plantilla, podrán
presentarse alegaciones a través de la dirección de correo electrónico SGPIPSSC@dgip.mir.es, que se entenderán contestadas mediante la publicación de la plantilla
correctora definitiva. No se admitirán alegaciones fuera de plazo ni presentadas por
cualquier otro medio distinto del indicado.
Instrucciones para el desarrollo del ejercicio y su incumplimiento: antes del inicio del
ejercicio, se publicarán en la web las instrucciones que han de cumplir las personas
aspirantes para su desarrollo y ejecución, así como de la prohibición de utilizar medios
fraudulentos durante las mismas.
El incumplimiento de las instrucciones sobre desarrollo y ejecución del ejercicio, o
cuando la persona aspirante fuera sorprendida copiando o utilizando engaño,
dispositivos electrónicos, otros medios no autorizados o cualesquiera otras
maquinaciones fraudulentas, será causa inmediata de expulsión del examen y exclusión
del aspirante del proceso selectivo, levantándose acta inmediata de tal incidente por los
colaboradores y/o miembros del Tribunal, que será remitida, en su caso, a las
autoridades correspondientes para la depuración de las responsabilidades en que hayan
podido incurrir dichas personas.
Calificación del primer ejercicio: en ambas partes del ejercicio, la calificación de las
personas aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los
criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria.
La calificación vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas
en cada una de las dos partes siempre que ambas hayan sido superadas.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1. Mayor puntuación obtenida en la segunda parte del ejercicio.
2. Mayor puntuación obtenida en la primera parte del ejercicio.
3. Mayor número de aciertos obtenidos en la segunda parte del ejercicio.
4. Mayor número de aciertos obtenidos en el primer parte del ejercicio.
Si aplicados estos cuatro criterios, continuara el empate, se atenderá al orden
alfabético de actuación mencionado en la base específica 8.1.
Pasarán a la siguiente prueba únicamente aquellas personas aspirantes que
hubieran obtenido mejor puntuación, hasta el número de plazas convocadas.
Pruebas de aptitud médica: estarán dirigidas a comprobar que no se aprecia en las
personas aspirantes ninguna de las causas de exclusión médica que se detallan en el
anexo V de esta convocatoria, que está adaptado a lo establecido en el Acuerdo de
Consejo de Ministros, de 30 de noviembre de 2018 (publicado por Orden PCI/154/2019,
de 19 de febrero, en el BOE del 20 del mismo mes), por el que se aprueban
instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal
funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas
médicas de exclusión en el acceso al empleo público.
cve: BOE-A-2024-20599
Verificable en https://www.boe.es
Segundo ejercicio:
Núm. 245
Jueves 10 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 128717
La duración máxima de esta segunda parte será de una hora y veinte minutos.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar con anterioridad a la realización del primer ejercicio los criterios de
valoración, corrección y superación de las dos partes del mismo que no estén
expresamente establecidos en esta convocatoria.
De conformidad con lo previsto en el artículo 3.14 del Real Decreto 656/2024, de 2
de julio por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2024, el Tribunal
hará pública la plantilla correctora correspondiente a las dos partes de este primer
ejercicio en el plazo máximo de dos días a contar desde su finalización. En el plazo de
dos días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la plantilla, podrán
presentarse alegaciones a través de la dirección de correo electrónico SGPIPSSC@dgip.mir.es, que se entenderán contestadas mediante la publicación de la plantilla
correctora definitiva. No se admitirán alegaciones fuera de plazo ni presentadas por
cualquier otro medio distinto del indicado.
Instrucciones para el desarrollo del ejercicio y su incumplimiento: antes del inicio del
ejercicio, se publicarán en la web las instrucciones que han de cumplir las personas
aspirantes para su desarrollo y ejecución, así como de la prohibición de utilizar medios
fraudulentos durante las mismas.
El incumplimiento de las instrucciones sobre desarrollo y ejecución del ejercicio, o
cuando la persona aspirante fuera sorprendida copiando o utilizando engaño,
dispositivos electrónicos, otros medios no autorizados o cualesquiera otras
maquinaciones fraudulentas, será causa inmediata de expulsión del examen y exclusión
del aspirante del proceso selectivo, levantándose acta inmediata de tal incidente por los
colaboradores y/o miembros del Tribunal, que será remitida, en su caso, a las
autoridades correspondientes para la depuración de las responsabilidades en que hayan
podido incurrir dichas personas.
Calificación del primer ejercicio: en ambas partes del ejercicio, la calificación de las
personas aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los
criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria.
La calificación vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas
en cada una de las dos partes siempre que ambas hayan sido superadas.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1. Mayor puntuación obtenida en la segunda parte del ejercicio.
2. Mayor puntuación obtenida en la primera parte del ejercicio.
3. Mayor número de aciertos obtenidos en la segunda parte del ejercicio.
4. Mayor número de aciertos obtenidos en el primer parte del ejercicio.
Si aplicados estos cuatro criterios, continuara el empate, se atenderá al orden
alfabético de actuación mencionado en la base específica 8.1.
Pasarán a la siguiente prueba únicamente aquellas personas aspirantes que
hubieran obtenido mejor puntuación, hasta el número de plazas convocadas.
Pruebas de aptitud médica: estarán dirigidas a comprobar que no se aprecia en las
personas aspirantes ninguna de las causas de exclusión médica que se detallan en el
anexo V de esta convocatoria, que está adaptado a lo establecido en el Acuerdo de
Consejo de Ministros, de 30 de noviembre de 2018 (publicado por Orden PCI/154/2019,
de 19 de febrero, en el BOE del 20 del mismo mes), por el que se aprueban
instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal
funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas
médicas de exclusión en el acceso al empleo público.
cve: BOE-A-2024-20599
Verificable en https://www.boe.es
Segundo ejercicio: