III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-20557)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XII Convenio colectivo de La Vanguardia Ediciones, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 244
Miércoles 9 de octubre de 2024
Artículo 42.
Sec. III. Pág. 127704
Suscripción.
Para el personal en plantilla a 31 de diciembre de 2011 se respetará a título
estrictamente personal y mientras permanezca de alta en la Empresa, el derecho a una
suscripción al diario, que recibirá en su domicilio.
Para el personal de alta en la empresa a partir del 1 de enero de 2012, y mientras
permanezca de alta en la Empresa, tendrá derecho a una suscripción al diario digital.
Artículo 43.
Pareja de hecho.
A todos los efectos de este convenio, los derechos que correspondan en virtud del
matrimonio serán equiparados a las parejas de hecho acreditadas legalmente.
Artículo 44.
Cambio de domicilio.
Los/las trabajadores/as tendrán la obligación de comunicar a la Empresa cualquier
modificación en el domicilio que a ésta le conste como residencia habitual del/de la
trabajador/a.
CAPÍTULO VII
Propiedad intelectual
Artículo 45. Derechos sobre la Propiedad Intelectual.
Introducción.
La empresa La Vanguardia Ediciones, SLU reconoce a los miembros de la
Redacción de La Vanguardia –en adelante autores/as–, los Derechos de Propiedad
Intelectual, de acuerdo con lo que las leyes establezcan, sobre todos aquellos trabajos
redaccionales, fotográficos e infográficos –en adelante obra– elaborados para la
Empresa.
Los derechos de explotación de la obra, creada en virtud de su relación laboral, por
los trabajadores/as de Redacción, se consideran cedidos en exclusiva a La Vanguardia
Ediciones, SLU con la posibilidad de que ésta pueda ceder o licenciar los mismos.
La referida cesión comprende los derechos de reproducción, distribución,
comunicación pública y transformación (extractos, traducciones y similares) a través de
cualquier medio de comunicación o soporte (incluyendo, entre otros, el electrónico,
digital, analógico, audiovisual e impreso), propios de la actividad de La Vanguardia
Ediciones, SLU, y no está sometida a límite temporal o territorial alguno.
Así, se considera cedida la obra de los autores/as para toda aquella actividad de La
Vanguardia Ediciones, SLU que se desarrolle de conformidad con el objeto social de la
Empresa establecido en cada momento, incluida, con carácter no limitativo, la edición
digital del diario La Vanguardia, en cualquier medio de difusión o soporte, ya sea de
forma directa, por parte de la propia Vanguardia, por una entidad participada por el
Grupo Godó de Comunicación, SA, o por cualquier tercero; siempre con el debido
respeto a la línea editorial del diario y con independencia de los términos en los que
dicha edición digital se elabore, ya sea mediante reproducción exacta de la publicación
impresa del diario o mediante variación o actualización posterior del contenido de la
misma.
B)
Cesión a terceros.
La Vanguardia Ediciones, SLU podrá ceder y/o licenciar a terceros los derechos de
explotación contemplados en el apartado A anterior.
cve: BOE-A-2024-20557
Verificable en https://www.boe.es
A)
Núm. 244
Miércoles 9 de octubre de 2024
Artículo 42.
Sec. III. Pág. 127704
Suscripción.
Para el personal en plantilla a 31 de diciembre de 2011 se respetará a título
estrictamente personal y mientras permanezca de alta en la Empresa, el derecho a una
suscripción al diario, que recibirá en su domicilio.
Para el personal de alta en la empresa a partir del 1 de enero de 2012, y mientras
permanezca de alta en la Empresa, tendrá derecho a una suscripción al diario digital.
Artículo 43.
Pareja de hecho.
A todos los efectos de este convenio, los derechos que correspondan en virtud del
matrimonio serán equiparados a las parejas de hecho acreditadas legalmente.
Artículo 44.
Cambio de domicilio.
Los/las trabajadores/as tendrán la obligación de comunicar a la Empresa cualquier
modificación en el domicilio que a ésta le conste como residencia habitual del/de la
trabajador/a.
CAPÍTULO VII
Propiedad intelectual
Artículo 45. Derechos sobre la Propiedad Intelectual.
Introducción.
La empresa La Vanguardia Ediciones, SLU reconoce a los miembros de la
Redacción de La Vanguardia –en adelante autores/as–, los Derechos de Propiedad
Intelectual, de acuerdo con lo que las leyes establezcan, sobre todos aquellos trabajos
redaccionales, fotográficos e infográficos –en adelante obra– elaborados para la
Empresa.
Los derechos de explotación de la obra, creada en virtud de su relación laboral, por
los trabajadores/as de Redacción, se consideran cedidos en exclusiva a La Vanguardia
Ediciones, SLU con la posibilidad de que ésta pueda ceder o licenciar los mismos.
La referida cesión comprende los derechos de reproducción, distribución,
comunicación pública y transformación (extractos, traducciones y similares) a través de
cualquier medio de comunicación o soporte (incluyendo, entre otros, el electrónico,
digital, analógico, audiovisual e impreso), propios de la actividad de La Vanguardia
Ediciones, SLU, y no está sometida a límite temporal o territorial alguno.
Así, se considera cedida la obra de los autores/as para toda aquella actividad de La
Vanguardia Ediciones, SLU que se desarrolle de conformidad con el objeto social de la
Empresa establecido en cada momento, incluida, con carácter no limitativo, la edición
digital del diario La Vanguardia, en cualquier medio de difusión o soporte, ya sea de
forma directa, por parte de la propia Vanguardia, por una entidad participada por el
Grupo Godó de Comunicación, SA, o por cualquier tercero; siempre con el debido
respeto a la línea editorial del diario y con independencia de los términos en los que
dicha edición digital se elabore, ya sea mediante reproducción exacta de la publicación
impresa del diario o mediante variación o actualización posterior del contenido de la
misma.
B)
Cesión a terceros.
La Vanguardia Ediciones, SLU podrá ceder y/o licenciar a terceros los derechos de
explotación contemplados en el apartado A anterior.
cve: BOE-A-2024-20557
Verificable en https://www.boe.es
A)