III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Denominaciones de origen. (BOE-A-2024-20579)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, de la Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias, por la que se emite decisión favorable a la modificación de la solicitud de protección e inscripción de la Denominación de Origen Protegida «Euskal Sagardoa/Sidra del País Vasco/Cidre du Pays Basque/Cidre du Pays Basque-Euskal Sagarnoa».
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 244

Miércoles 9 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 127826

e Industrias Alimentarias solicitud de protección para la Denominación de Origen
Protegida «Euskal Sagardoa/Sidra Natural del País Vasco» formulada mediante escrito
por Gipuzkoako Sagardogileen Elkartea, Bizkaiko Sagardogileen Elkartea, Arabako
Sagargileen eta Sagardogileen Elkartea, Sagardo Mahaia Elkartea, Sagar Uzta
Sagardogileen Elkartea, Fruitel Elkartel y Bialka Elkartea. Asimismo, se, acompañó la
oportuna documentación complementaria.
Segundo.
En fecha 16 de septiembre de 2016 fue publicada en el «Boletín Oficial de Estado»
(BOE) la Resolución de 30 de agosto de 2016, de la Dirección de Calidad e Industrias
Alimentarias, para dar publicidad a la solicitud de protección e inscripción de la
Denominación de Origen Protegida «Euskal Sagardoa/Sidra Natural del País Vasco»,
iniciando de esta manera el procedimiento nacional de oposición y abriéndose un plazo
de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación para que cualquier
persona física o jurídica establecida o que residiera legalmente en España, cuyos
legítimos derechos o intereses considerara afectados, pudiera presentar la oportuna
declaración de oposición, todo ello conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 149/2014,
de 7 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, así
como de acuerdo con lo que establece el artículo 96.3 del citado anteriormente
Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de
diciembre de 2013.
Tercero.
Transcurridos más de dos meses desde la citada fecha de publicación en el BOE, y
no habiéndose presentado declaración de oposición alguna, en fecha 10 de febrero
de 2017 se publicó en el «Boletín Oficial del País Vasco» (BOPV) la Resolución de 16 de
enero de 2017, del Director de Calidad e Industrias Alimentarias, por la que se emite
decisión favorable a la solicitud de protección e inscripción de la Denominación de
Origen Protegida «Euskal Sagardoa/Sidra del País Vasco». Asimismo, el 4 de agosto
de 2017, se publicó la Orden de 13 de julio de 2017, de la Consejera de Desarrollo
Económico e Infraestructuras, por la que se aprueba la Denominación de Origen
Protegida «Euskal Sagardoa/Sidra Natural del País Vasco» y se concede la protección
nacional transitoria, procediendo de igual manera en el BOE en fecha 14 de agosto
de 2017, siendo oportunamente remitido el expediente a la Comisión Europea por parte
del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

No es hasta el 9 de febrero de 2023 hasta que, tras un largo periodo de
negociaciones bilaterales entre la Comisión Europea y la Administración General de la
Comunidad Autónoma del País Vasco, atendiendo esta última a los requerimientos de
subsanación de ciertos elementos del Pliego de Condiciones Técnicas de
la DOP presentado, se publica, finalmente, en el «Diario Oficial de la Unión Europea»
(DOUE) la solicitud de inscripción. Esta publicación se realiza con arreglo al artículo 50.2
del Reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de
noviembre de 2012 sobre regímenes de calidad de los productos agrícolas y
alimenticios, abriendo, con dicha publicación, el preceptivo periodo de notificaciones de
oposición a nivel comunitario y terceros países.

cve: BOE-A-2024-20579
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.