I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20401)
Real Decreto 916/2024, de 17 de septiembre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Edificación y Obra Civil; Electricidad y Electrónica; Energía y Agua; Fabricación Mecánica; Hostelería y Turismo; Industrias Extractivas; e Instalación y Mantenimiento, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 244

Miércoles 9 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 126201

Explotación del parque eólico contractual y administrativamente gestionada. Desarrollo de
planes de seguridad, colaborados.
Información utilizada o generada:
Proyectos, planos de conjunto y despiece. Planos isométricos. Esquemas y diagramas
de principio. Listado de piezas y componentes. Programas de montaje y mantenimiento.
Partes de trabajo. Especificaciones técnicas. Catálogos. Manuales de servicio y utilización.
Instrucciones de montaje y funcionamiento. Historiales de instalaciones. Manuales
de mantenimiento. Contratos de servicios y seguros. Bases de datos. Aplicaciones
informáticas específicas. Normas internas de trabajo. Normativa aplicable en materia de
alta y baja tensión, de prevención de riesgos laborales y de protección medioambiental,
entre otras. Partes de accidentes, registros de información y formación, comunicaciones
de riesgos controlados.

UNIDAD DE COMPETENCIA 3: GESTIONAR EL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES
DE ENERGÍA EÓLICA
Nivel: 3
Código: UC0617_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Controlar los elementos clave del funcionamiento de la planta, los procedimientos de
mantenimiento de la instalación eólica y sus elementos periféricos para seguir la operativa
real de la instalación, tanto en condiciones normales como en emergencia.
CR1.1 La tasa de fallos de las maquinas por componentes principales (multiplicadora,
palas, generadores, entre otros), así como la duración de las paradas por los mismos
se analiza en base a datos históricos de aerogeneradores y parques eólicos similares
para minimizarlos.

CR1.3 La fuente generadora de fallos se localiza según un proceso de causa – efecto,
comprobando, analizando y listando (árbol de fallos) las variables (continuidad de
los conductores, estado de las conexiones, aislamiento entre sí de circuitos y entre
masas metálicas, estado de los distintos sensores, detectores y aparellaje eléctrico,
sintomatología presentada por los circuitos, datos suministrados por programas de
auto diagnosis, entre otros) para establecer los programas de mantenimiento y los
planes de detección de emergencias.
CR1.4 El tipo de avería (físico y/o lógico) y el bloque funcional o módulo donde
están (detectores, transmisores, elementos de control, actuadores, entre otros), se
localiza, utilizando el plan de actuación elaborado para diagnosticar fallos en los
sistemas automáticos y de comunicación.
CR1.5 La información necesaria (histórico, árbol de fallos, AMFEC, causa-efecto) se
incluye en el informe técnico relativo al diagnóstico del fallo y/o avería para identificar

cve: BOE-A-2024-20401
Verificable en https://www.boe.es

CR1.2 Los elementos críticos de los equipos e instalación en base a los fallos que
implican riesgo de parada se consideran en la elaboración de los programas de
mantenimiento, para definir los puntos de atención preferentes en las modalidades
de mantenimiento.