I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20401)
Real Decreto 916/2024, de 17 de septiembre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Edificación y Obra Civil; Electricidad y Electrónica; Energía y Agua; Fabricación Mecánica; Hostelería y Turismo; Industrias Extractivas; e Instalación y Mantenimiento, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 9 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 126181
aplicando las normas de seguridad e higiene para que la toxicidad y contaminación
medioambiental queden evitadas.
CR1.2 Los productos utilizados en la limpieza y puesta a punto se utilizan, teniendo
en cuenta instrucciones de seguridad, uso y manipulación para que la toxicidad y
contaminación medioambiental queden controladas.
CR1.3 Los equipos, herramientas e instrumentos se manipulan según instrucciones
de mantenimiento, comunicando anomalías para que el uso y vida de los mismos
queden prolongados.
CR1.4 Las mercancías solicitadas se recepcionan, atendiendo en su caso a carga
de peso y uso de los Equipos de Protección Individual (EPI) y comprobando que
cumplen, entre otras con:
– Coincidencia entre vale de pedido y albarán.
– Unidades y pesos solicitados.
– Estado y calidad determinados.
– Vigencia de su fecha de caducidad.
– Categorías comerciales y etiquetado de alimentos y bebidas.
– Estado de embalaje y posterior reciclaje.
– Temperatura de conservación durante el transporte, entre otras.
CR1.5 Las mercancías recibidas se almacenan en función de su naturaleza,
teniendo en cuenta almacenaje FIFO/PEPS (primero en entrar/primero en salir) y
las indicaciones del fabricante para su conservación, para que su integridad quede
garantizada.
CR1.6 Las fichas de almacén se formalizan, cumplimentándolas para que la
información de estocaje establecido y de control de consumos queden recogidos.
CR1.7 Las disfunciones y anomalías generadas durante el proceso de recepción y
almacenamiento se solventan en el marco de su responsabilidad, informando para
que el plazo de tiempo, costes y perjuicios queden minimizados.
RP2: Efectuar el aprovisionamiento interno de géneros, equipos, herramientas e
instrumentos para su utilización posterior en la preparación y presentación de bebidas y
de comidas rápidas, teniendo en cuenta normativa aplicable de manipulación de alimentos
para que el proceso quede completado, según las necesidades del servicio.
CR2.1 Los vales de pedido interno se formalizan, cumplimentándolos según
instrucciones para que el para que el aprovisionamiento interno quede recogido.
CR2.2 El aprovisionamiento interno de materias primas y acopio de utensilios se
ejecuta, llevando a cada partida lo solicitado en el plan de trabajo establecido, con el
fin de que las demandas diarias y necesidades de servicio queden atendidas.
CR2.3 Los géneros previstos para la preparación y presentación de bebidas como
infusiones, cafés, cervezas, cócteles, combinados, refrescos, zumos, aguas y batidos
y de comidas rápidas como aperitivos, tapas, pinchos, bocadillos, sándwiches,
cve: BOE-A-2024-20401
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 244
Miércoles 9 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 126181
aplicando las normas de seguridad e higiene para que la toxicidad y contaminación
medioambiental queden evitadas.
CR1.2 Los productos utilizados en la limpieza y puesta a punto se utilizan, teniendo
en cuenta instrucciones de seguridad, uso y manipulación para que la toxicidad y
contaminación medioambiental queden controladas.
CR1.3 Los equipos, herramientas e instrumentos se manipulan según instrucciones
de mantenimiento, comunicando anomalías para que el uso y vida de los mismos
queden prolongados.
CR1.4 Las mercancías solicitadas se recepcionan, atendiendo en su caso a carga
de peso y uso de los Equipos de Protección Individual (EPI) y comprobando que
cumplen, entre otras con:
– Coincidencia entre vale de pedido y albarán.
– Unidades y pesos solicitados.
– Estado y calidad determinados.
– Vigencia de su fecha de caducidad.
– Categorías comerciales y etiquetado de alimentos y bebidas.
– Estado de embalaje y posterior reciclaje.
– Temperatura de conservación durante el transporte, entre otras.
CR1.5 Las mercancías recibidas se almacenan en función de su naturaleza,
teniendo en cuenta almacenaje FIFO/PEPS (primero en entrar/primero en salir) y
las indicaciones del fabricante para su conservación, para que su integridad quede
garantizada.
CR1.6 Las fichas de almacén se formalizan, cumplimentándolas para que la
información de estocaje establecido y de control de consumos queden recogidos.
CR1.7 Las disfunciones y anomalías generadas durante el proceso de recepción y
almacenamiento se solventan en el marco de su responsabilidad, informando para
que el plazo de tiempo, costes y perjuicios queden minimizados.
RP2: Efectuar el aprovisionamiento interno de géneros, equipos, herramientas e
instrumentos para su utilización posterior en la preparación y presentación de bebidas y
de comidas rápidas, teniendo en cuenta normativa aplicable de manipulación de alimentos
para que el proceso quede completado, según las necesidades del servicio.
CR2.1 Los vales de pedido interno se formalizan, cumplimentándolos según
instrucciones para que el para que el aprovisionamiento interno quede recogido.
CR2.2 El aprovisionamiento interno de materias primas y acopio de utensilios se
ejecuta, llevando a cada partida lo solicitado en el plan de trabajo establecido, con el
fin de que las demandas diarias y necesidades de servicio queden atendidas.
CR2.3 Los géneros previstos para la preparación y presentación de bebidas como
infusiones, cafés, cervezas, cócteles, combinados, refrescos, zumos, aguas y batidos
y de comidas rápidas como aperitivos, tapas, pinchos, bocadillos, sándwiches,
cve: BOE-A-2024-20401
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