III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-20380)
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Fundación Síndrome de Down de Madrid, para la realización de prácticas formativas por parte de alumnos en itinerarios individuales de inserción laboral.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243

Martes 8 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 126011

Dicha Comisión Mixta estará formada por dos representantes del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, pertenecientes a la Subsecretaría, y por dos
representantes designados para tal fin por la Fundación Síndrome de Down de Madrid.
Corresponde a la Comisión de Seguimiento del convenio, mediante acuerdo de
ambas partes, establecer los detalles relativos a la ejecución del contenido del convenio,
como el número de alumnos y alumnas que participarán en las prácticas a las que se
refiere el presente convenio, así como el calendario y la duración de las mismas.
Los acuerdos concertados en el seno de esta Comisión de Seguimiento no podrán
afectar al contenido mínimo y esencial del convenio, ni acordar su modificación.
Cuarta. Responsables de la formación en prácticas.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Fundación Síndrome de Down
de Madrid designarán, respectivamente, una persona responsable y una persona que
desempeñe tareas de tutoría académica para el seguimiento concertado del desarrollo
de las prácticas y la provisión de lo necesario para que resulten satisfactorias y exitosas.
Asimismo, si se considerase necesaria su presencia, existirá una persona que, como
preparadora laboral, acompañará al alumno/a en su formación, correspondiendo a la
Fundación Síndrome de Down de Madrid su designación.
Quinta. Selección del alumnado.
La selección de los alumnos y las alumnas que realizarán las prácticas formativas a
las que se refiere este convenio se realizará de común acuerdo entre el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación y a la Fundación Síndrome de Down de Madrid.
Sexta. Programación de las prácticas.
Corresponde de manera conjunta al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y
a la Fundación Síndrome de Down de Madrid preparar la programación de las prácticas
formativas a realizar por el alumnado seleccionado.
Séptima. Certificación de las prácticas.
Finalizado el periodo de prácticas, la persona responsable del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación informará al tutor/a académico de cuantos elementos
de juicio estime oportunos para la valoración final de las prácticas realizadas. Entre estos
elementos se encontrará necesariamente el relativo a la asistencia del alumno/a.
El/la alumno/a recibirá un Certificado de Prácticas, firmado por las personas
responsables de la tutoría académica y del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación a los que hace referencia la cláusula cuarta, donde figurarán las
actividades desarrolladas.
Relación formativa.

El alumnado en ningún momento estará vinculado laboralmente con el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación durante la realización de las prácticas.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación no adquiere frente al alumnado
destinatario de las prácticas ninguna obligación contractual.
Asimismo, la persona preparadora laboral no tendrá, durante la realización de las
prácticas, ningún vínculo laboral con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ni
se integrará en la estructura organizativa del mismo.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Fundación Síndrome de Down
colaborarán en las actuaciones que procedan en materia de Prevención de Riesgos
Laborales.

cve: BOE-A-2024-20380
Verificable en https://www.boe.es

Octava.