III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-20375)
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A., y la Universidad de Salamanca, para su adscripción a la universidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 8 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 125985

Centros y Títulos (RUCT), tal y como establecen los artículos 7.3 y 8.3 de la Ley
Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario:
a) Grado en Estudios Policiales.
b) Máster Universitario en Seguridad y Función Policial.
c) Máster Universitario en Derechos Humanos e Igualdad en el ámbito de la
función policial.
d) Máster Universitario en Ciberdelincuencia en el ámbito de la función
policial.
2. Asimismo, a través del Centro de Formación Permanente de la USAL, en
el Centro Universitario se impartirán, en relación directa con sus enseñanzas
oficiales, un mínimo de cuatro enseñanzas propias universitarias, con cargo al
importe que se satisfaga por la matrícula de dichas enseñanzas.
3. Se podrán impartir otras titulaciones oficiales y enseñanzas propias
mediante la formalización de la correspondiente adenda modificativa del convenio.
4. Anualmente se podrá planificar la incorporación a los estudios
correspondientes de la USAL de un número determinado de personal funcionario
de carrera de la Policía Nacional en situación administrativa de servicio activo,
servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, excedencia voluntaria
por agrupación familiar o excedencia por razón de violencia de género, que cuente
con titulación universitaria oficial de diplomatura, ingeniería técnica o arquitectura
técnica, o con los tres primeros cursos de carrera completos de los planes de
estudio de licenciatura, ingeniería o arquitectura, y que puedan estar
interesados/as en la obtención de un título universitario oficial de grado. Para
llevar a efecto dicha incorporación, se definirán los procedimientos y se evaluarán
las diferentes opciones y posibilidades de conformidad con la normativa vigente.
5. El Centro Universitario podrá impartir otra formación que se determine de
interés para la Policía Nacional, incluyendo títulos de enseñanzas propias.
6. El Centro Universitario desarrollará líneas de investigación consideradas
de interés en el ámbito de la Policía Nacional y definirá anualmente la planificación
del desarrollo de la actividad de investigación de su personal docente e
investigador, que contemplará la colaboración con el ámbito universitario y
empresarial al objeto de obtener conocimientos o desarrollos técnicos que sean de
utilidad para el servicio que la Policía Nacional presta a la sociedad.»
Siete. Se da una nueva redacción al párrafo primero de la cláusula duodécima del
convenio, que queda redactada como sigue:
«El Centro Universitario impartirá las enseñanzas correspondientes a las
titulaciones de Grado y Máster Universitario referidas en la cláusula undécima en
las instalaciones de la Escuela Nacional de Policía, sita en la localidad de Ávila,
sin perjuicio de que, en caso necesario, puedan utilizarse cualquiera de las
instalaciones pertenecientes a la Dirección General de la Policía.»
Ocho. Se da una nueva redacción a la cláusula decimotercera del convenio, que
queda redactada como sigue:
«Será de aplicación al Centro Universitario y a las enseñanzas universitarias
incluidas en la cláusula undécima el sistema de garantía de calidad de la USAL
pertinente, con las adaptaciones oportunas que, en su caso, deban llevarse a
cabo. A tal efecto, el Centro Universitario planificará el desarrollo y puesta en
funcionamiento de un sistema interno de garantía de calidad y la obtención de su
certificación por la correspondiente agencia de calidad. El plazo máximo para la
puesta en funcionamiento de dicho sistema será de cinco años a contar desde el
día siguiente al de la eficacia del presente convenio e integrará los sistemas ya
existentes en los centros docentes de la Policía Nacional.»

cve: BOE-A-2024-20375
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Núm. 243