I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20292)
Real Decreto 915/2024, de 17 de septiembre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; Agraria; y Comercio y Marketing, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 8 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 124138
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Obtener información y documentación que afecte a la clientela o usuarios,
asegurando su fiabilidad y veracidad, para garantizar el cumplimiento de los objetivos de
la organización.
CR1.1 La información y documentación se obtiene, identificando las fuentes,
públicas y privadas: boletines oficiales, investigaciones y estudios, libros y revistas
especializadas, bases de datos de la empresa, administración pública y asociaciones
de consumidores, estadísticas de consultas y reclamaciones de la empresa,
asociaciones de consumidores, medios de comunicación en general, e Internet,
entre otras.
CR1.2 La información y documentación se clasifica, asegurando que se disponga
de un archivo documental de temas relacionados con el consumo y los mecanismos
extrajudiciales de resolución de conflictos, respetando la normativa en materia de
protección de datos de carácter personal.
CR1.3 Las fuentes de información y documentación se seleccionan, comprobando
que sean veraces y compatibles con el presupuesto de la organización.
CR1.4 Las técnicas de recogida de información y documentación se escogen,
comprobando que las mismas son fiables y están actualizadas.
CR1.5 Las situaciones de alerta en la selección de información se detectan,
comunicándolas a los departamentos de la empresa y a las autoridades legales en
materia de seguridad.
CR1.6 La orientación en los procedimientos de consulta, queja o reclamación de
consumidores ancianos o con discapacidad: visual, auditiva, intelectual, entre otras,
se realiza, asesorando sobre los procedimientos, aplicando protocolos comunicativos:
vocalización, contacto visual, repetición de mensajes, contacto físico, gestualización,
entre otros.
RP2: Procesar información procedente de fuentes internas y externas a la organización,
aplicando métodos analógicos o digitales, para obtener datos que ayuden a mejorar la
calidad del servicio, generando documentación en materia de consumo.
CR2.1 La información y la documentación en materia de consumo se cataloga,
aplicando técnicas que permiten su localización, siguiendo los criterios de la
organización.
CR2.2 La información y documentación en materia de consumo se archiva,
aplicando técnicas analógicas, digitales o el programa informático de organización
y gestión integral de relaciones con la clientela CRM - Customer Relationship
Management.
CR2.3 Las demandas de información y documentación en materia de consumo de
la clientela se catalogan, clasificando por tipo de demanda y sector, asegurando su
acceso y consulta.
cve: BOE-A-2024-20292
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 243
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asegurando su fiabilidad y veracidad, para garantizar el cumplimiento de los objetivos de
la organización.
CR1.1 La información y documentación se obtiene, identificando las fuentes,
públicas y privadas: boletines oficiales, investigaciones y estudios, libros y revistas
especializadas, bases de datos de la empresa, administración pública y asociaciones
de consumidores, estadísticas de consultas y reclamaciones de la empresa,
asociaciones de consumidores, medios de comunicación en general, e Internet,
entre otras.
CR1.2 La información y documentación se clasifica, asegurando que se disponga
de un archivo documental de temas relacionados con el consumo y los mecanismos
extrajudiciales de resolución de conflictos, respetando la normativa en materia de
protección de datos de carácter personal.
CR1.3 Las fuentes de información y documentación se seleccionan, comprobando
que sean veraces y compatibles con el presupuesto de la organización.
CR1.4 Las técnicas de recogida de información y documentación se escogen,
comprobando que las mismas son fiables y están actualizadas.
CR1.5 Las situaciones de alerta en la selección de información se detectan,
comunicándolas a los departamentos de la empresa y a las autoridades legales en
materia de seguridad.
CR1.6 La orientación en los procedimientos de consulta, queja o reclamación de
consumidores ancianos o con discapacidad: visual, auditiva, intelectual, entre otras,
se realiza, asesorando sobre los procedimientos, aplicando protocolos comunicativos:
vocalización, contacto visual, repetición de mensajes, contacto físico, gestualización,
entre otros.
RP2: Procesar información procedente de fuentes internas y externas a la organización,
aplicando métodos analógicos o digitales, para obtener datos que ayuden a mejorar la
calidad del servicio, generando documentación en materia de consumo.
CR2.1 La información y la documentación en materia de consumo se cataloga,
aplicando técnicas que permiten su localización, siguiendo los criterios de la
organización.
CR2.2 La información y documentación en materia de consumo se archiva,
aplicando técnicas analógicas, digitales o el programa informático de organización
y gestión integral de relaciones con la clientela CRM - Customer Relationship
Management.
CR2.3 Las demandas de información y documentación en materia de consumo de
la clientela se catalogan, clasificando por tipo de demanda y sector, asegurando su
acceso y consulta.
cve: BOE-A-2024-20292
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 243