II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-20205)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 123494
Comunidad de Madrid, estarán exentos del pago de la tasa, debiéndose remitir en
formato electrónico la correspondiente acreditación:
–
–
–
–
Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.
Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
Las víctimas de violencia de género.
Las familias numerosas, en los siguientes términos:
a) 100 % de exención a los miembros de familias de categoría especial.
b) 50 % de exención a los miembros de familias de categoría general.
Al efecto de la presentación de la instancia, los aspirantes podrán consultar las
normas de presentación de documentación ante el Registro General de la Universidad
de Alcalá, en el siguiente enlace: https://www.uah.es/export/sites/uah/es/conoce-la-uah/
organizacion-y-gobierno/.galleries/galeria-de-descargas-de-servicios-adminstrativos/
Registro-Web.pdf.
El anexo II de esta convocatoria (instancia), podrá obtenerse también en la siguiente
dirección de la página web de la Universidad de Alcalá: https://www.uah.es/es/empleopublico/PDI/impresos/
Cuarta.
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de
quince días hábiles, la Universidad hará públicas la lista provisional de aspirantes
admitidos y excluidos en la siguiente dirección de Internet: https://www.uah.es/es/
empleo-publico/PDI/convocatoria/. (Personal Docente e Investigador -PDI-).
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles para subsanar
el motivo de exclusión o, en su caso, para formular reclamación.
4.2 Finalizado el plazo anterior, la Universidad hará pública por los mismos medios
antes indicados la resolución declarando aprobada la lista definitiva de candidatos/as
admitidos/as y excluidos/as. Contra esta resolución, las personas aspirantes podrán
interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, o contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde el día siguiente
a su publicación.
La composición de la comisión es la que figura en el anexo III de esta convocatoria.
En lo relativo a la constitución, sustituciones y funcionamiento de la misma se estará
a lo previsto en el artículo 6 de la Normativa reguladora de los concursos de acceso a
plazas de los cuerpos docentes universitarios aprobada por el Consejo de Gobierno de la
Universidad de Alcalá en fecha 25 de abril de 2024 y, en lo que aplique, en el artículo 113
de los Estatutos de esta Universidad.
La Comisión deberá constituirse dentro de los dos meses siguientes a la fecha de
publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as. Para ello, el/la
Presidente/a de la Comisión, realizadas las consultas pertinentes con los restantes
miembros, convocará a los/las vocales titulares y, en su caso, suplentes, para proceder a
los actos de constitución de la misma, fijando día, hora y lugar, que les deberá ser
notificado con una antelación mínima de diez días hábiles. Dicha constitución será,
preferentemente, por medios electrónicos con las herramientas telemáticas soportadas
por la Universidad de Alcalá.
La constitución de la comisión exigirá la presencia de la totalidad de sus miembros
titulares. Si alguno no concurriera al acto, cesará y será sustituido por una de las
personas designadas como suplente.
Para que la Comisión pueda actuar válidamente será necesaria la presencia de la
persona que ocupe la presidencia, de la persona que ocupe la secretaría y de, al menos,
la mitad más una de las personas designadas como vocales.
cve: BOE-A-2024-20205
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 123494
Comunidad de Madrid, estarán exentos del pago de la tasa, debiéndose remitir en
formato electrónico la correspondiente acreditación:
–
–
–
–
Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.
Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
Las víctimas de violencia de género.
Las familias numerosas, en los siguientes términos:
a) 100 % de exención a los miembros de familias de categoría especial.
b) 50 % de exención a los miembros de familias de categoría general.
Al efecto de la presentación de la instancia, los aspirantes podrán consultar las
normas de presentación de documentación ante el Registro General de la Universidad
de Alcalá, en el siguiente enlace: https://www.uah.es/export/sites/uah/es/conoce-la-uah/
organizacion-y-gobierno/.galleries/galeria-de-descargas-de-servicios-adminstrativos/
Registro-Web.pdf.
El anexo II de esta convocatoria (instancia), podrá obtenerse también en la siguiente
dirección de la página web de la Universidad de Alcalá: https://www.uah.es/es/empleopublico/PDI/impresos/
Cuarta.
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de
quince días hábiles, la Universidad hará públicas la lista provisional de aspirantes
admitidos y excluidos en la siguiente dirección de Internet: https://www.uah.es/es/
empleo-publico/PDI/convocatoria/. (Personal Docente e Investigador -PDI-).
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles para subsanar
el motivo de exclusión o, en su caso, para formular reclamación.
4.2 Finalizado el plazo anterior, la Universidad hará pública por los mismos medios
antes indicados la resolución declarando aprobada la lista definitiva de candidatos/as
admitidos/as y excluidos/as. Contra esta resolución, las personas aspirantes podrán
interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, o contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde el día siguiente
a su publicación.
La composición de la comisión es la que figura en el anexo III de esta convocatoria.
En lo relativo a la constitución, sustituciones y funcionamiento de la misma se estará
a lo previsto en el artículo 6 de la Normativa reguladora de los concursos de acceso a
plazas de los cuerpos docentes universitarios aprobada por el Consejo de Gobierno de la
Universidad de Alcalá en fecha 25 de abril de 2024 y, en lo que aplique, en el artículo 113
de los Estatutos de esta Universidad.
La Comisión deberá constituirse dentro de los dos meses siguientes a la fecha de
publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as. Para ello, el/la
Presidente/a de la Comisión, realizadas las consultas pertinentes con los restantes
miembros, convocará a los/las vocales titulares y, en su caso, suplentes, para proceder a
los actos de constitución de la misma, fijando día, hora y lugar, que les deberá ser
notificado con una antelación mínima de diez días hábiles. Dicha constitución será,
preferentemente, por medios electrónicos con las herramientas telemáticas soportadas
por la Universidad de Alcalá.
La constitución de la comisión exigirá la presencia de la totalidad de sus miembros
titulares. Si alguno no concurriera al acto, cesará y será sustituido por una de las
personas designadas como suplente.
Para que la Comisión pueda actuar válidamente será necesaria la presencia de la
persona que ocupe la presidencia, de la persona que ocupe la secretaría y de, al menos,
la mitad más una de las personas designadas como vocales.
cve: BOE-A-2024-20205
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.