I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Organización. (BOE-A-2024-20160)
Orden ECM/1066/2024, de 3 de octubre, por la que se crea el órgano colegiado que ejercerá de Consejo de Inversión de los instrumentos financieros del Fondo de Resiliencia Autonómica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 123293
en el acuerdo de Instrumento correspondiente, la implementación del Instrumento de
acuerdo con su Estrategia de Inversión.
Artículo 2. Adscripción.
El órgano colegiado que se crea mediante la presente orden se adscribe al Ministerio
de Economía, Comercio y Empresa a través de la Secretaría de Estado de Economía y
Apoyo a la Empresa.
Artículo 3.
Formarán parte del órgano colegiado hasta veintitrés miembros:
a) Dos en representación del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa,
designados por el Ministro de Economía, Comercio y Empresa. Uno de ellos
perteneciente a la Dirección General de Financiación Internacional, quien tendrá rango
de Director General, y será quien presida el órgano colegiado y otro en representación
de la Subdirección General de Fondos Europeos.
b) Uno en representación de la Oficina de Asuntos Económicos y G-20.
c) Uno en representación de la Federación Española de Municipios y Provincias
(FEMP).
d) Uno en representación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, designado
por el órgano competente.
e) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de Cataluña, designado por
el órgano competente.
f) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de Galicia, designado por el
órgano competente.
g) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, designado por
el órgano competente.
h) Uno en representación de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias,
designado por el órgano competente.
i) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de Cantabria, designado por
el órgano competente.
j) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de La Rioja, designado por el
órgano competente.
k) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,
designado por el órgano competente.
l) Uno en representación de la Comunidad Valenciana, designado por el órgano
competente.
m) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de Aragón, designado por el
órgano competente.
n) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha,
designado por el órgano competente.
ñ) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de Canarias, designado por
el órgano competente.
o) Uno en representación de la Comunidad Foral de Navarra, designado por el
órgano competente.
p) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, designado
por el órgano competente.
q) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears,
designado por el órgano competente.
r) Uno en representación de la Comunidad de Madrid, designado por el órgano
competente.
s) Uno en representación de la Comunidad de Castilla y León, designado por el
órgano competente.
cve: BOE-A-2024-20160
Verificable en https://www.boe.es
1.
Composición y funcionamiento.
Núm. 242
Lunes 7 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 123293
en el acuerdo de Instrumento correspondiente, la implementación del Instrumento de
acuerdo con su Estrategia de Inversión.
Artículo 2. Adscripción.
El órgano colegiado que se crea mediante la presente orden se adscribe al Ministerio
de Economía, Comercio y Empresa a través de la Secretaría de Estado de Economía y
Apoyo a la Empresa.
Artículo 3.
Formarán parte del órgano colegiado hasta veintitrés miembros:
a) Dos en representación del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa,
designados por el Ministro de Economía, Comercio y Empresa. Uno de ellos
perteneciente a la Dirección General de Financiación Internacional, quien tendrá rango
de Director General, y será quien presida el órgano colegiado y otro en representación
de la Subdirección General de Fondos Europeos.
b) Uno en representación de la Oficina de Asuntos Económicos y G-20.
c) Uno en representación de la Federación Española de Municipios y Provincias
(FEMP).
d) Uno en representación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, designado
por el órgano competente.
e) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de Cataluña, designado por
el órgano competente.
f) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de Galicia, designado por el
órgano competente.
g) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, designado por
el órgano competente.
h) Uno en representación de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias,
designado por el órgano competente.
i) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de Cantabria, designado por
el órgano competente.
j) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de La Rioja, designado por el
órgano competente.
k) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,
designado por el órgano competente.
l) Uno en representación de la Comunidad Valenciana, designado por el órgano
competente.
m) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de Aragón, designado por el
órgano competente.
n) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha,
designado por el órgano competente.
ñ) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de Canarias, designado por
el órgano competente.
o) Uno en representación de la Comunidad Foral de Navarra, designado por el
órgano competente.
p) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, designado
por el órgano competente.
q) Uno en representación de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears,
designado por el órgano competente.
r) Uno en representación de la Comunidad de Madrid, designado por el órgano
competente.
s) Uno en representación de la Comunidad de Castilla y León, designado por el
órgano competente.
cve: BOE-A-2024-20160
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1.
Composición y funcionamiento.