III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-20071)
Resolución 420/38390/2024, de 25 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la regulación del régimen jurídico de la adscripción del Colegio Mayor Universitario Barberán y Collar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 122916
4. Fomentar la participación y la corresponsabilidad de los colegiales en el
funcionamiento del Colegio Mayor.
Cuarta. Compromisos de ambas partes.
1. El Colegio Mayor Universitario Barberán y Collar manifiesta que conoce y acepta
los estatutos de la UCM, su Reglamento de Centros y Estructuras y demás normas
referidas a colegios mayores adscritos que pudieran resultar de aplicación,
comprometiéndose a dar exacto cumplimiento de todas ellas.
2. El Colegio Mayor Universitario Barberán y Collar contribuirá al cumplimiento de
los fines que le son propios asumiendo, entre otros, los siguientes compromisos:
a) Ofrecer alojamiento a los estudiantes universitarios y otros miembros de la
comunidad universitaria.
b) Organizar actividades culturales, académicas y deportivas que favorezcan la
formación integral de los colegiales.
c) Promover y favorecer la relación con antiguos colegiales.
d) Garantizar, en el ámbito de sus competencias, la integración en su comunidad de
los residentes con discapacidad, favoreciendo la igualdad, y no discriminación de todos
sus miembros.
e) Dotarse del personal y material necesario para prestar sus servicios y cumplir
con sus fines de manera óptima.
3. El Colegio Mayor coordinará sus actividades formativas, culturales y deportivas
con las recomendaciones que haga la UCM.
4. La UCM fomentará tales actividades y les dará el reconocimiento que en cada
caso proceda.
5. En la medida de sus posibilidades el Colegio Mayor colaborará, a petición de la UCM,
en las actividades culturales, académicas y deportivas que la propia Universidad promueva.
6. Cada año el Colegio Mayor presentará una memoria de las actividades
culturales, formativas y deportivas que haya organizado al vicerrectorado competente en
materia de colegios mayores.
Sobre la admisión en el Colegio Mayor.
El Colegio Mayor Universitario Barberán y Collar se regirá, en cuanto a su proceso
de admisión y adjudicación de plazas, por las normas de selección que formule, a través
de la Subdirección de Asistencia al Personal de la Dirección de Personal, el general jefe
del Mando de Personal del Ejército del Aire y del Espacio (GJMAPER).
En aquellas, se tendrá en cuenta lo dispuesto en las normas de admisión de solicitudes y
adjudicación de plazas en los colegios mayores, propios y adscritos, de la UCM (aprobadas
por el Consejo de Gobierno en la sesión del 22 de febrero de 2005 y modificadas por acuerdo
del Consejo de Gobierno de 6 de mayo de 2014), donde se establece preferencia en la
adjudicación de plazas, entre otros, a los estudiantes de mejor expediente académico y los
menos dotados económicamente, así como a los solicitantes que vayan a cursar sus estudios
en la UCM.
La convocatoria de la totalidad de las plazas se hará en el mes de mayo de cada
año, dirigiéndose las solicitudes al GJMAPER, o persona en quien delegue. Una vez
practicada la selección de los aspirantes, la relación definitiva de admitidos será
aprobada por dicha Autoridad, y publicada en el «Boletín Oficial de Defensa».
Sexta. La Dirección del Colegio Mayor y otros órganos de gobierno y representación.
1. El/la Director/a del Colegio Mayor será nombrado por el rector a propuesta del
GJMAPER, oído el Consejo de Gobierno.
cve: BOE-A-2024-20071
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 240
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 122916
4. Fomentar la participación y la corresponsabilidad de los colegiales en el
funcionamiento del Colegio Mayor.
Cuarta. Compromisos de ambas partes.
1. El Colegio Mayor Universitario Barberán y Collar manifiesta que conoce y acepta
los estatutos de la UCM, su Reglamento de Centros y Estructuras y demás normas
referidas a colegios mayores adscritos que pudieran resultar de aplicación,
comprometiéndose a dar exacto cumplimiento de todas ellas.
2. El Colegio Mayor Universitario Barberán y Collar contribuirá al cumplimiento de
los fines que le son propios asumiendo, entre otros, los siguientes compromisos:
a) Ofrecer alojamiento a los estudiantes universitarios y otros miembros de la
comunidad universitaria.
b) Organizar actividades culturales, académicas y deportivas que favorezcan la
formación integral de los colegiales.
c) Promover y favorecer la relación con antiguos colegiales.
d) Garantizar, en el ámbito de sus competencias, la integración en su comunidad de
los residentes con discapacidad, favoreciendo la igualdad, y no discriminación de todos
sus miembros.
e) Dotarse del personal y material necesario para prestar sus servicios y cumplir
con sus fines de manera óptima.
3. El Colegio Mayor coordinará sus actividades formativas, culturales y deportivas
con las recomendaciones que haga la UCM.
4. La UCM fomentará tales actividades y les dará el reconocimiento que en cada
caso proceda.
5. En la medida de sus posibilidades el Colegio Mayor colaborará, a petición de la UCM,
en las actividades culturales, académicas y deportivas que la propia Universidad promueva.
6. Cada año el Colegio Mayor presentará una memoria de las actividades
culturales, formativas y deportivas que haya organizado al vicerrectorado competente en
materia de colegios mayores.
Sobre la admisión en el Colegio Mayor.
El Colegio Mayor Universitario Barberán y Collar se regirá, en cuanto a su proceso
de admisión y adjudicación de plazas, por las normas de selección que formule, a través
de la Subdirección de Asistencia al Personal de la Dirección de Personal, el general jefe
del Mando de Personal del Ejército del Aire y del Espacio (GJMAPER).
En aquellas, se tendrá en cuenta lo dispuesto en las normas de admisión de solicitudes y
adjudicación de plazas en los colegios mayores, propios y adscritos, de la UCM (aprobadas
por el Consejo de Gobierno en la sesión del 22 de febrero de 2005 y modificadas por acuerdo
del Consejo de Gobierno de 6 de mayo de 2014), donde se establece preferencia en la
adjudicación de plazas, entre otros, a los estudiantes de mejor expediente académico y los
menos dotados económicamente, así como a los solicitantes que vayan a cursar sus estudios
en la UCM.
La convocatoria de la totalidad de las plazas se hará en el mes de mayo de cada
año, dirigiéndose las solicitudes al GJMAPER, o persona en quien delegue. Una vez
practicada la selección de los aspirantes, la relación definitiva de admitidos será
aprobada por dicha Autoridad, y publicada en el «Boletín Oficial de Defensa».
Sexta. La Dirección del Colegio Mayor y otros órganos de gobierno y representación.
1. El/la Director/a del Colegio Mayor será nombrado por el rector a propuesta del
GJMAPER, oído el Consejo de Gobierno.
cve: BOE-A-2024-20071
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.