II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-20056)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Universidad de Barcelona, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 122823
2.3 Todos los requisitos de participación, en los términos expuestos en cada caso,
deberán reunirse en la fecha que termine la presentación de solicitudes y mantenerse
hasta la fecha de formalización del nombramiento y durante la vigencia de este.
Los méritos alegados se tendrán en cuenta siempre en relación con el último día de
presentación de solicitudes.
3.
Solicitudes
3.1 La solicitud para participar en los concursos de acceso deberá formalizarse en
el modelo de impreso que está disponible en la sede electrónica de la UB y, una vez
firmada, deberá presentarse dirigida al rector y acompañada de la documentación
requerida en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha
en que se publique la convocatoria en el BOE.
El hecho de presentar la solicitud supondrá la aceptación incondicional de estas
bases.
3.2 La solicitud se presentará por uno de los procedimientos siguientes, siempre en
el plazo indicado:
a) En cualquiera de las oficinas de registro general de la UB.
b) Electrónicamente, mediante instancia genérica. Hay que tener en cuenta que
esta vía tiene una limitación en el peso de los documentos que se pueden adjuntar. En
caso de que no se puedan adjuntar todos los documentos, deberán remitirse mediante
las oficinas de Correos, tal como se expone en el punto c) siguiente.
c) Por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (LPACAP). En caso de que se presente mediante las oficinas de Correos, será
necesario utilizar el procedimiento de correo certificado administrativo (también conocido
como procedimiento en sobre abierto, dado que el empleado de Correos estampa el
sello de la fecha de envío en el documento enviado).
En caso de que se presente la solicitud por uno de los medios alternativos al registro
de la Universidad, la persona aspirante deberá conservar una copia íntegra donde
consten la fecha y el sello oficial de presentación y la documentación requerida, y
enviarla por correo electrónico a la dirección personal.academic@ub.edu, dentro del
mismo plazo de presentación de solicitudes.
3.3 Dentro del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes
deberán satisfacer la tasa de 72,05 € en concepto de tasa de inscripción, de acuerdo con
lo establecido en la Orden PRE/112/2023, de 9 de mayo, relativa a las tasas de
inscripción en las convocatorias para la selección de personal, con las bonificaciones
que se prevén en esta, y deberá acreditarse que se cumplen las condiciones para
disfrutarlas.
El pago se podrá efectuar en cualquiera de las oficinas del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria o del Banco Santander, mediante el ingreso en caja, en los números de
cuenta corriente relacionados en la solicitud, o bien pagando electrónicamente con
tarjeta de crédito.
Toda la información para obtener el impreso de solicitud y para acceder al pago
electrónico está disponible en la sede electrónica y en la intranet de la Universidad de
Barcelona.
El hecho de no pagar las tasas en el plazo de presentación de solicitudes
determinará la exclusión de la candidatura. Por tanto, no se podrá formalizar el pago en
el plazo de subsanación. Para acreditar el pago se deberá adjuntar el comprobante a la
solicitud.
En ningún caso el pago sustituirá al trámite de presentación de la solicitud en forma y
plazo de acuerdo con estas bases.
Las tasas satisfechas no serán objeto de devolución en caso de exclusión de la
convocatoria por no cumplir los requisitos, ni tampoco por causa de renuncia de la
cve: BOE-A-2024-20056
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 240
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 122823
2.3 Todos los requisitos de participación, en los términos expuestos en cada caso,
deberán reunirse en la fecha que termine la presentación de solicitudes y mantenerse
hasta la fecha de formalización del nombramiento y durante la vigencia de este.
Los méritos alegados se tendrán en cuenta siempre en relación con el último día de
presentación de solicitudes.
3.
Solicitudes
3.1 La solicitud para participar en los concursos de acceso deberá formalizarse en
el modelo de impreso que está disponible en la sede electrónica de la UB y, una vez
firmada, deberá presentarse dirigida al rector y acompañada de la documentación
requerida en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha
en que se publique la convocatoria en el BOE.
El hecho de presentar la solicitud supondrá la aceptación incondicional de estas
bases.
3.2 La solicitud se presentará por uno de los procedimientos siguientes, siempre en
el plazo indicado:
a) En cualquiera de las oficinas de registro general de la UB.
b) Electrónicamente, mediante instancia genérica. Hay que tener en cuenta que
esta vía tiene una limitación en el peso de los documentos que se pueden adjuntar. En
caso de que no se puedan adjuntar todos los documentos, deberán remitirse mediante
las oficinas de Correos, tal como se expone en el punto c) siguiente.
c) Por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (LPACAP). En caso de que se presente mediante las oficinas de Correos, será
necesario utilizar el procedimiento de correo certificado administrativo (también conocido
como procedimiento en sobre abierto, dado que el empleado de Correos estampa el
sello de la fecha de envío en el documento enviado).
En caso de que se presente la solicitud por uno de los medios alternativos al registro
de la Universidad, la persona aspirante deberá conservar una copia íntegra donde
consten la fecha y el sello oficial de presentación y la documentación requerida, y
enviarla por correo electrónico a la dirección personal.academic@ub.edu, dentro del
mismo plazo de presentación de solicitudes.
3.3 Dentro del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes
deberán satisfacer la tasa de 72,05 € en concepto de tasa de inscripción, de acuerdo con
lo establecido en la Orden PRE/112/2023, de 9 de mayo, relativa a las tasas de
inscripción en las convocatorias para la selección de personal, con las bonificaciones
que se prevén en esta, y deberá acreditarse que se cumplen las condiciones para
disfrutarlas.
El pago se podrá efectuar en cualquiera de las oficinas del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria o del Banco Santander, mediante el ingreso en caja, en los números de
cuenta corriente relacionados en la solicitud, o bien pagando electrónicamente con
tarjeta de crédito.
Toda la información para obtener el impreso de solicitud y para acceder al pago
electrónico está disponible en la sede electrónica y en la intranet de la Universidad de
Barcelona.
El hecho de no pagar las tasas en el plazo de presentación de solicitudes
determinará la exclusión de la candidatura. Por tanto, no se podrá formalizar el pago en
el plazo de subsanación. Para acreditar el pago se deberá adjuntar el comprobante a la
solicitud.
En ningún caso el pago sustituirá al trámite de presentación de la solicitud en forma y
plazo de acuerdo con estas bases.
Las tasas satisfechas no serán objeto de devolución en caso de exclusión de la
convocatoria por no cumplir los requisitos, ni tampoco por causa de renuncia de la
cve: BOE-A-2024-20056
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Núm. 240