I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20000)
Real Decreto 914/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen dos cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; y Fabricación Mecánica, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de diversas familias profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 4 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 121715

Artículo 6. Actualización de una cualificación profesional de la Familia Profesional
Administración y Gestión, establecida por el Real Decreto 558/2011, de 20 de abril.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 558/2011,
de 20 de abril, se procede a la actualización de la cualificación profesional cuyas
especificaciones están contenidas en el anexo DXLIII del citado real decreto.
1. En el artículo 2 se sustituye la denominación del anexo DXLIII «Asistencia en la
gestión de los procedimientos tributarios. Nivel 3», por la siguiente:
«Gestión administrativa de los procedimientos tributarios. Nivel 3. Anexo DXLIII».
2. Se da una nueva redacción al anexo DXLIII, cualificación profesional «Asistencia
en la gestión de los procedimientos tributarios». Nivel 3. ADG543_3, que se sustituye por
la que figura en el anexo XIII de este real decreto, donde consta la cualificación profesional
«Gestión administrativa de los procedimientos tributarios». Nivel 3. ADG543_3.
Artículo 7. Modificación parcial de una cualificación de la Familia Profesional Artes y
Artesanías establecida por el Real Decreto 1036/2011, de 15 de julio.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1036/2011,
de 15 de julio, se procede a la modificación parcial de una cualificación profesional cuyas
especificaciones están contenidas en el anexo DCXXXVIII del citado real decreto.
Se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como «anexo
DCXXXVIII: Restauración de mecanismos de relojería. Nivel 3. ART638_3» sustituyendo,
respectivamente, la unidad de competencia «UC0233_2: Manejar aplicaciones ofimáticas en
la gestión de la información y la documentación» y el módulo formativo asociado «MF0233_2:
Ofimática (120 horas)», por la unidad de competencia «UC0233_2: Manejar aplicaciones
ofimáticas en la gestión de la información y la documentación» y el módulo formativo
asociado «MF0233_2: Ofimática (180 horas)», correspondientes al anexo III «Gestión
contable y de auditoría. Nivel 2. ADG082_3 de este real decreto, modificándose igualmente
la duración total de la formación asociada a la cualificación de 480 horas a 540 horas.
Artículo 8. Modificación parcial de dos cualificaciones profesionales de la Familia
Profesional Administración y Gestión establecida por el Real Decreto 1549/2011, de 31
de octubre.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1549/2011,
de 31 de octubre, se procede a la modificación parcial de dos cualificaciones profesionales
cuyas especificaciones están contenidas en los anexos DXLV, DCXLIX del citado real
decreto.
Se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como «anexo DXLV:
Mediación de seguros y reaseguros privados y actividades auxiliares. Nivel 3. ADG545_3»
sustituyendo, respectivamente, la unidad de competencia «UC0233_2: Manejar
aplicaciones ofimáticas en la gestión de la información y la documentación» y el módulo
formativo asociado «MF0233_2: Ofimática (120 horas)», por la unidad de competencia
«UC0233_2: Manejar aplicaciones ofimáticas en la gestión de la información y la
documentación» y el módulo formativo asociado «MF0233_2: Ofimática (180 horas)»,
correspondientes al anexo III «Gestión contable y de auditoría. Nivel 2. ADG082_3 de este
real decreto, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la
cualificación de 630 horas a 690 horas.
Así mismo, se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como
«anexo DCXLIX: Gestión comercial y técnica de seguros y reaseguros privados. Nivel 3.
ADG649_3» sustituyendo, respectivamente, la unidad de competencia «UC0233_2:
Manejar aplicaciones ofimáticas en la gestión de la información y la documentación» y el
módulo formativo asociado «MF0233_2: Ofimática (120 horas)», por la unidad de
competencia «UC0233_2: Manejar aplicaciones ofimáticas en la gestión de la información

cve: BOE-A-2024-20000
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Núm. 240