III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-20060)
Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 122879
evaluación del Plan de Derechos Humanos vigente, así como en materia de promoción y
difusión de la Constitución Española.
3. Se aprueba la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de
Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales en la persona titular de la
Subdirección General de Gestión Económica, sin perjuicio de las competencias de
iniciativa y propuesta de la Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos
Constitucionales, a excepción de las que hayan sido delegadas en otros órganos, de las
siguientes competencias:
a) La tramitación y autorización de los documentos contables correspondientes, en
su ámbito de actuación, cualquiera que sea su importe.
b) La competencia para acordar la cancelación y/o devolución de las garantías de
cualquier clase, constituidas ante el Departamento correspondientes a expedientes
delegados en la persona titular de la Subsecretaría, de la Dirección General de Servicios
y de la Subdirección General de Gestión Económica.
c) La remisión de documentación al Tribunal de Cuentas que, para el ejercicio de su
función fiscalizadora, está prevista en los artículos 39 y 40 de la Ley 7/1988, de 5 de
abril, y sus disposiciones de desarrollo, correspondiente a expedientes delegados en la
persona titular de la Subsecretaría, de la Dirección General de Servicios y de la
Subdirección General de Gestión Económica.
CAPÍTULO VII
Aprobación de delegaciones de competencias por la persona titular
de la Subsecretaría de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Décimo octavo. Delegación de competencias en materia de recursos humanos.
Se aprueba la delegación por la persona titular de la Subsecretaría de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes de las siguientes competencias en materia de
recursos humanos:
1. En la persona titular de la Dirección General de Servicios, respecto del personal
del Departamento: la convocatoria, provisión, nombramiento y cese, respecto de los
puestos de trabajo de libre designación dependientes de la Subsecretaría y del resto de
personal de libre designación excepto las personas titulares de las Subdirecciones
Generales y asimilados de la Secretaría de Estado, a propuesta de ésta.
2. En la persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos, respecto
del personal tanto del Departamento como de los organismos adscritos:
a) El nombramiento y el cese del personal funcionario titular de los puestos
adjudicados por concurso y cualquier actuación derivada de los mismos.
b) El aplazamiento de la fecha de cese de hasta un máximo de veinte días hábiles,
por necesidades del servicio, en todos los concursos y en las libres designaciones del
Departamento, así como la prórroga del plazo de posesión.
c) La aprobación de comisiones de servicio, en el ámbito del Departamento o entre
los distintos organismos públicos vinculados o dependientes del Departamento entre sí o
entre aquéllos y el Departamento.
3. En la persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos y, en su
caso, en la Presidencia del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), en la Dirección
del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC), en la Gerencia del Consejo
de Administración del Patrimonio Nacional (CAPN) y en la Dirección del Centro de
Estudios Jurídicos (CEJ) respecto de su personal:
a) La convocatoria y resolución de pruebas selectivas para la contratación de
personal laboral.
cve: BOE-A-2024-20060
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 240
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 122879
evaluación del Plan de Derechos Humanos vigente, así como en materia de promoción y
difusión de la Constitución Española.
3. Se aprueba la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de
Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales en la persona titular de la
Subdirección General de Gestión Económica, sin perjuicio de las competencias de
iniciativa y propuesta de la Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos
Constitucionales, a excepción de las que hayan sido delegadas en otros órganos, de las
siguientes competencias:
a) La tramitación y autorización de los documentos contables correspondientes, en
su ámbito de actuación, cualquiera que sea su importe.
b) La competencia para acordar la cancelación y/o devolución de las garantías de
cualquier clase, constituidas ante el Departamento correspondientes a expedientes
delegados en la persona titular de la Subsecretaría, de la Dirección General de Servicios
y de la Subdirección General de Gestión Económica.
c) La remisión de documentación al Tribunal de Cuentas que, para el ejercicio de su
función fiscalizadora, está prevista en los artículos 39 y 40 de la Ley 7/1988, de 5 de
abril, y sus disposiciones de desarrollo, correspondiente a expedientes delegados en la
persona titular de la Subsecretaría, de la Dirección General de Servicios y de la
Subdirección General de Gestión Económica.
CAPÍTULO VII
Aprobación de delegaciones de competencias por la persona titular
de la Subsecretaría de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Décimo octavo. Delegación de competencias en materia de recursos humanos.
Se aprueba la delegación por la persona titular de la Subsecretaría de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes de las siguientes competencias en materia de
recursos humanos:
1. En la persona titular de la Dirección General de Servicios, respecto del personal
del Departamento: la convocatoria, provisión, nombramiento y cese, respecto de los
puestos de trabajo de libre designación dependientes de la Subsecretaría y del resto de
personal de libre designación excepto las personas titulares de las Subdirecciones
Generales y asimilados de la Secretaría de Estado, a propuesta de ésta.
2. En la persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos, respecto
del personal tanto del Departamento como de los organismos adscritos:
a) El nombramiento y el cese del personal funcionario titular de los puestos
adjudicados por concurso y cualquier actuación derivada de los mismos.
b) El aplazamiento de la fecha de cese de hasta un máximo de veinte días hábiles,
por necesidades del servicio, en todos los concursos y en las libres designaciones del
Departamento, así como la prórroga del plazo de posesión.
c) La aprobación de comisiones de servicio, en el ámbito del Departamento o entre
los distintos organismos públicos vinculados o dependientes del Departamento entre sí o
entre aquéllos y el Departamento.
3. En la persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos y, en su
caso, en la Presidencia del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), en la Dirección
del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC), en la Gerencia del Consejo
de Administración del Patrimonio Nacional (CAPN) y en la Dirección del Centro de
Estudios Jurídicos (CEJ) respecto de su personal:
a) La convocatoria y resolución de pruebas selectivas para la contratación de
personal laboral.
cve: BOE-A-2024-20060
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Núm. 240