II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-19952)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Universidad Politécnica de Cataluña, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239
Jueves 3 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 121294
candidata con la siguiente puntuación más alta que hubiera superado el proceso
selectivo.
Sin perjuicio de lo anterior, si durante el desarrollo del proceso selectivo –o en el
plazo hasta el inicio del contrato de la persona seleccionada– desaparecen las causas
que justifican la propuesta de contratación de la persona, el órgano convocante debe
ponerlo en conocimiento de las personas interesadas y resolver motivadamente el
proceso. En ningún caso, la resolución motivada del proceso por desaparición de la
causa justificante de la contratación de la persona genera ningún derecho de
contratación ni de compensación para las personas afectadas.
Novena.
Comunicaciones a las personas candidatas.
Toda la información relativa a esta convocatoria (listas de personas admitidas y
excluidas, convocatoria a pruebas, etc.) y la comunicación de los trámites y actos
administrativos del proceso de selección, de las pruebas y los resultados se publicará en
el tablón de anuncios electrónico de la UPC y en el sitio web, en el apartado de
convocatorias de PTGAS. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, con su publicación se considerará realizada de forma
oportuna la notificación a las personas interesadas y se iniciarán los plazos para posibles
reclamaciones o recursos.
A los efectos de las presentes bases, incluyendo la resolución de recursos por vía
administrativa, los plazos a los que se hace referencia se computarán de acuerdo con el
calendario de días inhábiles publicado en la Seu Electrònica de la UPC.
Décima.
Derechos de acceso.
La documentación que aporten a la convocatoria las personas candidatas está
sujeta al artículo 26 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de
Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña, que establece que los
ciudadanos que tienen la condición de personas interesadas en este procedimiento
administrativo en trámite tienen derecho a acceder al expediente y a obtener una
copia de los documentos que forman parte del mismo, incluidos los de las demás
personas candidatas. Por todo ello, los documentos que se entreguen deben evitar
información que sea innecesaria para la finalidad pretendida o que requiera una
especial protección. En todo caso, solo se dará acceso a la información si no entra
en conflicto con el derecho fundamental a la protección de datos de carácter
personal.
Tratamiento de datos personales.
a. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de dichos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
General de Protección de Datos), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, le informamos de
que la Universitat Politècnica de Catalunya (en adelante, UPC) será la responsable del
tratamiento de los datos personales contenidos en la solicitud.
b. La finalidad del tratamiento de los datos personales es la gestión de la presente
convocatoria y su base jurídica es el cumplimiento de una misión efectuada en interés
público.
c. La UPC no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos
legalmente previstos o cuando sea necesario para la finalidad del tratamiento.
d. Los datos personales proporcionados se conservarán durante el tiempo
necesario para cumplir la finalidad para la que se recogen y para determinar las posibles
responsabilidades que pudieran derivarse.
cve: BOE-A-2024-19952
Verificable en https://www.boe.es
Undécima.
Núm. 239
Jueves 3 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 121294
candidata con la siguiente puntuación más alta que hubiera superado el proceso
selectivo.
Sin perjuicio de lo anterior, si durante el desarrollo del proceso selectivo –o en el
plazo hasta el inicio del contrato de la persona seleccionada– desaparecen las causas
que justifican la propuesta de contratación de la persona, el órgano convocante debe
ponerlo en conocimiento de las personas interesadas y resolver motivadamente el
proceso. En ningún caso, la resolución motivada del proceso por desaparición de la
causa justificante de la contratación de la persona genera ningún derecho de
contratación ni de compensación para las personas afectadas.
Novena.
Comunicaciones a las personas candidatas.
Toda la información relativa a esta convocatoria (listas de personas admitidas y
excluidas, convocatoria a pruebas, etc.) y la comunicación de los trámites y actos
administrativos del proceso de selección, de las pruebas y los resultados se publicará en
el tablón de anuncios electrónico de la UPC y en el sitio web, en el apartado de
convocatorias de PTGAS. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, con su publicación se considerará realizada de forma
oportuna la notificación a las personas interesadas y se iniciarán los plazos para posibles
reclamaciones o recursos.
A los efectos de las presentes bases, incluyendo la resolución de recursos por vía
administrativa, los plazos a los que se hace referencia se computarán de acuerdo con el
calendario de días inhábiles publicado en la Seu Electrònica de la UPC.
Décima.
Derechos de acceso.
La documentación que aporten a la convocatoria las personas candidatas está
sujeta al artículo 26 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de
Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña, que establece que los
ciudadanos que tienen la condición de personas interesadas en este procedimiento
administrativo en trámite tienen derecho a acceder al expediente y a obtener una
copia de los documentos que forman parte del mismo, incluidos los de las demás
personas candidatas. Por todo ello, los documentos que se entreguen deben evitar
información que sea innecesaria para la finalidad pretendida o que requiera una
especial protección. En todo caso, solo se dará acceso a la información si no entra
en conflicto con el derecho fundamental a la protección de datos de carácter
personal.
Tratamiento de datos personales.
a. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de dichos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
General de Protección de Datos), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, le informamos de
que la Universitat Politècnica de Catalunya (en adelante, UPC) será la responsable del
tratamiento de los datos personales contenidos en la solicitud.
b. La finalidad del tratamiento de los datos personales es la gestión de la presente
convocatoria y su base jurídica es el cumplimiento de una misión efectuada en interés
público.
c. La UPC no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos
legalmente previstos o cuando sea necesario para la finalidad del tratamiento.
d. Los datos personales proporcionados se conservarán durante el tiempo
necesario para cumplir la finalidad para la que se recogen y para determinar las posibles
responsabilidades que pudieran derivarse.
cve: BOE-A-2024-19952
Verificable en https://www.boe.es
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