III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-19983)
Orden INT/1059/2024, de 1 de octubre, por la que se modifica la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 3 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 121475

Por similares motivos, se establecen nuevas delegaciones de competencias de gasto
y contratación en aquellos jefes de unidad que, por volumen de operaciones y no tanto
por la cuantía, necesitan igualmente agilizar los procedimientos de ejecución del
presupuesto.
Del mismo modo, para garantizar la vigencia de las modificaciones propuestas, se
aumentan los actuales umbrales de gasto de los órganos centrales.
Así, se incrementan las facultades de contratación de la persona titular de la
Dirección General hasta los 2.000.000 euros.
Del mismo modo, en el General Jefe de Asuntos Económicos, hasta los 800.000 euros.
En los Generales Jefes de Zona y en el General Jefe de la Jefatura de Enseñanza se
aumenta el importe hasta los 500.000 euros.
En los Coroneles Jefes de Zona, Coroneles Directores de Centros de Enseñanza,
Coronel Jefe de la Unidad de Acción Rural (UAR) y Coronel Jefe de la Unidad de
Protección y Seguridad (UPROSE), se delegan competencias plenas de gasto y
contratación hasta un límite de 300.000 euros.
En los Jefes de Comandancia, otros Directores de Centros de Enseñanza y el Jefe
de la Unidad de Seguridad de la Casa de Su Majestad El Rey hasta los 250.000 euros.
Y en los Jefes de los Grupos de Reserva y Seguridad se delegan hasta un límite
de 100.000 euros.
Respecto a la competencia en materia de armas, explosivos, artículos pirotécnicos y
cartuchería, los cambios propuestos obedecen a las novedades normativas producidas en
el sector. Por un lado, destaca la nueva denominación que se da a los Guardas Particulares
de Campo por la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, que pasan a llamarse
Guardas Rurales, y, además, se reconocen nuevas especialidades. Por otro lado, se
identifica al Subdirector General de Operaciones con el Mando de Operaciones al ser este
el mando directo de la Jefatura de Armas, Explosivos y Seguridad, en el que se delegan,
por parte del Director General, las competencias reconocidas por el Reglamento de
artículos pirotécnicos y cartuchería, aprobado por el Real Decreto 989/2015, de 30 de
octubre. También se revisa la delegación de competencias procedentes del Reglamento de
Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, y del Reglamento de
Explosivos, aprobado por el Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero.
Como novedad, se delega en los Jefes de Zona y en los Jefes de Comandancia la
expedición de las guías de pertenencia de las armas de dotación reglamentaria de los
Cuerpos de Policía Autonómica que se encuentren en la demarcación de la Zona y de
los de los Cuerpos de Policía de los Entes Locales que se encuentren en la
demarcación de la Comandancia, respectivamente, del Real Decreto 740/1983, de 30
de marzo, por el que se regula la licencia de armas correspondientes a los miembros
de la Policía de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales; así como la
expedición de las guías de pertenencia de las armas de dotación reglamentaria de las
Unidades, Centros o Dependencias de la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera que
se encuentren en demarcación de la Zona, conforme a lo dispuesto en el artículo 7.a)
del Reglamento de Armas.
Asimismo, se modifican las atribuciones que tenía delegadas el Subdirector General
de Operaciones, en aras de agilizar la gestión, en otras autoridades de la Dirección
General de la Guardia Civil, en concreto, en el Jefe de la Jefatura de Armas, Explosivos y
Seguridad y en el Jefe de la Intervención Central de Armas y Explosivos. También se
delega en los Jefes de Zona la competencia para resolver las solicitudes de licencia
especial de armas de concurso F, y se eliminan otras delegaciones que han quedado sin
contenido como consecuencia de las modificaciones del Reglamento de Armas y de la
Resolución de 16 de junio de 2021, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que
se designan autoridades para la expedición de guías de pertenencia de armas de fuego.
Finalmente, y al objeto de que las nuevas delegaciones de competencias puedan
incorporarse al sistema informático del Registro Nacional de Armas, se hace necesario
demorar la efectividad de algunas de estas delegaciones, tal y como se dispone en la
disposición final única.

cve: BOE-A-2024-19983
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 239