II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2024-19904)
Orden EFD/1056/2024, de 1 de octubre, por la que se establecen las normas procedimentales aplicables a los concursos de traslados de ámbito estatal, que deben convocarse durante el curso 2024/2025, para personal funcionario de los Cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239
Jueves 3 de octubre de 2024
MÉRITOS
VALORACIÓN
1.1.2. Por cada año como personal funcionario de carrera
en situación de provisionalidad, siempre que se participe
desde esta situación:
4,0000 puntos
La fracción de año se computará a razón de 0,3333 puntos
por cada mes completo.
Cuando se trate de personal funcionario de carrera que
participe con carácter voluntario desde su primer destino
definitivo obtenido por concurso, a la puntuación
correspondiente al subapartado 1.1.1 se le sumará la
obtenida por este subapartado. Una vez obtenido un nuevo
destino no podrá acumularse esta puntuación.
1.1.3 Por cada año como personal funcionario de carrera
en una plaza, puesto o centro en una situación de destino
definitivo, destino provisional o comisión de servicio
siempre que, en el momento en que se hayan prestado los
servicios, el centro tenga la calificación de especial
dificultad (ver disposición complementaria segunda)
4,0000 puntos
Esta puntuación se añadirá a la puntuación obtenida por
los subapartados 1.1.1 o 1.1.2.
La fracción de año se computará a razón de 0,3333 puntos
por cada mes completo.
Sec. II.B. Pág. 121181
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS (1)
Hoja de servicios expedida por la
Administración educativa competente o
título administrativo o credencial con
diligencias de las distintas tomas de
posesiones y ceses que haya tenido desde su
nombramiento
como
funcionaria
o
funcionario de carrera o, en su caso, de los
correspondientes documentos de inscripción
en los Registros de Personal.
- Hoja de servicios expedida por la
Administración
educativa
competente,
acompañada de una certificación expedida
por la misma, acreditativa de que la plaza,
puesto o centro, tiene esa calificación o
- Certificación de la Administración
educativa competente en donde conste la
fecha de comienzo y fin de la prestación
efectiva de los servicios prestados en dicha
plaza, puesto o centro, especificándose que
los mismos tienen la calificación de especial
dificultad.
No obstante, no se computará a estos efectos el tiempo que
se haya permanecido fuera del centro en situación de
servicios especiales, en comisión de servicios, con
licencias por estudios o en supuestos análogos que no
impliquen prestación efectiva de servicios en el centro
educativo.
Una vez obtenido un destino definitivo, solo será
baremable por este subapartado la nueva puntuación que
pueda acreditarse por aquellos servicios que se presten tras
la obtención de ese destino.
1.2.1. Por cada año de servicios efectivos prestados en
situación de servicio activo como personal funcionario en
alguno de los cuerpos a que corresponda la vacante:
2,0000 puntos
Las fracciones de año se computarán a razón de 0,1666
puntos por cada mes completo.
1.2.2. Por cada año de servicios efectivos como personal
funcionario en otros cuerpos docentes a los que se refiere
la LOE del mismo o superior subgrupo:
1,5000 puntos
Las fracciones de año se computarán a razón de 0,1250
puntos por cada mes completo.
22
Hoja de servicios expedida por la
Administración educativa competente o
título administrativo o credencial con
diligencias de las distintas tomas de
posesiones y ceses que haya tenido desde su
nombramiento
como
funcionaria
o
funcionario o, en su caso, de los
correspondientes documentos de inscripción
en los Registros de Personal.
Hoja de servicios expedida por la
Administración educativa competente o
título administrativo o credencial con
diligencias de las distintas tomas de
posesiones y ceses que haya tenido desde su
nombramiento
como
funcionaria
o
funcionario o, en su caso, de los
correspondientes documentos de inscripción
en los Registros de Personal.
cve: BOE-A-2024-19904
Verificable en https://www.boe.es
1.2 Antigüedad en el cuerpo
Núm. 239
Jueves 3 de octubre de 2024
MÉRITOS
VALORACIÓN
1.1.2. Por cada año como personal funcionario de carrera
en situación de provisionalidad, siempre que se participe
desde esta situación:
4,0000 puntos
La fracción de año se computará a razón de 0,3333 puntos
por cada mes completo.
Cuando se trate de personal funcionario de carrera que
participe con carácter voluntario desde su primer destino
definitivo obtenido por concurso, a la puntuación
correspondiente al subapartado 1.1.1 se le sumará la
obtenida por este subapartado. Una vez obtenido un nuevo
destino no podrá acumularse esta puntuación.
1.1.3 Por cada año como personal funcionario de carrera
en una plaza, puesto o centro en una situación de destino
definitivo, destino provisional o comisión de servicio
siempre que, en el momento en que se hayan prestado los
servicios, el centro tenga la calificación de especial
dificultad (ver disposición complementaria segunda)
4,0000 puntos
Esta puntuación se añadirá a la puntuación obtenida por
los subapartados 1.1.1 o 1.1.2.
La fracción de año se computará a razón de 0,3333 puntos
por cada mes completo.
Sec. II.B. Pág. 121181
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS (1)
Hoja de servicios expedida por la
Administración educativa competente o
título administrativo o credencial con
diligencias de las distintas tomas de
posesiones y ceses que haya tenido desde su
nombramiento
como
funcionaria
o
funcionario de carrera o, en su caso, de los
correspondientes documentos de inscripción
en los Registros de Personal.
- Hoja de servicios expedida por la
Administración
educativa
competente,
acompañada de una certificación expedida
por la misma, acreditativa de que la plaza,
puesto o centro, tiene esa calificación o
- Certificación de la Administración
educativa competente en donde conste la
fecha de comienzo y fin de la prestación
efectiva de los servicios prestados en dicha
plaza, puesto o centro, especificándose que
los mismos tienen la calificación de especial
dificultad.
No obstante, no se computará a estos efectos el tiempo que
se haya permanecido fuera del centro en situación de
servicios especiales, en comisión de servicios, con
licencias por estudios o en supuestos análogos que no
impliquen prestación efectiva de servicios en el centro
educativo.
Una vez obtenido un destino definitivo, solo será
baremable por este subapartado la nueva puntuación que
pueda acreditarse por aquellos servicios que se presten tras
la obtención de ese destino.
1.2.1. Por cada año de servicios efectivos prestados en
situación de servicio activo como personal funcionario en
alguno de los cuerpos a que corresponda la vacante:
2,0000 puntos
Las fracciones de año se computarán a razón de 0,1666
puntos por cada mes completo.
1.2.2. Por cada año de servicios efectivos como personal
funcionario en otros cuerpos docentes a los que se refiere
la LOE del mismo o superior subgrupo:
1,5000 puntos
Las fracciones de año se computarán a razón de 0,1250
puntos por cada mes completo.
22
Hoja de servicios expedida por la
Administración educativa competente o
título administrativo o credencial con
diligencias de las distintas tomas de
posesiones y ceses que haya tenido desde su
nombramiento
como
funcionaria
o
funcionario o, en su caso, de los
correspondientes documentos de inscripción
en los Registros de Personal.
Hoja de servicios expedida por la
Administración educativa competente o
título administrativo o credencial con
diligencias de las distintas tomas de
posesiones y ceses que haya tenido desde su
nombramiento
como
funcionaria
o
funcionario o, en su caso, de los
correspondientes documentos de inscripción
en los Registros de Personal.
cve: BOE-A-2024-19904
Verificable en https://www.boe.es
1.2 Antigüedad en el cuerpo