III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-19878)
Resolución de 8 de agosto de 2024, del Centro Nacional de Información Geográfica, O.A., por la que se publica el Convenio con el Instituto Geográfico Nacional y la Comunidad Valenciana, para el desarrollo del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 121004
Tercera. Obligaciones del CNIG.
1. Financiar el coste que correspondería al vuelo fotogramétrico con características
nominales, tal y como se describe en el apartado séptimo del expositivo, en todo el
territorio de la Comunidad Autónoma Valenciana.
2. Distribuir los datos del vuelo en el ámbito de la AGE y publicar las ortofotos
obtenidas a partir del citado vuelo.
Cuarta.
Obligaciones del IGN.
1. Llevar a cabo la recepción del vuelo e informar a los organismos de la AGE
participantes en PNOA.
2. La coordinación con el ICV para la subsanación de posibles problemas técnicos
durante la ejecución del vuelo y para la aceptación de los productos.
3. Establecer y acordar con la CA las especificaciones técnicas del proyecto PNOA
(vuelo fotogramétrico y ortofotos), definidos en los anexos A y B.
Quinta. Financiación del convenio.
El coste desglosado del vuelo PNOA sobre la Comunidad Valenciana se refleja en la
siguiente tabla:
Unidad
Total
Organismo
financiador
Coste del Vuelo fotogramétrico nominal sobre
una superficie de 23.262,00 km2.
6,16 €/km2,
IVA incluido
143.293,92 €,
IVA incluido
CNIG
Coste de mejora del Vuelo fotogramétrico sobre
una superficie de 24.837,49 km2.
9,73 €/km2,
IVA incluido
241.668,78 €,
IVA incluido
ICV
Concepto
– Anualidad 2024: 60 % (85.976,35 €) una vez presentada la correspondiente factura
y entregados por el ICV, y recepcionados por el IGN (control de calidad de la
documentación de vuelo), los productos detallados en el anexo A.
– Anualidad 2025: 40 % (57.317,57 €) una vez presentada la correspondiente factura
y validados por el IGN (control de calidad del vuelo), los productos detallados en el
anexo A.
Sexta. Acceso a la información y titularidad de los resultados obtenidos.
La propiedad intelectual de la información aportada por las partes corresponde
individualmente a las mismas, aunque la parte contraria podrá utilizarla libremente en el
ámbito de sus competencias, incluida la capacidad de mostrarla y publicarla por medios
telemáticos o convencionales. Dicha publicación llevará consigo la obligación de citar al
cve: BOE-A-2024-19878
Verificable en https://www.boe.es
Por tanto, en el presente convenio, el ICV asumirá los trabajos por un valor de
doscientos cuarenta y un mil con seiscientos sesenta y ocho con setenta y ochos
céntimos, con 21 % de IVA incluido (241.668,78 €).
Para el CNIG el presente convenio conlleva un compromiso de pago por un valor de
ciento cuarenta y tres mil doscientos noventa y tres euros con noventa y dos céntimos
con IVA incluido (143.293,92 €).
El CNIG abonará al ICV la cantidad comprometida con cargo al concepto
presupuestario a cargo de la aplicación presupuestaria 17.102.495A.620 de los
presupuestos generales del Estado una vez presentada la correspondiente factura y
entregados por el ICV, y validados por el IGN, los productos detallados en el anexo A.
En ningún caso, la totalidad de las cantidades abonadas por el CNIG podrán superar
el gasto máximo de 143.293,92 euros previsto.
Los pagos se realizarán de acuerdo con las siguientes anualidades:
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 121004
Tercera. Obligaciones del CNIG.
1. Financiar el coste que correspondería al vuelo fotogramétrico con características
nominales, tal y como se describe en el apartado séptimo del expositivo, en todo el
territorio de la Comunidad Autónoma Valenciana.
2. Distribuir los datos del vuelo en el ámbito de la AGE y publicar las ortofotos
obtenidas a partir del citado vuelo.
Cuarta.
Obligaciones del IGN.
1. Llevar a cabo la recepción del vuelo e informar a los organismos de la AGE
participantes en PNOA.
2. La coordinación con el ICV para la subsanación de posibles problemas técnicos
durante la ejecución del vuelo y para la aceptación de los productos.
3. Establecer y acordar con la CA las especificaciones técnicas del proyecto PNOA
(vuelo fotogramétrico y ortofotos), definidos en los anexos A y B.
Quinta. Financiación del convenio.
El coste desglosado del vuelo PNOA sobre la Comunidad Valenciana se refleja en la
siguiente tabla:
Unidad
Total
Organismo
financiador
Coste del Vuelo fotogramétrico nominal sobre
una superficie de 23.262,00 km2.
6,16 €/km2,
IVA incluido
143.293,92 €,
IVA incluido
CNIG
Coste de mejora del Vuelo fotogramétrico sobre
una superficie de 24.837,49 km2.
9,73 €/km2,
IVA incluido
241.668,78 €,
IVA incluido
ICV
Concepto
– Anualidad 2024: 60 % (85.976,35 €) una vez presentada la correspondiente factura
y entregados por el ICV, y recepcionados por el IGN (control de calidad de la
documentación de vuelo), los productos detallados en el anexo A.
– Anualidad 2025: 40 % (57.317,57 €) una vez presentada la correspondiente factura
y validados por el IGN (control de calidad del vuelo), los productos detallados en el
anexo A.
Sexta. Acceso a la información y titularidad de los resultados obtenidos.
La propiedad intelectual de la información aportada por las partes corresponde
individualmente a las mismas, aunque la parte contraria podrá utilizarla libremente en el
ámbito de sus competencias, incluida la capacidad de mostrarla y publicarla por medios
telemáticos o convencionales. Dicha publicación llevará consigo la obligación de citar al
cve: BOE-A-2024-19878
Verificable en https://www.boe.es
Por tanto, en el presente convenio, el ICV asumirá los trabajos por un valor de
doscientos cuarenta y un mil con seiscientos sesenta y ocho con setenta y ochos
céntimos, con 21 % de IVA incluido (241.668,78 €).
Para el CNIG el presente convenio conlleva un compromiso de pago por un valor de
ciento cuarenta y tres mil doscientos noventa y tres euros con noventa y dos céntimos
con IVA incluido (143.293,92 €).
El CNIG abonará al ICV la cantidad comprometida con cargo al concepto
presupuestario a cargo de la aplicación presupuestaria 17.102.495A.620 de los
presupuestos generales del Estado una vez presentada la correspondiente factura y
entregados por el ICV, y validados por el IGN, los productos detallados en el anexo A.
En ningún caso, la totalidad de las cantidades abonadas por el CNIG podrán superar
el gasto máximo de 143.293,92 euros previsto.
Los pagos se realizarán de acuerdo con las siguientes anualidades: