III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-19878)
Resolución de 8 de agosto de 2024, del Centro Nacional de Información Geográfica, O.A., por la que se publica el Convenio con el Instituto Geográfico Nacional y la Comunidad Valenciana, para el desarrollo del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 121003
Por otra parte, el ajuste de financiación por el impacto que la mejora del vuelo tiene
en el control de calidad de este, y la aportación de la Ortofoto 2024 del ICV por parte de
la Comunidad Autónoma, no son objeto de este convenio y se llevará a cabo, entre la
propia Comunidad Autónoma y el FEGA, de acuerdo lo estipulado en el artículo 134 del
Real Decreto 1047/2022.
Octavo.
Que este convenio viene a dar continuidad a una acción coordinada entre
administraciones que tiene como antecedentes los diversos convenios de similar
naturaleza ya finalizados y que se han venido desarrollando por ambas partes en los
últimos años en el marco del PNOA, los cuales dieron lugar a los vuelos fotogramétricos
y producción de ortofotografía aérea en la Comunidad Autónoma de Valencia en 2018
y 2021.
Noveno.
Que el Institut Cartogràfic Valencià no tiene vocación de mercado y, en todo caso, no
realiza en el mercado abierto un porcentaje igual o superior al 20 por ciento de las
actividades objeto de colaboración a través de este convenio.
Por todo ello, ambas partes han considerado la conveniencia de establecer el
presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto la coordinación de actuaciones conjuntas para
la obtención de una cobertura de vuelo fotogramétrico digital sobre el territorio de la
Comunidad Autónoma de Valencia y establecer las especificaciones técnicas que aplican
al proyecto PNOA en la citada Comunidad Autónoma, referente al vuelo fotogramétrico y
a las ortofotografías aéreas.
Segunda.
Obligaciones del ICV.
1. Llevar a cabo un vuelo fotogramétrico digital sobre el territorio de la Comunidad
Autónoma Valenciana con las siguientes características:
– GSD de 22 cm en la totalidad del territorio.
La entrega de los productos se efectuará conforme a las especificaciones del
anexo A.
La entrega final de los datos deberá realizarse dentro de los tres meses posteriores a
la fecha de finalización del vuelo completo. Salvo causa justificada, en fecha anterior
al 31 de octubre de 2024.
En el caso de que se detecten errores en la entrega realizada durante la ejecución de
los controles de calidad, que no cumplan con las especificaciones del vuelo, el ICV
deberá llevar a cabo las subsanaciones correspondientes en un plazo acordado entre las
partes.
4. Distribuir los datos del vuelo en el ámbito de las Administraciones públicas
valencianas.
cve: BOE-A-2024-19878
Verificable en https://www.boe.es
El vuelo se realizará de acuerdo con las especificaciones indicadas en el anexo A.
2. Asumir el coste de la mejora del vuelo fotogramétrico de resolución 22 cm
mediante la licitación del expediente de contratación, CMAYOR-2024-03Y06-1.
3. Respecto a las entregas:
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 121003
Por otra parte, el ajuste de financiación por el impacto que la mejora del vuelo tiene
en el control de calidad de este, y la aportación de la Ortofoto 2024 del ICV por parte de
la Comunidad Autónoma, no son objeto de este convenio y se llevará a cabo, entre la
propia Comunidad Autónoma y el FEGA, de acuerdo lo estipulado en el artículo 134 del
Real Decreto 1047/2022.
Octavo.
Que este convenio viene a dar continuidad a una acción coordinada entre
administraciones que tiene como antecedentes los diversos convenios de similar
naturaleza ya finalizados y que se han venido desarrollando por ambas partes en los
últimos años en el marco del PNOA, los cuales dieron lugar a los vuelos fotogramétricos
y producción de ortofotografía aérea en la Comunidad Autónoma de Valencia en 2018
y 2021.
Noveno.
Que el Institut Cartogràfic Valencià no tiene vocación de mercado y, en todo caso, no
realiza en el mercado abierto un porcentaje igual o superior al 20 por ciento de las
actividades objeto de colaboración a través de este convenio.
Por todo ello, ambas partes han considerado la conveniencia de establecer el
presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto la coordinación de actuaciones conjuntas para
la obtención de una cobertura de vuelo fotogramétrico digital sobre el territorio de la
Comunidad Autónoma de Valencia y establecer las especificaciones técnicas que aplican
al proyecto PNOA en la citada Comunidad Autónoma, referente al vuelo fotogramétrico y
a las ortofotografías aéreas.
Segunda.
Obligaciones del ICV.
1. Llevar a cabo un vuelo fotogramétrico digital sobre el territorio de la Comunidad
Autónoma Valenciana con las siguientes características:
– GSD de 22 cm en la totalidad del territorio.
La entrega de los productos se efectuará conforme a las especificaciones del
anexo A.
La entrega final de los datos deberá realizarse dentro de los tres meses posteriores a
la fecha de finalización del vuelo completo. Salvo causa justificada, en fecha anterior
al 31 de octubre de 2024.
En el caso de que se detecten errores en la entrega realizada durante la ejecución de
los controles de calidad, que no cumplan con las especificaciones del vuelo, el ICV
deberá llevar a cabo las subsanaciones correspondientes en un plazo acordado entre las
partes.
4. Distribuir los datos del vuelo en el ámbito de las Administraciones públicas
valencianas.
cve: BOE-A-2024-19878
Verificable en https://www.boe.es
El vuelo se realizará de acuerdo con las especificaciones indicadas en el anexo A.
2. Asumir el coste de la mejora del vuelo fotogramétrico de resolución 22 cm
mediante la licitación del expediente de contratación, CMAYOR-2024-03Y06-1.
3. Respecto a las entregas: