III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-19878)
Resolución de 8 de agosto de 2024, del Centro Nacional de Información Geográfica, O.A., por la que se publica el Convenio con el Instituto Geográfico Nacional y la Comunidad Valenciana, para el desarrollo del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 121002
En este caso, la Comunidad Valenciana ha llegado a un acuerdo con el IGN y
el FEGA para generar los productos nominales, tanto el vuelo fotogramétrico como la
ortofoto.
De acuerdo con el citado convenio, las características nominales de los productos
PNOA para la Comunidad Autónoma de Valencia son:
– Vuelo Fotogramétrico con una resolución o GSD (Ground Sample Distance)
de 35 cm y ortofoto básica de 25 cm de píxel, todo ello de acuerdo con las
especificaciones técnicas del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea de España (en
adelante PNOA) aplicables.
En este caso, el IGN ha llegado a un acuerdo con la Comunitat Valenciana para que
el ICV aporte su vuelo anual de 2024, con las características técnicas descritas en el
anexo A.
Quinto.
Que es de interés de las partes, en el marco de la colaboración interadministrativa
prevista en el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el
Sistema Cartográfico Nacional, coordinar sus actuaciones en materia de información
geográfica, de manera que se satisfaga las necesidades de las Administraciones
Públicas firmantes, se garantice la producción de información cartográfica y geográfica
en forma coordinada y eficiente y que sea posible combinar de forma coherente datos
geográficos de diversas fuentes para que puedan ser compartidos entre los integrantes
del Sistema Cartográfico Nacional, al cual la Comunidad Valenciana se adhirió mediante
convenio firmado en fecha 12 de septiembre de 2022.
Sexto.
Que es interés de las partes colaborar mutuamente en la obtención del vuelo
fotogramétrico y de varias coberturas de ortofotos de la totalidad del territorio de la
Comunidad Valenciana, en el marco del PNOA.
Séptimo.
Que es de interés de las partes, que los productos que se generen cumplan
simultáneamente con los requisitos técnicos del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea
(PNOA) y de la propia Comunidad Valenciana.
Asimismo, la Comunidad Valenciana está interesada en unir fuerzas con la
Administración General del Estado para, entre las dos Administraciones, lograr productos
mejores que los que podría disponer cada parte de forma individual.
Concretamente, la Comunidad Valenciana está interesada en:
Todo ello de acuerdo con las especificaciones PNOA de vuelo y ortofotos y a lo
acordado con el IGN.
En base a lo anterior, a través de este convenio se procederá al ajuste de la
financiación del Vuelo Fotogramétrico mejorado, siendo financiada la parte nominal por
el CNIG y asumiéndose por parte de la Comunidad Autónoma de Valencia el gasto
derivado de la mejora en las características del VF respecto a las nominales establecidas
de acuerdo con el apartado cuarto del expositivo.
cve: BOE-A-2024-19878
Verificable en https://www.boe.es
– Mejorar la resolución del vuelo PNOA nominal pasando de un GSD de 35 cm
un GSD de 22 cm.
– Mejora de la resolución de la ortofoto, pasando de ortofoto básica de 25 cm/píxel
generado a partir de un vuelo con GSD de 35 cm a una ortofoto rigurosa de 25 cm/píxel
generado a partir de un vuelo con GSD de 22 cm.
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 121002
En este caso, la Comunidad Valenciana ha llegado a un acuerdo con el IGN y
el FEGA para generar los productos nominales, tanto el vuelo fotogramétrico como la
ortofoto.
De acuerdo con el citado convenio, las características nominales de los productos
PNOA para la Comunidad Autónoma de Valencia son:
– Vuelo Fotogramétrico con una resolución o GSD (Ground Sample Distance)
de 35 cm y ortofoto básica de 25 cm de píxel, todo ello de acuerdo con las
especificaciones técnicas del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea de España (en
adelante PNOA) aplicables.
En este caso, el IGN ha llegado a un acuerdo con la Comunitat Valenciana para que
el ICV aporte su vuelo anual de 2024, con las características técnicas descritas en el
anexo A.
Quinto.
Que es de interés de las partes, en el marco de la colaboración interadministrativa
prevista en el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el
Sistema Cartográfico Nacional, coordinar sus actuaciones en materia de información
geográfica, de manera que se satisfaga las necesidades de las Administraciones
Públicas firmantes, se garantice la producción de información cartográfica y geográfica
en forma coordinada y eficiente y que sea posible combinar de forma coherente datos
geográficos de diversas fuentes para que puedan ser compartidos entre los integrantes
del Sistema Cartográfico Nacional, al cual la Comunidad Valenciana se adhirió mediante
convenio firmado en fecha 12 de septiembre de 2022.
Sexto.
Que es interés de las partes colaborar mutuamente en la obtención del vuelo
fotogramétrico y de varias coberturas de ortofotos de la totalidad del territorio de la
Comunidad Valenciana, en el marco del PNOA.
Séptimo.
Que es de interés de las partes, que los productos que se generen cumplan
simultáneamente con los requisitos técnicos del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea
(PNOA) y de la propia Comunidad Valenciana.
Asimismo, la Comunidad Valenciana está interesada en unir fuerzas con la
Administración General del Estado para, entre las dos Administraciones, lograr productos
mejores que los que podría disponer cada parte de forma individual.
Concretamente, la Comunidad Valenciana está interesada en:
Todo ello de acuerdo con las especificaciones PNOA de vuelo y ortofotos y a lo
acordado con el IGN.
En base a lo anterior, a través de este convenio se procederá al ajuste de la
financiación del Vuelo Fotogramétrico mejorado, siendo financiada la parte nominal por
el CNIG y asumiéndose por parte de la Comunidad Autónoma de Valencia el gasto
derivado de la mejora en las características del VF respecto a las nominales establecidas
de acuerdo con el apartado cuarto del expositivo.
cve: BOE-A-2024-19878
Verificable en https://www.boe.es
– Mejorar la resolución del vuelo PNOA nominal pasando de un GSD de 35 cm
un GSD de 22 cm.
– Mejora de la resolución de la ortofoto, pasando de ortofoto básica de 25 cm/píxel
generado a partir de un vuelo con GSD de 35 cm a una ortofoto rigurosa de 25 cm/píxel
generado a partir de un vuelo con GSD de 22 cm.