III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-19878)
Resolución de 8 de agosto de 2024, del Centro Nacional de Información Geográfica, O.A., por la que se publica el Convenio con el Instituto Geográfico Nacional y la Comunidad Valenciana, para el desarrollo del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238
Ítem
Fase/parámetro
Sec. III. Pág. 121024
Especificaciones
Detalles
La Direccion Tecnica será informada previamente a la ejecución de
los trabajos de los modelos digitales de elevaciones preexistentes
a utilizar.
Todos los puntos de la malla tendrán coordenadas X,Y UTM
enteras, múltiplos del paso de malla.
b
Método de obtención.
El MDT se obtendrá a partir de modelos digitales de elevaciones preexistentes, siempre que reúnan las siguientes
condiciones:
– Cumplirán estrictamente las precisiones exigidas en este pliego de especificaciones técnicas.
– Dichos Modelos Digitales del Terreno serán objeto de revisiones sistemáticas mediante edición estereoscópica para
su actualización.
– La actualización se realizará a la fecha del vuelo PNOA que se esté ortoproyectando.
c
MDT en formato GRID.
Se procederá a obtener un MDT de malla regular mediante interpolación.
El paso de malla del MDT será de 5 m x 5 m (2 m x 2 m para el GSDVF de 18 cm).
d
Precisión de los MDT: error medio
cuadrático.
RMSEZ ≤ 1 m.
e
Precisión de los MDT: error máximo.
EMAXZ ≤ 2 × RMSEZ en el 95 % de los casos (2 m).
No podrá haber ningún punto con un error superior a 2 x EMAXZ (4 m).
f
Líneas de ruptura de elementos naturales
(«breaklines»).
Trazado manual estereoscópico.
Se trazarán mediante trazado manual estereoscópico en aquellos
lugares en los que no quede suficientemente definido el relieve con
la malla de puntos LIDAR o de correlación.
En las zonas de agua, (mar, embalses y lagos) la cota del MDT
será constante e igual a la de la orilla.
g
Corte de ficheros.
De acuerdo al corte rectangular establecido por hojas MTN25.
Las coordenadas de las esquinas de hoja serán las oficiales
aprobadas por el Consejo Superior Geográfico (Comisión de
Normas Cartográficas, Real Decreto 2007).
MDO actualizado mediante edición manual y lineas de ruptura 3D
en todo su ámbito.
Modelo Digital de Superficie para ortofoto
(MDO).
4.2
a
Objetivo.
Obtener un modelo a partir del cual se obtengan unas ortofotos correctas geométricamente, incluso en las carreteras,
viaductos, etc.
b
Método de obtención.
A partir del MDT introduciendo las líneas de ruptura.
c
Líneas de ruptura de elementos artificiales
(«breaklines»).
Trazado manual estereoscópico.
d
MDO en formato GRID.
Se procederá a obtener el MDO de malla regular mediante interpolación del MDT + Líneas de Ruptura.
El paso de malla del MDO será de 5 m × 5 m (2 m × 2 m para el GSDVF de 18 cm).
e
Precisión de los MDO: error medio
cuadrático.
RMSEZ ≤ 1 m.
Se trazarán mediante trazado manual estereoscópico, en aquellos
elementos artificiales como presas, terraplenes, etc, en los que no
quede suficientemente definido el relieve con la malla de puntos.
Adicionalmente, se introducirán líneas de ruptura artificiales para
definir puentes y viaductos.
cve: BOE-A-2024-19878
Verificable en https://www.boe.es
Apartado
Miércoles 2 de octubre de 2024
Núm. 238
Ítem
Fase/parámetro
Sec. III. Pág. 121024
Especificaciones
Detalles
La Direccion Tecnica será informada previamente a la ejecución de
los trabajos de los modelos digitales de elevaciones preexistentes
a utilizar.
Todos los puntos de la malla tendrán coordenadas X,Y UTM
enteras, múltiplos del paso de malla.
b
Método de obtención.
El MDT se obtendrá a partir de modelos digitales de elevaciones preexistentes, siempre que reúnan las siguientes
condiciones:
– Cumplirán estrictamente las precisiones exigidas en este pliego de especificaciones técnicas.
– Dichos Modelos Digitales del Terreno serán objeto de revisiones sistemáticas mediante edición estereoscópica para
su actualización.
– La actualización se realizará a la fecha del vuelo PNOA que se esté ortoproyectando.
c
MDT en formato GRID.
Se procederá a obtener un MDT de malla regular mediante interpolación.
El paso de malla del MDT será de 5 m x 5 m (2 m x 2 m para el GSDVF de 18 cm).
d
Precisión de los MDT: error medio
cuadrático.
RMSEZ ≤ 1 m.
e
Precisión de los MDT: error máximo.
EMAXZ ≤ 2 × RMSEZ en el 95 % de los casos (2 m).
No podrá haber ningún punto con un error superior a 2 x EMAXZ (4 m).
f
Líneas de ruptura de elementos naturales
(«breaklines»).
Trazado manual estereoscópico.
Se trazarán mediante trazado manual estereoscópico en aquellos
lugares en los que no quede suficientemente definido el relieve con
la malla de puntos LIDAR o de correlación.
En las zonas de agua, (mar, embalses y lagos) la cota del MDT
será constante e igual a la de la orilla.
g
Corte de ficheros.
De acuerdo al corte rectangular establecido por hojas MTN25.
Las coordenadas de las esquinas de hoja serán las oficiales
aprobadas por el Consejo Superior Geográfico (Comisión de
Normas Cartográficas, Real Decreto 2007).
MDO actualizado mediante edición manual y lineas de ruptura 3D
en todo su ámbito.
Modelo Digital de Superficie para ortofoto
(MDO).
4.2
a
Objetivo.
Obtener un modelo a partir del cual se obtengan unas ortofotos correctas geométricamente, incluso en las carreteras,
viaductos, etc.
b
Método de obtención.
A partir del MDT introduciendo las líneas de ruptura.
c
Líneas de ruptura de elementos artificiales
(«breaklines»).
Trazado manual estereoscópico.
d
MDO en formato GRID.
Se procederá a obtener el MDO de malla regular mediante interpolación del MDT + Líneas de Ruptura.
El paso de malla del MDO será de 5 m × 5 m (2 m × 2 m para el GSDVF de 18 cm).
e
Precisión de los MDO: error medio
cuadrático.
RMSEZ ≤ 1 m.
Se trazarán mediante trazado manual estereoscópico, en aquellos
elementos artificiales como presas, terraplenes, etc, en los que no
quede suficientemente definido el relieve con la malla de puntos.
Adicionalmente, se introducirán líneas de ruptura artificiales para
definir puentes y viaductos.
cve: BOE-A-2024-19878
Verificable en https://www.boe.es
Apartado
Miércoles 2 de octubre de 2024