III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Sistema de acogida de protección internacional. (BOE-A-2024-19887)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, por la que se establece una planificación extraordinaria de prestaciones, actuaciones o servicios del sistema de acogida en materia de protección internacional para reforzar los itinerarios de autonomía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 121096
Estos márgenes de variación en ningún caso podrán alterar el tope de la retribución
máxima comprometida inicialmente con la entidad autorizada correspondiente, de
conformidad con el artículo 42.2 del Reglamento por el que se regula el sistema de
acogida en materia de protección internacional, aprobado por Real Decreto 220/2022,
de 29 de marzo.
Además, estas variaciones no podrán suponer la modificación de un número de
plazas/personas atendidas equivalente al 50 % del total de plazas/personas atendidas
inicialmente comunicadas a la entidad para no alterar la naturaleza global de las
actuaciones, prestaciones o servicios, como prevé el artículo 40. 2 c) del Reglamento por
el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, aprobado
por Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, por el que se aprueba.
IV. Coste del sistema
Si a la planificación de necesidades de la presente resolución extraordinaria se le
aplican los precios de referencia por día y plaza/persona atendida de la Resolución de la
Secretaria de Estado de Migraciones, de 19 de octubre de 2022, por la que se
establecen los precios de referencia para las prestaciones, actuaciones o servicios del
sistema de acogida de protección internacional gestionados mediante acción concertada,
las necesidades presupuestarias para la financiación de la acción concertada para la
prestación de los servicios del sistema de acogida de protección internacional y
temporal, en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2024 al 31 de diciembre
de 2024, ascenderá a los 6.886.336,00 euros, financiables con cargo a los Presupuestos
Generales del Estado:
Actuaciones adicionales autonomía 2024
2024
extraordinaria
Ene. Feb. Mar. Abr. May. Jun. Jul. Ago. Sep.
Fase
autonomía.
Oct.
Coste
Nov.
Dic.
Total anual
–
Euros
2.314 2.391 2.314 6.886.336,00
V. Financiación de los costes extraordinarios del sistema de acogida
De conformidad con los costes del sistema de acogida previstos en el apartado
anterior, el coste de esta planificación extraordinaria se imputará por una cuantía idéntica
a los presupuestos de los ejercicios 2024 y 2025, tal y como se muestra en el siguiente
cuadro:
Anualidad
PGE 2024
–
Euros
PGE 2025
–
Euros
Total
–
Euros
2024
3.443.168,00
3.443.168,00
6.886.336,00
De conformidad con los artículos 11 y siguientes de la Orden ISM/680/2022, de 19 de
julio, una vez publicada en el BOE la resolución de planificación y de acuerdo con la
Resolución de la Secretaria de Estado de Migraciones, de 19 de octubre de 2022, por la
que se establecen los precios de referencia para las prestaciones, actuaciones o
servicios del sistema de acogida de protección internacional gestionados mediante
acción concertada, se realizará la notificación de las comunicaciones de asignación de
cve: BOE-A-2024-19887
Verificable en https://www.boe.es
VI. Comunicaciones de asignación
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 121096
Estos márgenes de variación en ningún caso podrán alterar el tope de la retribución
máxima comprometida inicialmente con la entidad autorizada correspondiente, de
conformidad con el artículo 42.2 del Reglamento por el que se regula el sistema de
acogida en materia de protección internacional, aprobado por Real Decreto 220/2022,
de 29 de marzo.
Además, estas variaciones no podrán suponer la modificación de un número de
plazas/personas atendidas equivalente al 50 % del total de plazas/personas atendidas
inicialmente comunicadas a la entidad para no alterar la naturaleza global de las
actuaciones, prestaciones o servicios, como prevé el artículo 40. 2 c) del Reglamento por
el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, aprobado
por Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, por el que se aprueba.
IV. Coste del sistema
Si a la planificación de necesidades de la presente resolución extraordinaria se le
aplican los precios de referencia por día y plaza/persona atendida de la Resolución de la
Secretaria de Estado de Migraciones, de 19 de octubre de 2022, por la que se
establecen los precios de referencia para las prestaciones, actuaciones o servicios del
sistema de acogida de protección internacional gestionados mediante acción concertada,
las necesidades presupuestarias para la financiación de la acción concertada para la
prestación de los servicios del sistema de acogida de protección internacional y
temporal, en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2024 al 31 de diciembre
de 2024, ascenderá a los 6.886.336,00 euros, financiables con cargo a los Presupuestos
Generales del Estado:
Actuaciones adicionales autonomía 2024
2024
extraordinaria
Ene. Feb. Mar. Abr. May. Jun. Jul. Ago. Sep.
Fase
autonomía.
Oct.
Coste
Nov.
Dic.
Total anual
–
Euros
2.314 2.391 2.314 6.886.336,00
V. Financiación de los costes extraordinarios del sistema de acogida
De conformidad con los costes del sistema de acogida previstos en el apartado
anterior, el coste de esta planificación extraordinaria se imputará por una cuantía idéntica
a los presupuestos de los ejercicios 2024 y 2025, tal y como se muestra en el siguiente
cuadro:
Anualidad
PGE 2024
–
Euros
PGE 2025
–
Euros
Total
–
Euros
2024
3.443.168,00
3.443.168,00
6.886.336,00
De conformidad con los artículos 11 y siguientes de la Orden ISM/680/2022, de 19 de
julio, una vez publicada en el BOE la resolución de planificación y de acuerdo con la
Resolución de la Secretaria de Estado de Migraciones, de 19 de octubre de 2022, por la
que se establecen los precios de referencia para las prestaciones, actuaciones o
servicios del sistema de acogida de protección internacional gestionados mediante
acción concertada, se realizará la notificación de las comunicaciones de asignación de
cve: BOE-A-2024-19887
Verificable en https://www.boe.es
VI. Comunicaciones de asignación