III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-19882)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Instalación de Generación Hidroeléctrica de Bombeo José María de Oriol II, de 440 MW, en Alcántara (Cáceres)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238

Miércoles 2 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 121066

arqueológica realizada por el promotor, que el proyecto no presenta incidencias sobre el
patrimonio arqueológico conocido. Asimismo, enumera ciertas condiciones de carácter
general de su ámbito competencial, que son aceptadas por el promotor.
El EsIA recoge que, en el entorno, discurren las vías pecuarias Cordel de Merinos o
de Alcántara y Cañada Real de Gata, aunque no se ocasionará afección directa sobre
ellas. En caso de que fuera precisa su ocupación durante la construcción, se prevé
solicitar el correspondiente permiso a la autoridad competente y restablecer las
condiciones iniciales una vez concluidas las obras.
La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura señala que la
localización de la escombrera G y los accesos previstos a ella coinciden parcialmente
con el trazado de una de ruta de senderismo circular al Puente Romano y con unas 9 ha
del MUP «Los Cabezos». Puesto que durante la realización de las obras se prevé el
deterioro del sendero y su señalización por el paso permanente de vehículos y, una vez
finalizadas las obras, una parte de este sendero quedará inhabilitado como ruta, estima
necesaria la compensación de esta afección. El promotor acepta realizar la
compensación y se incluye en el condicionado de la presente resolución.
b.10

Sinergias.

El EsIA indica que en el área de estudio se incluye el actual aprovechamiento de
José María de Oriol, junto con la estación transformadora que está conectada
eléctricamente a la central mediante cuatro líneas de 400 kV, así como el
aprovechamiento del Salto de Cedillo. En las proximidades del proyecto está autorizada
la construcción de un nuevo puente sobre el río Tajo en la carretera EX-117, que
empleará caminos y plataformas de obra cuyo trazado coincide significativamente con
los caminos para el desarrollo del presente proyecto. Por otra parte, en esta área se está
tramitando la construcción de las plantas fotovoltaicas «Majada Alta», «San Antonio»,
«Oriol» y «Tagus IV», las dos últimas conectarán a la misma SET que el proyecto en
evaluación.
La ejecución del proyecto coincidirá con las obras del nuevo puente mencionado, lo
que requerirá de una cuidadosa programación de ambos proyectos, así como de una
precisa delimitación del área afectada por cada una de las obras. El promotor afirma que
principalmente se afectará a la población y al tráfico rodado, lo que se considera un
impacto temporal y de baja magnitud, siempre que se apliquen las precauciones y
medidas adecuadas.
El promotor indica que la explotación conjunta del proyecto junto con las centrales
José María de Oriol y Cedillo, manteniendo el volumen de agua entregado por las
centrales existentes, según las necesidades de mercado y de condicionantes
hidrológicos, no supondrá una afección añadida en los restantes usuarios de los
recursos hidráulicos del río Tajo aguas abajo, al no preverse alteraciones en el régimen
hidrológico ni en la calidad de las aguas. El desarrollo de las plantas fotovoltaicas en
tramitación aumentará la presencia de líneas eléctricas en la zona. Sin embargo, la línea
eléctrica proyectada en el presente proyecto es soterrada, lo que disminuye sus
afecciones al medio.
Efectos transfronterizos.

Como resultado del proceso de consultas transfronterizas, la República Portuguesa
emite un informe que incluye la caracterización del proyecto, la evaluación global del
proyecto, la evaluación de los impactos sobre los recursos hídricos y sobre los sistemas
ecológicos, un resumen de los resultados del trámite de consulta pública efectuado, las
conclusiones y las condiciones que deben adoptarse para la autorización, aplicación y
explotación del proyecto.
El citado informe señala que no se ha considerado la parte portuguesa del embalse
de Cedillo o los afluentes portugueses del Tajo, los ríos Erges, Ponsul y el arroyo Aravil,
a la hora de determinar los impactos del proyecto sobre los sistemas ecológicos e

cve: BOE-A-2024-19882
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