I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2024-19808)
Real Decreto 999/2024, de 1 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de industria por el Ministerio de Industria y Turismo durante el ejercicio presupuestario 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 120881
Acreditación (ENAC) como organismo nacional de acreditación, de acuerdo con lo
establecido en el Reglamento (CE) n.º 765/2008 del Parlamento Europeo y el Consejo,
de 9 de julio de 2008, por el que se establecen los requisitos de acreditación y vigilancia
del mercado relativos a la comercialización de los productos y por el que se deroga el
Reglamento (CEE) n.º 339/93.
Sus actividades son fundamentales no solamente para el cumplimiento de sus
funciones de acreditar la competencia técnica de las entidades u organismos que
realizan actividades de evaluación de la conformidad, certificación, inspección,
verificación, ensayo y calibración y de otras que puedan serle confiadas, sino también
para contribuir a la adopción en España, por parte del tejido productivo, de normas
internacionales y para la coordinación y representación de España en los organismos
internacionales y de terceros países competentes en materia de acreditación, que
garantice el reconocimiento de los certificados emitidos por ENAC.
Ambas entidades constituyen la infraestructura común para la calidad y seguridad
industrial, según el capítulo II del Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la
Seguridad Industrial.
Con base en lo anterior, con el objetivo de garantizar la continuidad de las
actividades desempeñadas por la Asociación Española de Normalización y la Entidad
Nacional de Acreditación durante 2024, concurren razones de interés público, social y
económico que justifican conceder, con carácter excepcional, a cada una de las
mencionadas entidades, una subvención por el procedimiento de concesión directa, por
cuanto se potencian mediante sus actuaciones las actividades de normalización y de
acreditación, reforzando la competitividad de la industria (especialmente las PYME),
aumentan la competencia, beneficiando a los consumidores y a la economía en general,
elevando el nivel tecnológico de los evaluadores españoles y reforzando la confianza en
el mercado en la calidad y seguridad de los productos. La dificultad de su convocatoria
pública se debe a que son las únicas entidades designadas para realizar sus funciones:
la Asociación Española de Normalización está notificada como organismo nacional de
normalización a la Comisión Europea y ENAC es el único organismo nacional de
acreditación de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) n.º 765/2008.
La Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial (FFII) es una fundación,
inscrita en el Registro de fundaciones de competencia estatal previsto en la Ley 50/2002,
de 26 de diciembre, de Fundaciones, que tiene entre sus fines fundacionales la
investigación que potencie el desarrollo de las tecnologías que incidan en el bienestar
social de la comunidad y, sobre todo, en los aspectos que se refieran al mejoramiento y
verificación de la calidad y seguridad de los productos industriales, por lo que son
actividades propias de la FFII la investigación, inspección y ensayo en el ámbito de la
verificación de la calidad y seguridad de los productos industriales.
Se trata, por tanto, de una entidad constituida sin fin de lucro que tiene afectado de
modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general.
La Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa
debe llevar a cabo los planes y programas para la mejora de diversos aspectos
asociados a la seguridad industrial. La vigilancia del mercado y de investigación y
análisis en materia de seguridad industrial constituyen un elemento fundamental del
sistema de control de la seguridad industrial y están dirigidas a fomentar la competencia
leal entre los productores y a reducir los riesgos asociados a la presencia en el mercado
de productos no conformes.
En este sentido el Reglamento (UE) 2019/1020 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 20 de junio de 2019, relativo a la vigilancia del mercado y la conformidad de
los productos y por el que se modifican la Directiva 2004/42/CE y los Reglamentos (CE)
n.º 765/2008 y (UE) n.º 305/2011, establece para las autoridades de los Estados
miembros que lleven a cabo la vigilancia de los productos, tantos los vendidos en línea
como los que no lo son, así como que realicen verificaciones documentales, físicas y de
laboratorio adecuadas de los productos, teniendo en cuenta los posibles peligros, con
objeto de evitar que productos inseguros se introduzcan en el mercado.
cve: BOE-A-2024-19808
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 120881
Acreditación (ENAC) como organismo nacional de acreditación, de acuerdo con lo
establecido en el Reglamento (CE) n.º 765/2008 del Parlamento Europeo y el Consejo,
de 9 de julio de 2008, por el que se establecen los requisitos de acreditación y vigilancia
del mercado relativos a la comercialización de los productos y por el que se deroga el
Reglamento (CEE) n.º 339/93.
Sus actividades son fundamentales no solamente para el cumplimiento de sus
funciones de acreditar la competencia técnica de las entidades u organismos que
realizan actividades de evaluación de la conformidad, certificación, inspección,
verificación, ensayo y calibración y de otras que puedan serle confiadas, sino también
para contribuir a la adopción en España, por parte del tejido productivo, de normas
internacionales y para la coordinación y representación de España en los organismos
internacionales y de terceros países competentes en materia de acreditación, que
garantice el reconocimiento de los certificados emitidos por ENAC.
Ambas entidades constituyen la infraestructura común para la calidad y seguridad
industrial, según el capítulo II del Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la
Seguridad Industrial.
Con base en lo anterior, con el objetivo de garantizar la continuidad de las
actividades desempeñadas por la Asociación Española de Normalización y la Entidad
Nacional de Acreditación durante 2024, concurren razones de interés público, social y
económico que justifican conceder, con carácter excepcional, a cada una de las
mencionadas entidades, una subvención por el procedimiento de concesión directa, por
cuanto se potencian mediante sus actuaciones las actividades de normalización y de
acreditación, reforzando la competitividad de la industria (especialmente las PYME),
aumentan la competencia, beneficiando a los consumidores y a la economía en general,
elevando el nivel tecnológico de los evaluadores españoles y reforzando la confianza en
el mercado en la calidad y seguridad de los productos. La dificultad de su convocatoria
pública se debe a que son las únicas entidades designadas para realizar sus funciones:
la Asociación Española de Normalización está notificada como organismo nacional de
normalización a la Comisión Europea y ENAC es el único organismo nacional de
acreditación de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) n.º 765/2008.
La Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial (FFII) es una fundación,
inscrita en el Registro de fundaciones de competencia estatal previsto en la Ley 50/2002,
de 26 de diciembre, de Fundaciones, que tiene entre sus fines fundacionales la
investigación que potencie el desarrollo de las tecnologías que incidan en el bienestar
social de la comunidad y, sobre todo, en los aspectos que se refieran al mejoramiento y
verificación de la calidad y seguridad de los productos industriales, por lo que son
actividades propias de la FFII la investigación, inspección y ensayo en el ámbito de la
verificación de la calidad y seguridad de los productos industriales.
Se trata, por tanto, de una entidad constituida sin fin de lucro que tiene afectado de
modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general.
La Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa
debe llevar a cabo los planes y programas para la mejora de diversos aspectos
asociados a la seguridad industrial. La vigilancia del mercado y de investigación y
análisis en materia de seguridad industrial constituyen un elemento fundamental del
sistema de control de la seguridad industrial y están dirigidas a fomentar la competencia
leal entre los productores y a reducir los riesgos asociados a la presencia en el mercado
de productos no conformes.
En este sentido el Reglamento (UE) 2019/1020 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 20 de junio de 2019, relativo a la vigilancia del mercado y la conformidad de
los productos y por el que se modifican la Directiva 2004/42/CE y los Reglamentos (CE)
n.º 765/2008 y (UE) n.º 305/2011, establece para las autoridades de los Estados
miembros que lleven a cabo la vigilancia de los productos, tantos los vendidos en línea
como los que no lo son, así como que realicen verificaciones documentales, físicas y de
laboratorio adecuadas de los productos, teniendo en cuenta los posibles peligros, con
objeto de evitar que productos inseguros se introduzcan en el mercado.
cve: BOE-A-2024-19808
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 238