I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2024-19808)
Real Decreto 999/2024, de 1 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de industria por el Ministerio de Industria y Turismo durante el ejercicio presupuestario 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 120880
En relación con esto último, el artículo 14 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria,
atribuye al Ministerio de Industria y Turismo la capacidad de organizar planes nacionales de
vigilancia de los productos industriales en el mercado, en colaboración con los órganos
competentes de las comunidades autónomas, para la comprobación de los requisitos de
seguridad, dando cumplimiento a las obligaciones derivadas del Reglamento (CE)
n.º 765/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008.
En ejecución de estas competencias, la Secretaría de Estado de Industria, a través
de la Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, es
el órgano gestor de los programas de «Calidad y Seguridad Industrial», mediante los
cuales se desarrollan actividades de investigación y análisis de los requisitos técnicos
aplicables a los productos industriales, y se favorece el desarrollo de una adecuada
infraestructura de calidad y seguridad industrial. Todo ello con el objetivo último de
impulsar la competencia leal, facilitar el cumplimiento de los requisitos reglamentarios a
través de una información técnica eficaz, reducir los riesgos asociados a la presencia de
productos no conformes en el mercado y fomentar la innovación y calidad del sector
industrial.
La normalización y la acreditación forman parte de un sistema global para asegurar
la calidad y seguridad de los productos en el mercado, mejorar la información que se
ofrece a consumidores y usuarios en relación con los productos y servicios y asegurar un
sistema de evaluación de la conformidad en general transparente y competente.
Mediante este sistema se proporciona confianza al mercado interior y se posibilita el
acceso a nuevos mercados.
La normalización constituye un pilar fundamental de la reglamentación en materia de
seguridad industrial, así como en el ámbito voluntario de la calidad. Las normas tienen
notables efectos económicos positivos, por ejemplo, promoviendo la penetración en el
mercado interior de la UE y el desarrollo de mercados o productos nuevos y mejorados, así
como la mejora de las condiciones de suministro. Con frecuencia, las normas aumentan la
competencia y reducen los costes de producción y de venta, lo que beneficia a la economía
en su conjunto y a los consumidores en particular. Las normas pueden mantener y
aumentar la calidad, proporcionar información y garantizar la interoperabilidad y
compatibilidad, lo que incrementa la seguridad y el valor para los consumidores.
Por ello, la actividad de normalización constituye un instrumento vital para el sector
industrial, para reforzar la competitividad global de la industria en su conjunto, y ofrecer a
las empresas, especialmente a las PYME, un mecanismo para participar en la
elaboración de normas a escala internacional.
La acreditación supone el reconocimiento oficial de la competencia técnica de las
entidades u organismos que realizan actividades de evaluación de la conformidad,
certificación, inspección, verificación, ensayo y calibración y de otras que puedan serle
confiadas, lo que le confiere por tanto un papel clave en el sistema de calidad y
seguridad industrial.
En el campo reglamentario, la acreditación constituye una pieza central para
garantizar una supervisión eficaz de los organismos encargados de evaluar el
cumplimiento de requisitos establecidos en regulaciones europeas y nacionales en la
práctica totalidad de sectores económicos.
La Asociación Española de Normalización es una asociación sin ánimo de lucro para
el desarrollo de las funciones de normalización definidas en el artículo 8.5 de la
Ley 21/1992, de 16 de julio, expresamente reconocida como tal por la disposición
adicional primera del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre. La citada asociación
está notificada como organismo nacional de normalización a la Comisión Europea y se
integra en el sistema europeo de normalización previsto en el Reglamento (UE)
n.º 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la
normalización europea, a través de su integración en los organismos internacionales de
normalización.
La Entidad Nacional de Acreditación es la entidad designada por el Real
Decreto 1715/2010, de 17 de diciembre, por el que se designa a la Entidad Nacional de
cve: BOE-A-2024-19808
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 120880
En relación con esto último, el artículo 14 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria,
atribuye al Ministerio de Industria y Turismo la capacidad de organizar planes nacionales de
vigilancia de los productos industriales en el mercado, en colaboración con los órganos
competentes de las comunidades autónomas, para la comprobación de los requisitos de
seguridad, dando cumplimiento a las obligaciones derivadas del Reglamento (CE)
n.º 765/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008.
En ejecución de estas competencias, la Secretaría de Estado de Industria, a través
de la Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, es
el órgano gestor de los programas de «Calidad y Seguridad Industrial», mediante los
cuales se desarrollan actividades de investigación y análisis de los requisitos técnicos
aplicables a los productos industriales, y se favorece el desarrollo de una adecuada
infraestructura de calidad y seguridad industrial. Todo ello con el objetivo último de
impulsar la competencia leal, facilitar el cumplimiento de los requisitos reglamentarios a
través de una información técnica eficaz, reducir los riesgos asociados a la presencia de
productos no conformes en el mercado y fomentar la innovación y calidad del sector
industrial.
La normalización y la acreditación forman parte de un sistema global para asegurar
la calidad y seguridad de los productos en el mercado, mejorar la información que se
ofrece a consumidores y usuarios en relación con los productos y servicios y asegurar un
sistema de evaluación de la conformidad en general transparente y competente.
Mediante este sistema se proporciona confianza al mercado interior y se posibilita el
acceso a nuevos mercados.
La normalización constituye un pilar fundamental de la reglamentación en materia de
seguridad industrial, así como en el ámbito voluntario de la calidad. Las normas tienen
notables efectos económicos positivos, por ejemplo, promoviendo la penetración en el
mercado interior de la UE y el desarrollo de mercados o productos nuevos y mejorados, así
como la mejora de las condiciones de suministro. Con frecuencia, las normas aumentan la
competencia y reducen los costes de producción y de venta, lo que beneficia a la economía
en su conjunto y a los consumidores en particular. Las normas pueden mantener y
aumentar la calidad, proporcionar información y garantizar la interoperabilidad y
compatibilidad, lo que incrementa la seguridad y el valor para los consumidores.
Por ello, la actividad de normalización constituye un instrumento vital para el sector
industrial, para reforzar la competitividad global de la industria en su conjunto, y ofrecer a
las empresas, especialmente a las PYME, un mecanismo para participar en la
elaboración de normas a escala internacional.
La acreditación supone el reconocimiento oficial de la competencia técnica de las
entidades u organismos que realizan actividades de evaluación de la conformidad,
certificación, inspección, verificación, ensayo y calibración y de otras que puedan serle
confiadas, lo que le confiere por tanto un papel clave en el sistema de calidad y
seguridad industrial.
En el campo reglamentario, la acreditación constituye una pieza central para
garantizar una supervisión eficaz de los organismos encargados de evaluar el
cumplimiento de requisitos establecidos en regulaciones europeas y nacionales en la
práctica totalidad de sectores económicos.
La Asociación Española de Normalización es una asociación sin ánimo de lucro para
el desarrollo de las funciones de normalización definidas en el artículo 8.5 de la
Ley 21/1992, de 16 de julio, expresamente reconocida como tal por la disposición
adicional primera del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre. La citada asociación
está notificada como organismo nacional de normalización a la Comisión Europea y se
integra en el sistema europeo de normalización previsto en el Reglamento (UE)
n.º 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la
normalización europea, a través de su integración en los organismos internacionales de
normalización.
La Entidad Nacional de Acreditación es la entidad designada por el Real
Decreto 1715/2010, de 17 de diciembre, por el que se designa a la Entidad Nacional de
cve: BOE-A-2024-19808
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 238