II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-19746)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Universidad de Cantabria, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de la Escala B.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237

Martes 1 de octubre de 2024
3.

Sec. II.B. Pág. 120445

Fase de concurso.

En la fase de concurso se valorarán los estudios académicos realizados y los
servicios efectivos prestados como personal laboral fijo, o como personal laboral
temporal o personal funcionario en Universidades Públicas y en otras Administraciones
Públicas, méritos todos ellos referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
3.1

Estudios académicos:

Se valorará la titulación oficial o estudios académicos oficiales realizados, siempre
que sean superiores a los exigidos para participar en estas pruebas, de acuerdo con la
siguiente escala:
Bachiller Superior o equivalente: 1,6 puntos.
Graduado, Diplomado Universitario o equivalente: 2,4 puntos.
Licenciatura o equivalente, Máster Universitario: 3,2 puntos.
Sólo se valorará una titulación, la de mayor nivel académico y en caso de poseer dos
titulaciones del mismo nivel académico, sólo se valorará una de ellas.
3.2 Valoración de servicios prestados:
Se valorarán los servicios efectivos prestados como personal laboral fijo, personal
laboral temporal o personal funcionario en Universidades Públicas y en otras
Administraciones Públicas de acuerdo con la siguiente escala:

La puntuación máxima que se pueda obtener en este apartado es 16,8 puntos.
Para acreditar los servicios prestados en Universidades Públicas u otras
Administraciones Públicas, será necesario aportar certificados de servicios prestados o,
su caso, contratos laborales, y el informe de vida laboral.
Los servicios prestados a tiempo parcial, se valorarán proporcionalmente al
coeficiente especificado en el informe de vida laboral.
Para la valoración de los méritos correspondientes a los servicios prestados en la
Universidad de Cantabria, no será preciso que el interesado presente certificación
referida a méritos que consten en su expediente personal, que se expedirá de oficio por
el Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, Formación y
Acción Social. En el caso de la titulación, deberá aportarse documentación acreditativa
suficiente, salvo que conste ya también en los citados archivos.
3.3

No se exigirá una puntuación mínima para superar esta fase.

cve: BOE-A-2024-19746
Verificable en https://www.boe.es

a) Servicios prestados como personal laboral fijo, personal laboral temporal o
personal funcionario en Universidades Públicas en puestos de la misma escala o
superior y de la misma Categoría y Grupo Profesional y especialidad o equivalente en
personal funcionario, al de las plazas convocadas: 2,4 puntos por año completo, con un
máximo de 16,8 puntos. Se valorarán meses completos trabajados a razón de 2,4/12
puntos/mes.
b) Servicios prestados como personal laboral fijo, personal laboral temporal o
personal funcionario en Universidades Públicas en puestos de inferior Categoría y Grupo
Profesional y especialidad o equivalente en personal funcionario, al de las plazas
convocadas: 1,6 puntos por año completo, con un máximo de 16,8 puntos. Se valorarán
meses completos trabajados a razón de 1,6/12 puntos/mes.
c) Servicios prestados en cualquier Administración Pública o Universidad Pública y
no valorados en los apartados anteriores: 0,8 puntos por año completo, con un máximo
de 16,8 puntos. Se valorarán meses completos trabajados a razón de 0,8/12 puntos/mes.