III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-19794)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Envatios Promoción XXIV, SL, modificación de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Envatios XXIV- Fase I, de 82,6 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Valdilecha, Mejorada del Campo, San Fernando de Henares, Paracuellos de Jarama, Ajalvir, Cobeña, San Sebastián de los Reyes, Alcobendas y Madrid (Comunidad de Madrid) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 1 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 120780

de obras próximas a instalaciones de gas. Se ha dado traslado al organismo de la
respuesta del promotor, el cual presta su conformidad al proyecto presentado y reitera
las condiciones técnicas expresadas en el informe anterior.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Alcobendas, el cual informa
favorablemente sobre el trazado en planta del proyecto recibido. Asimismo, el organismo
recuerda las condiciones de diseño y ejecución para asegurar la compatibilidad del
proyecto con los ámbitos de suelo urbanizable sectorizado que están siendo
desarrollados, remarcado la especial relevancia de las instrucciones relativas a «Futura
calle o futuro carril bici en desmonte o terraplén». Se ha dado traslado al promotor, el
cual muestra su conformidad con el informe.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Madrid, el cual remite informes de
las Direcciones Generales del ayuntamiento afectadas por el proyecto. Dichos informes
establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización
ante dicho ayuntamiento para la ejecución del proyecto. Asimismo, la Dirección General
de Gestión y Vigilancia de la Circulación informa que no constan instalaciones ni
servicios de regulación semafórica en el ámbito de la actuación. Se ha dado traslado al
promotor, el cual presta conformidad a los referidos informes y, en relación con el informe
remitido por la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, el promotor se
compromete a que cuál cualquier afección a las instalaciones relativas a tecnologías de
tráfico se ejecutará de acuerdo a lo marcado por el Pliego de Prescripciones Técnicas
Generales del Ayuntamiento de Madrid, al Pliego de Prescripciones Técnicas
Particulares del Contrato vigente, así como a lo establecido en la Normalización de
Elementos Constructivos del Ayuntamiento de Madrid.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión
Forestal de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de
Madrid, la cual emite informe relativo a las medidas compensatorias correspondientes a
las plantas fotovoltaicas Envatios XXIV- Fases I, II y III y sus infraestructuras de
evacuación, en el cual (i) en relación a las medidas compensatorias por pérdida de
hábitat estepario, manifiesta su conformidad al programa agroambiental firmado entre el
promotor y el gestor de compromisos seleccionado por el promotor, advirtiendo de que la
superficie total podrá ser revisada una vez informados todos los proyectos fotovoltaicos
contemplados en el contrato; (ii) en relación a la compensación forestal, informa
favorablemente a la documentación presentada, señalando asimismo que los trabajos
habrán de realizarse de forma consensuada con los servicios territoriales de la Dirección
General, concretamente con el Área de Conservación de Montes o la División de
Infraestructura Verde y Parques Regionales en función de la localización que finalmente
se acuerde; y (iii) en relación al Plan de Vigilancia Ambiental la Dirección General de
Biodiversidad y Gestión Forestal, informa favorablemente al misma, recordando que el
promotor debe tener en cuenta los informes emitidos anteriormente. Se ha dado traslado
al promotor, el cual presta su conformidad al informe del organismo.
Preguntados Orange; I-DE Redes Inteligentes, SAU; Exolum; Enagás; la Dirección
General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la
Comunidad de Madrid; el Área de Vías Pecuarias de la Dirección General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de
la Comunidad de Madrid; la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid; la Dirección
General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte de la
Comunidad de Madrid; la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Vivienda,
Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid; la Demarcación de
Carreteras del estado de Madrid del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda
Urbana; la Confederación Hidrográfica del Tajo y el Ayuntamiento de San Fernando de
Henares, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2, 131.1
y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

cve: BOE-A-2024-19794
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Núm. 237