I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-19676)
Aplicación provisional del Canje de Notas por el que se enmienda el Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República del Ecuador sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, hecho en Madrid el 28 de agosto y 10 de septiembre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237

Martes 1 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 120185

El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación tiene el honor de
informar a la Embajada del Ecuador el consentimiento del Reino de España a la
propuesta de acuerdo antes descrita y, en consecuencia, la presente Nota y la Nota
afirmativa de la Embajada del Ecuador constituirán el acuerdo por el que se enmienda el
Acuerdo entre el Reino de España y la República del Ecuador sobre el reconocimiento
recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, que se aplicará
provisionalmente a partir del día siguiente a la recepción de la respuesta afirmativa de
esa Embajada y que entrará en vigor en la fecha de recepción de la última notificación
por la que las Partes se comuniquen por vía diplomática el cumplimiento de los
procedimientos internos necesarios para la entrada en vigor del acuerdo.
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación aprovecha esta
oportunidad para reiterar a la Embajada de Ecuador el testimonio de su más distinguida
consideración.
Madrid, 28 de agosto de 2024.
NOTA VERBAL
La Embajada de la República del Ecuador saluda atentamente al Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España y tiene el honor
de referirse a su Nota Verbal n.º 122 de 28 de agosto de 2024, cuyo contenido es el
siguiente:
«El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación saluda
atentamente a la Embajada del Ecuador en España y en relación con el Canje de Notas
de fecha 25 de septiembre de 2003 constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y
la República del Ecuador sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de
conducción nacionales, a iniciativa de la Dirección General de Tráfico propone enmendar
el Acuerdo al haberse producido cambios en la normativa que regula las licencias de
conducción en Ecuador. Considerando que dichos cambios hacen necesario actualizar la
tabla de equivalencias contenida en el Anexo del Acuerdo, la nueva tabla será la
siguiente:
Tabla de equivalencias entre las clases de permisos de conducción ecuatorianos
y españoles
Permisos
españoles

Permisos ecuatorianos
A

A1

X

X

B

C1

X

X

C

D

E

F (1)

G (1)

AM
A1
A2
A
B()
2

C1
C1+E
C
C+E
D1
D1+E

X
X

cve: BOE-A-2024-19676
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