I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-19575)
Tratado de Amistad, Buena Vecindad y Cooperación entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania, hecho en Madrid el 24 de julio de 2008.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236

Lunes 30 de septiembre de 2024

Sec. I. Pág. 119410

En este sentido, promoverán el ejercicio efectivo de los derechos y libertades civiles,
políticos, económicos, sociales, culturales, así como el conjunto de derechos y
libertades, todos los cuales derivan de la dignidad inherente a la persona humana.
Consecuentemente, ambas Partes reiteran sus compromisos de respetar los
propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de
los Derechos Humanos y los acuerdos, pactos y declaraciones internacionales en este
terreno, por los que puedan ser obligados.
8.

Diálogo y comprensión entre culturas y civilizaciones.

Las Altas Partes Contratantes promoverán todas las acciones encaminadas a
disponer de un espacio cultural común, inspirándose en sus tradicionales vínculos
históricos y humanos y en su pertenencia a una misma cultura mediterránea.
Encontrarán en los principios de tolerancia, convivencia y respeto mutuo la guía que
permitirá el enriquecimiento y el diálogo entre civilizaciones. Dentro de este contexto las
dos Partes se esforzarán por lograr una mayor comprensión entre sus pueblos.
Ambas Partes se declaran resueltas a hacer respetar y aplicar estos principios, en un
espíritu de confianza mutua, para desarrollar de la manera más provechosa posible sus
relaciones de cooperación y amistad.
Las Altas Partes Contratantes asimismo declaran su apoyo a las iniciativas
multilaterales en el ámbito mediterráneo e internacional para que las relaciones
culturales se conviertan en un instrumento de diálogo y entendimiento entre los pueblos,
como la Casa Árabe y la Casa África en España, y la Fundación Ana Lindh Para el
Dialogo entre Culturas, en el marco de la Asociación Euromediterránea.
Las Altas Partes expresan su compromiso con la iniciativa la Alianza de
Civilizaciones como marco que ofrece las condiciones adecuadas para que los gobiernos
y los pueblos compartan un mejor conocimiento mutuo y actúen como factores de
moderación y entendimiento en el ámbito internacional. Dentro de este contexto, apoyan
la labor del Alto Representante del Secretario General de UU para la Alianza de
Civilizaciones y participan activamente en el Grupo de Amigos con objeto de difundir los
valores de tolerancia y entendimiento que representa la Alianza de Civilizaciones.
DISPOSICIONES GENERALES
Relaciones políticas bilaterales
Articulo 1.

1. Reunión periódica de Alto Nivel entre los Jefes de Gobierno de ambos países, al
menos cada dos años, de forma alternativa en España y Mauritania.
2. Reunión ministerial de los Ministros de Asuntos Exteriores de ambos países una
vez al año, de forma alternativa en España y Mauritania.
3. Consultas Regulares entre los Secretarios de Estado, Secretarios Generales y
Directores Generales de los departamentos de Asuntos Exteriores de ambos países.
4. Mecanismo de Consultas Bilaterales en materia de derechos humanos.
5. Consultas regulares entre otros departamentos ministeriales e instituciones del
Estado con el fin de estimular la concertación y la cooperación en todos los campos de
actividad económica y social.
Asimismo, se fomentará el contacto y el diálogo entre instituciones parlamentarias,
comunidades autónomas, municipios, organizaciones profesionales, instituciones
universitarias, científicas y culturales y representantes del sector privado.

cve: BOE-A-2024-19575
Verificable en https://www.boe.es

Las Altas Partes Contratantes, deseosas de reforzar y potenciar los lazos de amistad
y cooperación que las unen, se proponen establecer un marco de consultas políticas
bilaterales acorde con el nivel de concertación y cooperación al que aspiran.
A tal efecto, acuerdan institucionalizar lo siguiente: