II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-19613)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, de plazas de personal laboral de la categoría de Técnico Especialista.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236

Lunes 30 de septiembre de 2024
5.

Sec. II.B. Pág. 119669

Causas de exclusión del proceso:

a) El incumplimiento de los requisitos de participación establecidos en la presente
convocatoria.
b) La no presentación de la solicitud en tiempo y forma.
c) La falta de pago íntegro en plazo de la tasa correspondiente por derechos de
examen, la falta de justificación de su abono, o la falta de justificación de encontrarse
exento total o parcial de este pago.
d) La falta de subsanación, si procede, en el plazo establecido para ello.
e) La falta de firma en la solicitud.
6. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar
en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito
motivado, dirigido a la Gerencia, dentro del plazo establecido en esta Base Cuarta. 2
para la presentación de solicitudes.
Relación de personas admitidas y excluidas.

1. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Gerente de la
Universidad de Alcalá, dictará resolución, declarando aprobadas las listas provisionales
de las personas admitidas y excluidas indicando las causas de su exclusión. Las listas
provisionales de las personas admitidas y excluidas se publicarán en la página web y en
el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Alcalá. En dicha
resolución constará la identidad de las personas aspirantes excluidas, con indicación de
las causas de inadmisión.
2. Las personas aspirantes excluidas, así como las que no figuren en la relación
provisional de personas admitidas ni excluidas, dispondrán de un plazo de diez días
hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación de dicha resolución, a fin de
subsanar el defecto que hubiera motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
En dicha resolución se publicará, asimismo, la fecha, lugar y hora de realización del
primer ejercicio de la fase de oposición.
3. Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, se publicará la
relación definitiva de personas aspirantes admitidas, por separado para el turno de
promoción, turno de discapacidad y turno libre. Igualmente, en la relación definitiva de
personas aspirantes admitidas deberá indicarse, en su caso, si estas desean ser
incluidas en la bolsa de trabajo.
4. Las personas aspirantes que no especifiquen en su solicitud el turno en el que
desean participar y no subsanen en plazo esta omisión, serán incluidas de oficio en la
relación definitiva de personas aspirantes admitidas por turno libre, siempre que cumplan
los requisitos necesarios para ello. De igual manera se procederá con aquellas que,
presentándose por otro turno, no cumplieran los requisitos necesarios para ser admitidas
por dichos turnos.
5. Contra dicha resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante la Gerencia de la Universidad de Alcalá en el plazo de un mes desde su
publicación en la página web y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la
Universidad de Alcalá o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses desde su publicación, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo. En
caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo.
Sexta.

Tribunal de selección.

1. El Tribunal de este proceso selectivo es el que figura como anexo IV de esta
convocatoria.
La composición del Tribunal debe ajustarse a lo dispuesto en el artículo 40 del II
Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades

cve: BOE-A-2024-19613
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.