III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-19663)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Explotación temporal de la batería de pozos de sequía de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., en el acuífero Vega Media y Baja del Segura, sectores Vega Media y Vega Baja».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 120022
En respuesta a las apreciaciones del IGME, el promotor aporta una propuesta de
umbral de la cota piezométrica durante el bombeo (nivel dinámico), pero no propone
medidas en caso de incumplimiento.
Respecto a la aplicación de los umbrales en la BES Vega Baja, el EsIA establece que
en cada uno de los sectores se procederá al cese del bombeo cuando la cota topográfica
del nivel piezométrico estático en los sondeos se encuentre por debajo del umbral
correspondiente tras el final del ciclo anual de bombeo, después de permanecer los
pozos del sector parados durante un mes, y antes del comienzo del siguiente ciclo. No
se podrá reanudar el bombeo hasta que la recuperación piezométrica haya alcanzado
este umbral. Al contrario que en el EsIA de la Vega Media, en este EsIA no se
establecen sondeos de referencia para cada sector. El estudio hidrogeológico indica que
se han revisado los umbrales establecidos en la Declaración de Impacto Ambiental
del 2014 en base al conocimiento adquirido sobre el funcionamiento hidrodinámico del
acuífero en respuesta a los bombeos de los pozos de la BES Vega Baja, así como sobre
la subsidencia observada en la sequía 2005-2009, para tener unos niveles de referencia
más seguros que permitan controlar el ritmo de las extracciones de los pozos de la BES
Vega Baja. El estudio hidrogeológico ha calculado umbrales estáticos para la totalidad de
los sondeos que se van a activar en la BES Vega Baja, aplicando el siguiente criterio
para su cálculo: Para cada pozo se seleccionan los años en que se tienen niveles
medidos en estático entre dos campañas de bombeo. En base a un análisis gráfico de
las evoluciones piezométricas, se ha identificado una línea que acomoda las medidas
estáticas más frecuentes de los niveles en recuperación entre dichas campañas de
bombeo. Según el estudio hidrogeológico la aplicación de este criterio supone el
establecimiento de umbrales de carácter muy conservador y que suponen que en ningún
caso se rebasarán los máximos descensos piezométricos en estático observados
durante los periodos de bombeo 2006-2009. La profundización de los niveles
piezométricos por debajo de los mínimos alcanzados en el periodo 2006-2009 causaría
situaciones de incertidumbre sobre posibles daños ocasionados por la subsidencia.
Por otro lado, el estudio hidrogeológico afirma que existen dos sondeos (Norias 1 y
Pando) de los cuales no se cuenta con datos históricos de piezometría, pero que en la
actualidad presentan un comportamiento piezométrico sostenido en el tiempo sin
variaciones significativas, optando el estudio por establecer umbrales piezométricos de
carácter provisional. El estudio hidrogeológico también establece umbrales paras los
pozos de la BES Vega Baja como la medida piezométrica dinámica tomada al final de un
ciclo de bombeo semanal de seis días, con paradas intermedias inferiores a 24 horas. El
EsIA no propone medidas relacionadas con los umbrales dinámicos.
El órgano ambiental ha observado que, a pesar de que en este caso el EsIA también
afirma que se toman como referencia los umbrales piezométricos estáticos calculados en
el estudio hidrogeológico, se han observado discrepancias entre los umbrales
propuestos en el EsIA y en el estudio hidrogeológico. También se ha observado que,
aunque según el estudio hidrogeológico el umbral corresponde a una línea que acomoda
las medidas estáticas más frecuentes de los niveles en recuperación entre dichas
campañas de bombeo, en algunas de las gráficas utilizadas para calcular los umbrales,
como en la correspondiente al sondeo Molinos Ciudad o Puertas de Murcia 1, la línea
que corresponde al umbral estático establecido se encuentra por debajo de la mayoría
de las mediciones estáticas realizadas. Además, al igual que en el proyecto del sector de
la Vega Media, la medida de paralizar las extracciones de los pozos únicamente cuando
la cota piezométrica sea inferior al umbral establecido transcurrido un mes tras el fin del
ciclo de bombeo anual hasta que no se haya recuperado el nivel piezométrico, plantea
los mismos problemas que en el proyecto anteriormente mencionado. Esta forma de
aplicar los umbrales puede producir que durante largos periodos de tiempo la cota
piezométrica se encuentre por debajo de los niveles establecidos como umbrales, lo que
desvirtúa su carácter de umbral y genera incertidumbre sobre la subsidencia que
realmente se producirá.
cve: BOE-A-2024-19663
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 120022
En respuesta a las apreciaciones del IGME, el promotor aporta una propuesta de
umbral de la cota piezométrica durante el bombeo (nivel dinámico), pero no propone
medidas en caso de incumplimiento.
Respecto a la aplicación de los umbrales en la BES Vega Baja, el EsIA establece que
en cada uno de los sectores se procederá al cese del bombeo cuando la cota topográfica
del nivel piezométrico estático en los sondeos se encuentre por debajo del umbral
correspondiente tras el final del ciclo anual de bombeo, después de permanecer los
pozos del sector parados durante un mes, y antes del comienzo del siguiente ciclo. No
se podrá reanudar el bombeo hasta que la recuperación piezométrica haya alcanzado
este umbral. Al contrario que en el EsIA de la Vega Media, en este EsIA no se
establecen sondeos de referencia para cada sector. El estudio hidrogeológico indica que
se han revisado los umbrales establecidos en la Declaración de Impacto Ambiental
del 2014 en base al conocimiento adquirido sobre el funcionamiento hidrodinámico del
acuífero en respuesta a los bombeos de los pozos de la BES Vega Baja, así como sobre
la subsidencia observada en la sequía 2005-2009, para tener unos niveles de referencia
más seguros que permitan controlar el ritmo de las extracciones de los pozos de la BES
Vega Baja. El estudio hidrogeológico ha calculado umbrales estáticos para la totalidad de
los sondeos que se van a activar en la BES Vega Baja, aplicando el siguiente criterio
para su cálculo: Para cada pozo se seleccionan los años en que se tienen niveles
medidos en estático entre dos campañas de bombeo. En base a un análisis gráfico de
las evoluciones piezométricas, se ha identificado una línea que acomoda las medidas
estáticas más frecuentes de los niveles en recuperación entre dichas campañas de
bombeo. Según el estudio hidrogeológico la aplicación de este criterio supone el
establecimiento de umbrales de carácter muy conservador y que suponen que en ningún
caso se rebasarán los máximos descensos piezométricos en estático observados
durante los periodos de bombeo 2006-2009. La profundización de los niveles
piezométricos por debajo de los mínimos alcanzados en el periodo 2006-2009 causaría
situaciones de incertidumbre sobre posibles daños ocasionados por la subsidencia.
Por otro lado, el estudio hidrogeológico afirma que existen dos sondeos (Norias 1 y
Pando) de los cuales no se cuenta con datos históricos de piezometría, pero que en la
actualidad presentan un comportamiento piezométrico sostenido en el tiempo sin
variaciones significativas, optando el estudio por establecer umbrales piezométricos de
carácter provisional. El estudio hidrogeológico también establece umbrales paras los
pozos de la BES Vega Baja como la medida piezométrica dinámica tomada al final de un
ciclo de bombeo semanal de seis días, con paradas intermedias inferiores a 24 horas. El
EsIA no propone medidas relacionadas con los umbrales dinámicos.
El órgano ambiental ha observado que, a pesar de que en este caso el EsIA también
afirma que se toman como referencia los umbrales piezométricos estáticos calculados en
el estudio hidrogeológico, se han observado discrepancias entre los umbrales
propuestos en el EsIA y en el estudio hidrogeológico. También se ha observado que,
aunque según el estudio hidrogeológico el umbral corresponde a una línea que acomoda
las medidas estáticas más frecuentes de los niveles en recuperación entre dichas
campañas de bombeo, en algunas de las gráficas utilizadas para calcular los umbrales,
como en la correspondiente al sondeo Molinos Ciudad o Puertas de Murcia 1, la línea
que corresponde al umbral estático establecido se encuentra por debajo de la mayoría
de las mediciones estáticas realizadas. Además, al igual que en el proyecto del sector de
la Vega Media, la medida de paralizar las extracciones de los pozos únicamente cuando
la cota piezométrica sea inferior al umbral establecido transcurrido un mes tras el fin del
ciclo de bombeo anual hasta que no se haya recuperado el nivel piezométrico, plantea
los mismos problemas que en el proyecto anteriormente mencionado. Esta forma de
aplicar los umbrales puede producir que durante largos periodos de tiempo la cota
piezométrica se encuentre por debajo de los niveles establecidos como umbrales, lo que
desvirtúa su carácter de umbral y genera incertidumbre sobre la subsidencia que
realmente se producirá.
cve: BOE-A-2024-19663
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 236