III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Becas. (BOE-A-2024-19615)
Acuerdo de 24 de septiembre de 2024, de la Mesa del Senado, por el que se convocan becas de formación archivística, documental y bibliotecaria, relacionada con la actividad oficial del Senado para el año 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 119702
Tercera. Solicitantes.
Pueden optar a la concesión de estas becas quienes tengan la nacionalidad
española y de otros países miembros de la Unión Europea y reúnan las condiciones
siguientes:
1. Estar en posesión de un título superior universitario de Diplomatura o
Licenciatura en Biblioteconomía y Documentación o de Grado en Información y
Documentación. Asimismo, podrán optar a la concesión de una beca quienes estén en
posesión de cualquier licenciatura o título de máster universitario y acrediten haber
cursado estudios en materias archivísticas, bibliotecarias o documentales durante al
menos 200 horas lectivas, o bien que sean equivalentes al menos a 8 créditos ECTS.
2. Haber nacido con posterioridad al 1 de enero de 1997.
3. No haber disfrutado en años anteriores de la misma beca del Senado, excepto
las personas que hubieran accedido a la misma dentro del último cuatrimestre del
año 2024.
4. Reunir las condiciones psicofísicas requeridas para el desempeño efectivo de las
tareas correspondientes.
Cuarta. Presentación de solicitudes.
Quinta.
Jurado.
1. Las becas se concederán por la Mesa del Senado, a propuesta de un jurado
integrado por un Vicepresidente del Senado, que lo presidirá; un Secretario o Secretaria
del Senado; la Secretaria General Adjunta para Asuntos Parlamentarios; la Directora de
Documentación y un funcionario o funcionaria del Cuerpo de Archiveros-Bibliotecarios
designado por la Directora de Documentación, que actuará como secretario/a. El jurado
respetará en su composición la presencia equilibrada de hombres y mujeres.
cve: BOE-A-2024-19615
Verificable en https://www.boe.es
1. Quienes soliciten la beca deberán presentar por vía electrónica una solicitud
dirigida a la Letrada Mayor del Senado, acompañada de la relación de méritos a valorar.
Ambos documentos deberán ajustarse al modelo anejo a la presente convocatoria
(anexos I y II), cuya versión electrónica, única oficial, estará disponible en la página web
del Senado (www.senado.es). En la solicitud se consignarán el nombre y apellidos,
Documento Nacional de Identidad o Número de Identidad de Extranjero (NIE),
nacionalidad, fecha de nacimiento, domicilio y teléfono o correo electrónico a efectos de
notificaciones, el título oficial exigido para poder presentarse a la convocatoria y los
méritos que se alegan, y asimismo se indicará si se opta a una de las becas reservadas
para personas con discapacidad. Podrán hacerse constar, en su caso, otros datos de
interés y se hará declaración expresa de reunir todos y cada uno de los requisitos que se
señalan en la base tercera de la convocatoria y de comprometerse a presentar la
documentación requerida en la base octava en caso de obtener la beca.
A la solicitud deberá adjuntarse copia del título exigido como requisito para solicitar
estas becas. En el caso de que los estudios superiores hayan sido realizados parcial o
totalmente en el extranjero, deberá acreditarse estar en posesión de la correspondiente
credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de
equivalencia.
Asimismo, los aspirantes que opten por una de las becas reservadas para personas
con discapacidad deberán acompañar su solicitud de una copia del certificado de
reconocimiento legal del grado de discapacidad.
2. El plazo para presentar las solicitudes comenzará el día siguiente al de la
publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará a
las 24:00 horas del día 18 de octubre de 2024.
3. Los requisitos, circunstancias y méritos que se alegan deberán reunirse en el día
en que expire el plazo de presentación de solicitudes.
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 119702
Tercera. Solicitantes.
Pueden optar a la concesión de estas becas quienes tengan la nacionalidad
española y de otros países miembros de la Unión Europea y reúnan las condiciones
siguientes:
1. Estar en posesión de un título superior universitario de Diplomatura o
Licenciatura en Biblioteconomía y Documentación o de Grado en Información y
Documentación. Asimismo, podrán optar a la concesión de una beca quienes estén en
posesión de cualquier licenciatura o título de máster universitario y acrediten haber
cursado estudios en materias archivísticas, bibliotecarias o documentales durante al
menos 200 horas lectivas, o bien que sean equivalentes al menos a 8 créditos ECTS.
2. Haber nacido con posterioridad al 1 de enero de 1997.
3. No haber disfrutado en años anteriores de la misma beca del Senado, excepto
las personas que hubieran accedido a la misma dentro del último cuatrimestre del
año 2024.
4. Reunir las condiciones psicofísicas requeridas para el desempeño efectivo de las
tareas correspondientes.
Cuarta. Presentación de solicitudes.
Quinta.
Jurado.
1. Las becas se concederán por la Mesa del Senado, a propuesta de un jurado
integrado por un Vicepresidente del Senado, que lo presidirá; un Secretario o Secretaria
del Senado; la Secretaria General Adjunta para Asuntos Parlamentarios; la Directora de
Documentación y un funcionario o funcionaria del Cuerpo de Archiveros-Bibliotecarios
designado por la Directora de Documentación, que actuará como secretario/a. El jurado
respetará en su composición la presencia equilibrada de hombres y mujeres.
cve: BOE-A-2024-19615
Verificable en https://www.boe.es
1. Quienes soliciten la beca deberán presentar por vía electrónica una solicitud
dirigida a la Letrada Mayor del Senado, acompañada de la relación de méritos a valorar.
Ambos documentos deberán ajustarse al modelo anejo a la presente convocatoria
(anexos I y II), cuya versión electrónica, única oficial, estará disponible en la página web
del Senado (www.senado.es). En la solicitud se consignarán el nombre y apellidos,
Documento Nacional de Identidad o Número de Identidad de Extranjero (NIE),
nacionalidad, fecha de nacimiento, domicilio y teléfono o correo electrónico a efectos de
notificaciones, el título oficial exigido para poder presentarse a la convocatoria y los
méritos que se alegan, y asimismo se indicará si se opta a una de las becas reservadas
para personas con discapacidad. Podrán hacerse constar, en su caso, otros datos de
interés y se hará declaración expresa de reunir todos y cada uno de los requisitos que se
señalan en la base tercera de la convocatoria y de comprometerse a presentar la
documentación requerida en la base octava en caso de obtener la beca.
A la solicitud deberá adjuntarse copia del título exigido como requisito para solicitar
estas becas. En el caso de que los estudios superiores hayan sido realizados parcial o
totalmente en el extranjero, deberá acreditarse estar en posesión de la correspondiente
credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de
equivalencia.
Asimismo, los aspirantes que opten por una de las becas reservadas para personas
con discapacidad deberán acompañar su solicitud de una copia del certificado de
reconocimiento legal del grado de discapacidad.
2. El plazo para presentar las solicitudes comenzará el día siguiente al de la
publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará a
las 24:00 horas del día 18 de octubre de 2024.
3. Los requisitos, circunstancias y méritos que se alegan deberán reunirse en el día
en que expire el plazo de presentación de solicitudes.