I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2024-19488)
Orden TMD/1036/2024, de 23 de septiembre, por la que se crea y regula la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 28 de septiembre de 2024
Sec. I. Pág. 119169
En su virtud, con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y de
la Función Pública, dispongo:
Artículo 1. Objeto, adscripción y ámbito de actuación.
1. Se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Política
Territorial y Memoria Democrática, como órgano colegiado para la coordinación interna
de la política del Departamento en materia de tecnologías de la información y
Administración electrónica, así como órgano de enlace y colaboración con la Secretaría
General de Administración Digital (SGAD), dependiente de la Secretaría de Estado de
Función Pública del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
2. La Comisión Ministerial de Administración Digital se adscribe a la Subsecretaría
de Política Territorial y Memoria Democrática.
3. El ámbito de actuación de la Comisión Ministerial de Administración Digital se
extenderá, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto 806/2014, de 19
de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la
información y las comunicaciones en la Administración General del Estado y sus
Organismos Públicos, a todos los órganos y unidades del Departamento, incluyendo a
las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
Artículo 2. Composición y estructura de la Comisión Ministerial de Administración
Digital.
1. La Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Política
Territorial y Memoria Democrática se compone del Pleno y de la Comisión Permanente.
2. El Pleno de la Comisión Ministerial de Administración Digital está compuesto por:
a) Presidente: la persona titular de la Subsecretaría de Política Territorial y Memoria
Democrática.
b) Vicepresidente: la persona titular de la División de Tecnologías de la Información.
c) Vocales, con categoría mínima de Subdirector General o asimilado y designados
por los titulares de los respectivos órganos:
1.º Un representante de la Subsecretaría de Política Territorial y Memoria
Democrática.
2.º Un representante de la Secretaría de Estado de Política Territorial.
3.º Un representante de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática.
d) Secretario: un funcionario que preste servicios en la División de Tecnologías de
la Información con rango de nivel 26 o superior, y que actuará con voz, pero sin voto,
designado por la persona titular de la División.
3. La Comisión Permanente de la Comisión Ministerial de Administración Digital
está compuesta por:
a) Presidente: la persona titular de la División de Tecnologías de la Información.
b) Vicepresidente: la persona titular de la División de Tecnologías de la Información
de la Administración General del Estado en el Territorio.
c) Vocales: que desempeñen un puesto de trabajo de nivel 30 y designados por los
titulares de los respectivos órganos:
1.º Un representante de la Subsecretaría de Política Territorial y Memoria
Democrática.
2.º Un representante de la Secretaría de Estado de Política Territorial.
3.º Un representante de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática.
cve: BOE-A-2024-19488
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 235
Sábado 28 de septiembre de 2024
Sec. I. Pág. 119169
En su virtud, con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y de
la Función Pública, dispongo:
Artículo 1. Objeto, adscripción y ámbito de actuación.
1. Se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Política
Territorial y Memoria Democrática, como órgano colegiado para la coordinación interna
de la política del Departamento en materia de tecnologías de la información y
Administración electrónica, así como órgano de enlace y colaboración con la Secretaría
General de Administración Digital (SGAD), dependiente de la Secretaría de Estado de
Función Pública del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
2. La Comisión Ministerial de Administración Digital se adscribe a la Subsecretaría
de Política Territorial y Memoria Democrática.
3. El ámbito de actuación de la Comisión Ministerial de Administración Digital se
extenderá, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto 806/2014, de 19
de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la
información y las comunicaciones en la Administración General del Estado y sus
Organismos Públicos, a todos los órganos y unidades del Departamento, incluyendo a
las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
Artículo 2. Composición y estructura de la Comisión Ministerial de Administración
Digital.
1. La Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Política
Territorial y Memoria Democrática se compone del Pleno y de la Comisión Permanente.
2. El Pleno de la Comisión Ministerial de Administración Digital está compuesto por:
a) Presidente: la persona titular de la Subsecretaría de Política Territorial y Memoria
Democrática.
b) Vicepresidente: la persona titular de la División de Tecnologías de la Información.
c) Vocales, con categoría mínima de Subdirector General o asimilado y designados
por los titulares de los respectivos órganos:
1.º Un representante de la Subsecretaría de Política Territorial y Memoria
Democrática.
2.º Un representante de la Secretaría de Estado de Política Territorial.
3.º Un representante de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática.
d) Secretario: un funcionario que preste servicios en la División de Tecnologías de
la Información con rango de nivel 26 o superior, y que actuará con voz, pero sin voto,
designado por la persona titular de la División.
3. La Comisión Permanente de la Comisión Ministerial de Administración Digital
está compuesta por:
a) Presidente: la persona titular de la División de Tecnologías de la Información.
b) Vicepresidente: la persona titular de la División de Tecnologías de la Información
de la Administración General del Estado en el Territorio.
c) Vocales: que desempeñen un puesto de trabajo de nivel 30 y designados por los
titulares de los respectivos órganos:
1.º Un representante de la Subsecretaría de Política Territorial y Memoria
Democrática.
2.º Un representante de la Secretaría de Estado de Política Territorial.
3.º Un representante de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática.
cve: BOE-A-2024-19488
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 235