I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2024-19488)
Orden TMD/1036/2024, de 23 de septiembre, por la que se crea y regula la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235

Sábado 28 de septiembre de 2024

Sec. I. Pág. 119168

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
Orden TMD/1036/2024, de 23 de septiembre, por la que se crea y regula la
Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Política
Territorial y Memoria Democrática.

El Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos
operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la
Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, define una serie de
órganos colegiados y de unidades que implementarán las políticas de racionalización y
transformación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en el ámbito de
la Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o
dependientes.
Así, su artículo 7 se refiere a las Comisiones Ministeriales de Administración Digital
configurándolas como los órganos colegiados de ámbito ministerial responsables del impulso y
de la coordinación interna en cada Departamento en materia de Administración digital.
El Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, ha creado el Ministerio de Política Territorial y Memoria
Democrática al que le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno
en materia de política territorial, organización territorial del Estado y relaciones con las
comunidades autónomas y las entidades que integran la administración local, asimismo
le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
memoria histórica y democrática.
Por su parte, el Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática,
introduce los cambios organizativos en el Departamento derivados de su nueva
estructura. Además, como en los reales decretos precedentes incluye expresamente, en
su artículo 1, mención a las competencias que asume en materia de relaciones con las
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y el apoyo a su gestión.
A la vista de los cambios acaecidos en la estructura y competencias del
Departamento procede, con el objetivo de dotar al Departamento de su propia Comisión
Ministerial de Administración Digital, su creación y la regulación de su composición y
funciones.
Esta norma se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Cumple con los principios de necesidad y eficacia, en
los términos expuestos en cuanto a su necesidad y fines perseguidos con su aprobación.
Además, responde al principio de proporcionalidad, pues es el instrumento más
adecuado para cumplir estos objetivos, y con el principio de seguridad jurídica dada su
integración en el ordenamiento jurídico. Igualmente queda garantizado el principio de
transparencia que se requiere en la composición de los órganos colegiados de la
Administración del Estado. Finalmente, se cumple el principio de eficiencia, pues no se
produce un incremento de cargas administrativas.
A la vista de lo expuesto, para cumplir con la normativa vigente en materia de
Gobernanza de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y con el
objetivo de actualizar el funcionamiento de este órgano colegiado de gobierno de las TIC
en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, es necesario por tanto
proceder a la creación y regulación de la Comisión Ministerial de Administración Digital
de este Ministerio.

cve: BOE-A-2024-19488
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