III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-19363)
Resolución de 16 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VIII Convenio colectivo estatal para las empresas de gestión y mediación inmobiliaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 26 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 118352
Esquema general de grupos profesionales
Descripción general de cada grupo profesional
Grupo I. Dirección y Jefatura: Pertenecen a este grupo profesional aquellos perfiles
que dirigen, organizan y controlan las funciones y procesos de trabajo a realizar y, en su
caso, de los/as trabajadores/as que los han de llevar a cabo, así como su motivación,
integración y formación. Cuenta para el ejercicio de sus funciones con alto nivel de
autonomía y responsabilidad sobre el ámbito o unidad de trabajo que haya sido
encomendado. Tienen o pueden asumir responsabilidad económica sobre las áreas que
dirigen o coordinan. Necesitan para el desarrollo de su trabajo, un nivel medio de
conocimientos técnicos.
Grupo II. Técnico: Pertenecen a este grupo profesional aquellos perfiles que
requieren para su desempeño un nivel de complejidad alto en cuanto a los
conocimientos técnicos requeridos. Realizan funciones de complejidad alta en las que no
se produce transacción. Organiza y controla las diversas operaciones conforme los
perfiles profesionales que abarcan diferentes colectivos, entre ellos: consultores/as,
asesores/as, gestores/as, abogados/as, arquitectos/as, promotores/as, economistas,
técnicos/as o equivalentes.
Su trabajo puede implicar responsabilidad de la empresa ante terceros. Cuenta para
el ejercicio de sus funciones con cierto grado de autonomía y responsabilidad sobre el
ámbito o unidad de trabajo que haya sido encomendado.
Se incluyen en este grupo a técnicos/as superiores, que incluye personas con
estudios superiores equiparables a licenciatura, diplomatura, grado o máster, y medios,
que incluye personas que hayan realizado Ciclos Formativos de Grado superior de
formación profesional.
Grupo III. Comercial: Se incluyen en este grupo los perfiles profesionales cuya
función principal es relativa principalmente a las labores de captación de clientes y
promoción de operaciones inmobiliarias y/o financieras que además realiza las
cve: BOE-A-2024-19363
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 233
Jueves 26 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 118352
Esquema general de grupos profesionales
Descripción general de cada grupo profesional
Grupo I. Dirección y Jefatura: Pertenecen a este grupo profesional aquellos perfiles
que dirigen, organizan y controlan las funciones y procesos de trabajo a realizar y, en su
caso, de los/as trabajadores/as que los han de llevar a cabo, así como su motivación,
integración y formación. Cuenta para el ejercicio de sus funciones con alto nivel de
autonomía y responsabilidad sobre el ámbito o unidad de trabajo que haya sido
encomendado. Tienen o pueden asumir responsabilidad económica sobre las áreas que
dirigen o coordinan. Necesitan para el desarrollo de su trabajo, un nivel medio de
conocimientos técnicos.
Grupo II. Técnico: Pertenecen a este grupo profesional aquellos perfiles que
requieren para su desempeño un nivel de complejidad alto en cuanto a los
conocimientos técnicos requeridos. Realizan funciones de complejidad alta en las que no
se produce transacción. Organiza y controla las diversas operaciones conforme los
perfiles profesionales que abarcan diferentes colectivos, entre ellos: consultores/as,
asesores/as, gestores/as, abogados/as, arquitectos/as, promotores/as, economistas,
técnicos/as o equivalentes.
Su trabajo puede implicar responsabilidad de la empresa ante terceros. Cuenta para
el ejercicio de sus funciones con cierto grado de autonomía y responsabilidad sobre el
ámbito o unidad de trabajo que haya sido encomendado.
Se incluyen en este grupo a técnicos/as superiores, que incluye personas con
estudios superiores equiparables a licenciatura, diplomatura, grado o máster, y medios,
que incluye personas que hayan realizado Ciclos Formativos de Grado superior de
formación profesional.
Grupo III. Comercial: Se incluyen en este grupo los perfiles profesionales cuya
función principal es relativa principalmente a las labores de captación de clientes y
promoción de operaciones inmobiliarias y/o financieras que además realiza las
cve: BOE-A-2024-19363
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 233