III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-19368)
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico Venus, de 105 MW de potencia instalada, en Algodre y Coreses (Zamora), y de una parte de su infraestructura de evacuación, en Algodre, Coreses, Zamora, Monfarracinos y Valcabado (Zamora)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233

Jueves 26 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 118488

– Durante los movimientos de tierra, se establecerán medidas para la retención de
sólidos, así como medidas para reducir al mínimo el riesgo de contaminación de las
aguas superficiales.
– Durante el desarrollo de las obras del soterramiento de la línea eléctrica se dejará
en todo momento expedito el camino de servicio del Canal Toro-Zamora, con el fin de no
entorpecer el normal tránsito del personal del organismo encargado de la vigilancia y
mantenimiento de la infraestructura.
– Durante la fase de explotación, la limpieza de las placas solares se realizará sin
productos químicos peligrosos para el medio ambiente.
La Confederación Hidrográfica del Duero, en su informe de 29 de julio 2024, recoge
una serie de consideraciones desde el punto de vista de la planificación hidrológica
(zonas de influencia, perímetros de protección, objetivos medioambientales de las masas
de agua y condiciones para admitir el deterioro temporal del estado de las masas de
agua) y detalla una serie de condiciones generales de protección del estado natural de
los cauces y del dominio público hidráulico, que el promotor ha aceptado expresamente
en su escrito de 31 de julio de 2024, y se recogen, de manera general, en el
condicionado de la presente resolución.
Población y salud humana.

En el ámbito del proyecto, destaca la presencia del núcleo urbano de Algodre,
ubicado a 0,86 km respecto a la PSFV; Gallegos del Pan, ubicado a 1,73 km; Coreses,
ubicado a 1,96 km, Fresno de la Ribera, ubicado a 3,22 km; y Matilla la Seca, ubicado
a 4,41 km y Villalube a 3,69 km.
Los elementos con mayor incidencia sobre la población y la salud humana se
asocian a la contaminación acústica causada por las infraestructuras de transporte y las
obras. En este sentido, durante la fase de construcción será necesario realizar una serie
de actividades que llevará aparejada la emisión de ruido, que tendrá como fuente
principal el uso de maquinaria y el aumento de tránsito de vehículos que participen en los
procesos constructivos de montaje de los diferentes elementos que conforman la PSFV,
así como la zanja de implementación de cableados subterráneos. También se prevé
alguna alteración en el tráfico por el uso de los ejes viarios.
En el entorno del ámbito donde se plantea la implantación de la PSFV la principal
fuente emisora de ruidos es el tráfico rodado que circula por la autovía del Duero A-11,
cuyo trazado se localiza a 600 metros al sur del recinto de la PSFV, así como la carretera
de la red provincial ZA-P-1303, que se localiza a más de 1 km al oeste. Otras fuentes de
ruido destacables presentes en la zona corresponden a las carreteras que cruzará la
línea de evacuación proyectada: ZA-711, CL-612 y autovía A-66.
No obstante, es preciso señalar que el ruido ambiental es escasamente significativo
en el ámbito donde se proyecta la implantación de la PSFV, al tratarse de un entorno
rural con poco tránsito y sin presencia de fuentes de ruido significativas.
Por su parte, las principales fuentes de ruido identificadas en el entorno de la traza
de la línea eléctrica corresponden con vías de tráfico (autovía A-66 y autovía A-11),
siendo preceptivo cruzar la autovía A-66 para el desarrollo de la línea de evacuación.
Como medidas indicadas en el EsIA, entre otras, la maquinaria de obra estará
homologada según la normativa vigente y se dará prioridad a aquella con mejores
prestaciones desde el punto de vista acústico.
En relación con la posible afección por campos electromagnéticos, el promotor
afirma que, dado que se va a soterrar la práctica totalidad de la línea eléctrica, los
valores de campo eléctrico y campo magnético, serán muy inferiores a los establecidos
a las recomendaciones vigentes en la UE (5 kV/m y 100 μT). El valor de referencia de
campo eléctrico establecido en 5 kV/m solo se supera en el entorno de 5 m de los
conductores, mientras que los límites de inducción magnética de 100 μT solo se
superan a menos de 2 m de los conductores. En el caso de la subestación, los valores
de referencia se alcanzan en su interior o a 2 m de su vallado perimetral. Por último, en

cve: BOE-A-2024-19368
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