III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-19368)
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico Venus, de 105 MW de potencia instalada, en Algodre y Coreses (Zamora), y de una parte de su infraestructura de evacuación, en Algodre, Coreses, Zamora, Monfarracinos y Valcabado (Zamora)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233

Jueves 26 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 118487

mantenimiento y correcta limpieza de los accesos a las obras desde los ejes viarios
colindantes, restricción del horario de trabajo a la franja comprendida entre las 8:00 y
las 22:00, mantenimiento preventivo de todos los aparatos eléctricos que contengan
aceite o gases dieléctricos y, en el caso de ser necesario instalar algún elemento de
iluminación, cumplir con el Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se
aprueba el reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y
sus instrucciones técnicas complementarias.
La Oficina Española de Cambio Climático (OECC) del MITECO recuerda que, con
anterioridad a la puesta en marcha del proyecto, se debe asegurar la resiliencia de la
infraestructura frente al cambio climático, adoptando las medidas de adaptación
necesarias tras la realización del oportuno análisis de riesgos. Además, incide en la
pérdida de stock de carbono debido a la eliminación de ejemplares en el caso de cultivos
leñosos y otras zonas arboladas y la pérdida de la capacidad de absorción que habría
tenido lugar en el terreno ocupado durante la vida útil de la instalación, de los caminos
de acceso y todas las instalaciones auxiliares. En esos casos, la afección debe ser
compensada con actuaciones proporcionales a las hectáreas afectadas y a las pérdidas
ocasionadas, reubicando los ejemplares afectados cuando sea posible. El promotor
responde que tendrá en cuenta las recomendaciones en el desarrollo del proyecto, lo
cual ha sido además incorporado al condicionado de la presente resolución.
b.3) Agua.

– Prohibición del vertido de aceites y demás fluidos procedentes de la maquinaria al
medio edáfico, vaguadas y cauces. Asimismo, prohibición de cambios de aceite o lavado
de la maquinaria fuera de las zonas destinadas a tal fin. En todo caso, se dará
cumplimiento en todo momento a lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular.
– Si fuera necesaria la captación de aguas superficiales y/o subterráneas será
preciso obtener la correspondiente autorización o concesión administrativa del
organismo de cuenca, según proceda.
– A lo largo de la ejecución de las obras en la PSFV, las zonas de acopio de
materiales se localizarán lo más alejadas posible de los cauces, así como de las cunetas
y vaguadas existentes.

cve: BOE-A-2024-19368
Verificable en https://www.boe.es

El proyecto se enmarca en el ámbito de la demarcación hidrográfica del Duero. En
cuanto a aguas superficiales, destaca la presencia del río Valderaduey, situado a
aproximadamente 6,2 km de la zona de implantación de la PSFV, pero cruzado por la
línea de evacuación del proyecto. En el entorno inmediato de la planta fotovoltaica,
destaca el arroyo de Algodre o de las Fuenticas, que también será atravesado por la
línea de evacuación, en este caso por el tramo de línea soterrada. De igual manera el
EsIA indica que uno de los afluentes del arroyo de Algodre, cauce innominado en este
caso, también será atravesado en dos ocasiones por la línea de evacuación soterrada.
En el entorno próximo del proyecto, también se encuentran los siguientes cauces: regato
del Raposo, arroyo de Valdecamino, afluente del arroyo de Valdecamino, arroyo de
Valdeciruela, arroyo Reguera, así como varios cauces sin denominación.
Según el mapa de masas de agua subterránea de la Confederación Hidrográfica del
Duero, el proyecto se sitúa sobre las siguientes: DU 400041-Aluvial del Duero:
Tordesillas-Zamora, DU 400038 Tordesillas-Toro y DU 400031. Por otro lado, destaca el
cruzamiento de la línea de evacuación con la infraestructura hidráulica del Canal ToroZamora.
El EsIA indica que los principales impactos sobre la hidrología se producirán durante
la fase de construcción: alteración de la red de drenaje y alteración en la calidad de las
aguas como consecuencia de la emisión de partículas durante las labores constructivas
y/o de vertidos accidentales de combustibles y aceites.
Las principales medidas para la protección de la calidad de las aguas previstas en el
EsIA son las siguientes: