III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-19368)
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico Venus, de 105 MW de potencia instalada, en Algodre y Coreses (Zamora), y de una parte de su infraestructura de evacuación, en Algodre, Coreses, Zamora, Monfarracinos y Valcabado (Zamora)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233

Jueves 26 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 118499

12. En la fase de explotación se establecerá y mantendrá una cobertura
permanente herbácea o camefítica protectora del suelo en la planta solar fotovoltaica.
Atmósfera:
13. Con anterioridad a la puesta en marcha del proyecto, se realizará un análisis de
riesgos que asegure la resiliencia de la infraestructura frente al cambio climático, se
compensarán las hectáreas afectadas y las pérdidas de cultivos leñosos y zonas
arboladas, con actuaciones proporcionales en superficie y reubicando los ejemplares,
cuando sea posible.
Agua:
14. Todas las actuaciones que se realicen en zona de dominio público hidráulico (DPH)
o zona de policía de cualquier cauce público, así como el posible vertido de aguas residuales
y captación de aguas, deberán contar con la preceptiva autorización de la Confederación
Hidrográfica del Duero. En ningún caso se autorizarán dentro del DPH la construcción,
montaje o ubicación de instalaciones destinadas a albergar personas, aunque sea con
carácter provisional o temporal y se respetarán las servidumbres de 5 m de anchura de los
cauces públicos. Todo ello de acuerdo con la normativa vigente en la materia.
15. Los cruces subterráneos de masas de agua superficial no se ejecutarán
mediante el sistema de zanja abierta, en todos los casos se realizará mediante hinca
(excepto el caso del río Valderaduey que será en aéreo si finalmente se justifica la
imposibilidad técnica de realizarlo soterrado con hinca), bajo los condicionantes de la
autorización correspondiente del organismo de cuenca.
16. Los centros de transformación se localizarán sobre un cubeto prefabricado para
la retención de la totalidad del aceite dieléctrico contenido en cada transformador, en
caso de rotura o fuga. Éste será impermeable, estará correctamente dimensionado, y
permitirá el drenaje del agua de lluvia y la retención del aceite dieléctrico de manera
simultánea.
17. Se deberán tomar las medidas oportunas para asegurar que, en ningún caso,
se produzcan vertidos de aceites, combustibles, lubricantes, u otras sustancias similares
al terreno o a los cursos de agua; sin perjuicio de lo cual se recomienda la elaboración
de protocolos de actuación específicos en previsión de la ocurrencia de incidentes de
este tipo, para poder así actuar de la manera más rápida posible y evitar la
contaminación de las aguas superficiales y/o subterráneas.
18. Se establecerán bandas de retención de sedimentos en las márgenes de los
cauces públicos que sean susceptibles de recibir aportes de sedimentos durante las
obras, para lo cual se solicitará la oportuna autorización a la Confederación Hidrográfica.
19. Se prohíbe en toda la superficie ocupada por el proyecto el empleo de
fertilizantes, fitosanitarios y herbicidas.
20. Los sistemas de limpieza de paneles no deberán utilizar productos químicos
contaminantes o peligrosos.

21. Se realizará una prospección botánica previa a las obras, por técnico
especialista en la materia, para detectar todos los HIC y las especies vegetales
protegidas, amenazadas y/o de interés que existan en el lugar de actuación. En caso de
detectar algún ejemplar se comunicará al Servicio Territorial de Medio Ambiente de
Zamora y se seguirán sus indicaciones.
22. De manera general se respetarán las superficies de monte, linderos con
alineaciones de vegetación arbórea y arbustiva, así como arbolado disperso, tanto en las
tierras de labor como junto al borde de los caminos. Únicamente se permitirá la tala de
los pies de diámetro menor a 0,3 m inventariados en el EsIA y se respetarán los mayores
de 0,3 m de diámetro y se excluirá la instalación de paneles fotovoltaicos en un
perímetro de 5 m alrededor de su copa. En cualquier caso, la tala de cualquier pie

cve: BOE-A-2024-19368
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Flora, vegetación, y Hábitats de Interés Comunitario (HIC):